El Supremo entiende que las acusaciones vertidas por este sindicalista, si bien pueden ser calificadas de "graves", están amparadas en la libertad de expresión y deben ser valoradas en el contexto de la crítica a la actuación profesional de las cuatro funcionarias en el sistema arbitral existente en la isla,, al que el recurrente imputaba una actitud "proclive a favorecer indebidamente a los sindicatos mayoritarios" mediante una interpretación restrictiva de la Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Comentarios
Libertad de expresión, tan demoda la última semana... ¿es que hay libertad de expresión buena y mala?. Habrá que preguntar a los jueces.
A ver si llega El Jueves al TS qué es lo que tiene que opinar al respecto... justicia ciega... pero de soberbia...