Ha aparecido en Youtube un video de Daniel Molina , vocero de la Policia diciendo que lo que hubo el 28 de Junio si fue un golpe de estado , el video es tomado de forma improvisada y Molina sale diciendo un monton de cosas. La voz y la apariencia fisica son las de el asi que se los dejo para que lo vean y se formen sus propias conclusiones
El Decreto No. 141-2009, emitido por el Congreso Nacional el 28 de Junio del citado año y publicado en la Gaceta hasta el 1 de Julio del mismo, que separó al Presidente Zelaya, infringió la Constitución de la República, por las razones siguientes:
...
Ahora bien, para solucionar la crisis política, el Congreso debe emitir urgentemente y con efectos inmediatos un decreto derogando el 141-2009 que hemos comentado, y ordenar en el mismo que su vigencia se iniciará a partir de la publicación que por razones especiales se hará en los diarios de circulación nacional que indique el propio decreto- Esta solución jurídica de un órgano eminentemente político como es el Congreso está de acuerdo con el principio general de derecho del “paralelismo de las formas y de las competencias” y armoniza, asimismo, en lo esencial y rescatable, con el punto 6) del Acuerdo de San José.- La Corte no emitió el referido Decreto No. 141-2009, por consiguiente no tiene ninguna competencia para derogarlo y solucionar la crisis político-jurídica que se produjo como consecuencia del golpe militar.
Comentarios
Spam @eddaraga
La separación de Zelaya infringió la Constitución
http://www.latribuna.hn/web2.0/?p=53342&cpage=1
El Decreto No. 141-2009, emitido por el Congreso Nacional el 28 de Junio del citado año y publicado en la Gaceta hasta el 1 de Julio del mismo, que separó al Presidente Zelaya, infringió la Constitución de la República, por las razones siguientes:
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Ahora bien, para solucionar la crisis política, el Congreso debe emitir urgentemente y con efectos inmediatos un decreto derogando el 141-2009 que hemos comentado, y ordenar en el mismo que su vigencia se iniciará a partir de la publicación que por razones especiales se hará en los diarios de circulación nacional que indique el propio decreto- Esta solución jurídica de un órgano eminentemente político como es el Congreso está de acuerdo con el principio general de derecho del “paralelismo de las formas y de las competencias” y armoniza, asimismo, en lo esencial y rescatable, con el punto 6) del Acuerdo de San José.- La Corte no emitió el referido Decreto No. 141-2009, por consiguiente no tiene ninguna competencia para derogarlo y solucionar la crisis político-jurídica que se produjo como consecuencia del golpe militar.