Hace 10 meses | Por JGG a elperiodico.com
Publicado hace 10 meses por JGG a elperiodico.com

Si todo va según lo previsto, este mismo mes de agosto las 143 ciudades y pueblos que el Govern incluyó en su lista de municipios tensionados empezarán a serlo oficialmente. Y, en un giro de última hora -y, de nuevo, siempre que el Gobierno lo apruebe-, las personas que tengan en propiedad cinco o más viviendas pasarán a ser considerados 'grandes tenedores'.

Comentarios

#1 Gracias por la aclaración

J

#2 http://boe.es/eli/es/l/2023/05/24/12/con

"K) Gran tenedor: a los efectos de lo establecido en esta ley, la persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo en todo caso garajes y trasteros. Esta definición podrá ser particularizada en la declaración de entornos de mercado residencial tensionado hasta aquellos titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en dicho ámbito, cuando así sea motivado por la comunidad autónoma en la correspondiente memoria justificativa."

DangiAll

#1 Pues eso es algo que deberían de dejar bastante claro, porque si empiezan a sumar las casas de los pueblos medio derruidas de repente resulta que eres un Rockefeller para la administración.

i

#1 entonces es un poco erróneo el titular

NotVizzini

#6 "estar por encima de la media" ese concepto tan vil...

estemenda

#11 lol... Metálicamente vil, da para disco heavy, lo veo.

ur_quan_master

Este puede responder a la definición

R

Me parece muy buena medida, tibia, pero correcta.

a

Ya lo reducirán más.

r

Hecha la ley...