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El Constitucional rehabilita al juez Serrano cinco años después

El TC anula la condena impuesta por el TSJA, primero, y por el Supremo, después, por prevaricación al alterar un régimen de visitas para que una menor pudiese acudir a una procesión de Semana Santa El magistrado, que podrá volver ahora a su plaza de juez de Familia, se muestra contento aunque lamenta el perjuicio que se le ha ocasionado a su carrera

| etiquetas: juez , serrano , contitucional , reahabilita
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Es para ejemplificar como funcionaba el TC cuando estaba compuesto por jueces buenos y justos, españoles de verdad que aman a su país.
Su puta madre...

Fecha de publicación: 26/10/2016 18:22
Esto se puede considerar como una llamada a filas para reforzar la ofensiva contra el perrosanchismo.
Retardado el TC pepero ... te falto la etiqueta hemeroteca para dejar cada pieza en su sitio.

Al final lo que es este tipo:

El exlíder de Vox en Andalucía se sentará en el banquillo en 2026 por un supuesto fraude de subvenciones

La Fiscalía reclama al juez en excedencia Francisco Serrano hasta ocho años de prisión

elpais.com/espana/andalucia/2025-04-30/el-exlider-de-vox-en-andalucia-

Un presunto delincuente ...
Para los olvidadizos... Este es ahora diputado por Vox.

No se entiende como 2 tribunales lo condenan y uno dice que no, que todo correcto. La inquisicion española sigue a la orden del dia
#4 Ya no.
De su wiki
En julio de 2020 dejó su acta de parlamentario autonómico y sus cargos en VOX, tras ser imputado por un fraude de 2,5 millones en ayudas públicas.

No sé en qué habrá quedado, si es que ha terminado el proceso.
#4 El constitucional no dice que no, dice que se lesionó su derecho al recurso, que no es lo mismo. El constitucional no entra a ver si eres culpable o inocente, solo mira si se han respetado todos tus derechos.
"El Tribunal no cuestiona la argumentación contenida en la sentencia dictada
por el Supremo, pero considera que éste incurrió en un “exceso de jurisdicción (el motivo
no debió ser admitido, tal como se planteaba, y menos todavía estimarlo), en cuanto al
respeto a los presupuestos legales del recurso de casación”, lo que ha causado la lesión
del derecho al recurso (art. 24.1 CE) del demandante"
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menéame