En serio.
Cuando lean un titular que empiece por "denuncian por delito de odio a...", "la Fiscalía investiga por delito de odio a..." o términos similares, dejen de leer. No es noticia.
Las posibilidades de que esas denuncias/investigaciones prosperen no llegan al 1%.
Algún día habrá que calcular lo que le cuesta a la Fiscalía, en esfuerzo y tiempo, abrir diligencias por posible delito de odio sobre hechos que claramente no son delito de odio, para archivar las diligencias cuando el asunto se haya olvidado lo suficiente.
2/ Para empezar, el delito de odio no existe en España: odiar está feo, pero no es delito.
Lo que existe es el delito de INCITACIÓN al odio (artículo 510 CP).
3/ Para que exista el delito es necesaria una INCITACIÓN DIRECTA a la comisión de hechos concretos de discriminación, odio o violencia contra determinados grupos por razones de raza, nación, religión, orientación sexual, etc.
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En serio.
Cuando lean un titular que empiece por "denuncian por delito de odio a...", "la Fiscalía investiga por delito de odio a..." o términos similares, dejen de leer. No es noticia.
Las posibilidades de que esas denuncias/investigaciones prosperen no llegan al 1%.
Algún día habrá que calcular lo que le cuesta a la Fiscalía, en esfuerzo y tiempo, abrir diligencias por posible delito de odio sobre hechos que claramente no son delito de odio, para archivar las diligencias cuando el asunto se haya olvidado lo suficiente.
2/ Para empezar, el delito de odio no existe en España: odiar está feo, pero no es delito.
Lo que existe es el delito de INCITACIÓN al odio (artículo 510 CP).
3/ Para que exista el delito es necesaria una INCITACIÓN DIRECTA a la comisión de hechos concretos de discriminación, odio o violencia contra determinados grupos por razones de raza, nación, religión, orientación sexual, etc.
#2 A veces parece que depende del pie que cojee el que hace las publicaciones, ¿no?
https://www.elsaltodiario.com/libertad-expresion/128-condenas-carcel-delitos-expresion
https://www.liberties.eu/es/stories/condena-usuario-twitter-tribunal-supremo-espana/11358
https://verne.elpais.com/verne/2017/03/29/articulo/1490791071_349381.html
El Constitucional acota los insultos anónimos en Internet y condena a Menéame por no borrar un “hijo de puta”
El Constitucional acota los insultos anónimos en I...
eldiario.eshttps://www.elmundo.es/madrid/2014/05/07/53694077ca47411d0f8b4581.html
#3 hombre, realmente depende de que yo hablaba de delitos de odio y tú has citado condenas que no tienen nada que ver con los delitos de odio
#4 ahí tienes razón.
Pues como entren a juzgar este tipo de cosas en twitter, no salen