Los trabajadores con reducción voluntaria de jornada por cuidado de hijo, discapacitado o familiar tenéis derecho a cobrar la prestación por desempleo (el “paro”) como si en la empresa hubierais cobrado el salario completo sin reducción. Es lo que se suele llamar “derecho a cobrar el paro al 100%”. El problema es que son numerosísimas las ocasiones en que el trabajador cobra una prestación o “paro” inferior al correcto y sin darse cuenta, porque el SEPE se lo calcula con el salario reducido en vez del salario completo.
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etiquetas: derecho , paro , reducción voluntaria , jornada
¿Donde se va el resto que he tributado?
El.tope de paro es algo lógico. Es una prestación por desempleo. Una prestación social.
Tambien hay una pensión maxima.
El.resto que has tributado va a prestaciones por desempleo de otras personas.
Igual que con las pensiones, hay un paro mínimo y una cotización máxima.
Como las pensiones