Hace 11 años | Por eltiofilo a europapress.es
Publicado hace 11 años por eltiofilo a europapress.es

La sentencia responde al caso de una trabajadora española que cotizó un total de 10 años en España y 5 en Portugal. Solicitó una pensión de jubilación en España, que le fue reconocida por el Instituto Nacional de Seguridad Social con efectos desde el 1 de enero de 2006 y con un importe de 336,86 euros mensuales.

Comentarios

p

ahora falta la condena a las personas físicas responsables, si hubieran de ser extraditadas que así se haga...

reDtex

Esto debería estar en portada! Otra vez más los tribunales exteriores haciendo el trabajo que no hacen los de aquí.

Paisos_Catalans

#2 pues si. Por ejemplo, los crímenes del franquismo solo se juzgarán cuando Catalunya se independice... que entonces ya pueden ir corriendo todos los asesinos que queden vivos Y SUS HEREDEROS, FORTUNAS INCLUIDAS.

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#3 hola, soy coco, vamos a aprender la diferencia entre churras y merinas.