#6:
#4 Nadie se atreve a decir "inhabilitado para cargo Publico"....nadie se atreve quedar señalados por instancias superiores , mas tarde o mas temprano, por un delito de prevaricación.
Marchena y su banda de mariachis soldado un pulso al congreso con sus santos jones y al gobierno saltándoles las costuras dejando de entrever el miedo/guerra soterrada con el al TS .... a ver el TC que dice y si eso a buscar justicia de verdad a la UE.
#8:
Pero no para perder su escaño y menos PARA SIEMPRE, joder que son 45 días de inhabilitación para sufragio pasivo
De la noticia:
"En un informe remitido a la Sala de lo Penal, al que ha tenido acceso EL MUNDO, el Ministerio Público defiende que Rodríguez no puede presentarse a cargo público durante 45 días, "ni más ni menos".
Esto, o es un despropósito, o un puto cachondeo, y ya si me aprietan, ambas cosas....... amos no me jodas.
#4 Nadie se atreve a decir "inhabilitado para cargo Publico"....nadie se atreve quedar señalados por instancias superiores , mas tarde o mas temprano, por un delito de prevaricación.
Marchena y su banda de mariachis soldado un pulso al congreso con sus santos jones y al gobierno saltándoles las costuras dejando de entrever el miedo/guerra soterrada con el al TS .... a ver el TC que dice y si eso a buscar justicia de verdad a la UE.
#6 Es más complejo que eso. La pérdida del escaño no procede de la condena de inhabilitación para sufragio pasivo, que poca relevancia tiene ya que no hay elecciones en un futuro cercano.
La pérdida de escaño se produce como consecuencia en derecho parlamentario de la existencia de una condena en firme a pena privativa de libertad, por más que esta pena se haya sustituido a efectos de ejecución por la de multa. Esa condena produce incompatibilidad con la condición de diputado.
Aquí lo explico detalladamente. Alberto Rodríguez pide al Supremo que suspenda la ejecución de su condena/c12#c-12
#12 Déjelo su excelencia: no lo van a entender, y si lo entienden no lo van a aceptar.
Aquí queremos mucho la separación de poderes, excepto cuando nos explota en la cara.
El golpe de estado más ruinoso y cochambroso de la historia, pero es lo que es. Se ha expulsado a un cargo electo de sus funciones si que en ningún documento jurídico lo señale.
Esto era lo que le faltaba a una democracia plena como la nuestra
Sobre la ejecución de la sentencia, la Fiscalía explica que la ejecución de la misma "significa única y exclusivamente que durante el tiempo de un mes y quince días que se fije en tal liquidación, Rodríguez no podrá presentarse a cargos públicos. Ni más, ni menos".
Creo que está bastante claro: durante los 45 días siguientes a la publicación de la sentencia, no puede presentarse en ningunas elecciones que se celebren. Ni más ni menos.
Y que pasa si entre tanto se va solicitando al siguiente de la lista de podemos que cubra la baja del escaño y decide que pasa y que corra el turno al siguiente, transcurren los 45 días y Alberto termina su condena sin el escaño cubierto por nadie.????
Comentarios
De la noticia:
"En un informe remitido a la Sala de lo Penal, al que ha tenido acceso EL MUNDO, el Ministerio Público defiende que Rodríguez no puede presentarse a cargo público durante 45 días, "ni más ni menos".
Esto, o es un despropósito, o un puto cachondeo, y ya si me aprietan, ambas cosas....... amos no me jodas.
#4 Está aquí todo dios lavándose las manos. Al final le cae prevaricación a la Batet por inútil.
#5 Que busquen mejores letrados y asesores, que bien les pagan. Si la ha cagado que apechugue, como hacemos todos, "ni más, ni menos".
#4 Nadie se atreve a decir "inhabilitado para cargo Publico"....nadie se atreve quedar señalados por instancias superiores , mas tarde o mas temprano, por un delito de prevaricación.
Marchena y su banda de mariachis soldado un pulso al congreso con sus santos jones y al gobierno saltándoles las costuras dejando de entrever el miedo/guerra soterrada con el al TS .... a ver el TC que dice y si eso a buscar justicia de verdad a la UE.
#6 Si no fuese porque no tiene ni puta gracia parecería un chiste, de muy mal gusto.
#6 Es más complejo que eso. La pérdida del escaño no procede de la condena de inhabilitación para sufragio pasivo, que poca relevancia tiene ya que no hay elecciones en un futuro cercano.
La pérdida de escaño se produce como consecuencia en derecho parlamentario de la existencia de una condena en firme a pena privativa de libertad, por más que esta pena se haya sustituido a efectos de ejecución por la de multa. Esa condena produce incompatibilidad con la condición de diputado.
Aquí lo explico detalladamente.
Alberto Rodríguez pide al Supremo que suspenda la ejecución de su condena/c12#c-12
#12 Déjelo su excelencia: no lo van a entender, y si lo entienden no lo van a aceptar.
Aquí queremos mucho la separación de poderes, excepto cuando nos explota en la cara.
Pero no para perder su escaño y menos PARA SIEMPRE, joder que son 45 días de inhabilitación para sufragio pasivo
Un puto cachondeo como bien menciona #4
#8 Pués mira, a la puta calle y con las orejas gachas, una puta verguenza.
El golpe de estado más ruinoso y cochambroso de la historia, pero es lo que es. Se ha expulsado a un cargo electo de sus funciones si que en ningún documento jurídico lo señale.
Esto era lo que le faltaba a una democracia plena como la nuestra
"No nos líes, rojo!" fueron las palabras (casi) textuales
Mientras tanto ....
https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/11/03/el_candidato_del_constitucional_oculto_congreso_que_siguio_una_empresa_con_contratos_publicos_hasta_2020_126261_1012.html
https://www.google.com/amp/s/www.elconfidencial.com/amp/espana/2021-11-05/partido-popular-enrique-arnaldo-infringio-ley-cobrar-dos-universidades_3319013/
Sobre la ejecución de la sentencia, la Fiscalía explica que la ejecución de la misma "significa única y exclusivamente que durante el tiempo de un mes y quince días que se fije en tal liquidación, Rodríguez no podrá presentarse a cargos públicos. Ni más, ni menos".
Creo que está bastante claro: durante los 45 días siguientes a la publicación de la sentencia, no puede presentarse en ningunas elecciones que se celebren. Ni más ni menos.
Seguimos para Bingo.
Los jueces y fiscales de mayor rango en el ordenamiento jurídico español no aplican bien sus sentencias. Vergüenza propia y ajena.
pues en la que ha publicado infolibre dice claramente que la inhabilitacion es solo para sufragio pasivo, estos de El InMundo manipulando la informacion interesadamente.
https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/11/05/alberto_rodriguez_quiere_que_junta_electoral_central_aclare_cuando_finaliza_inhabilitacion_126406_1012.html?fbclid=IwAR2hjNOlLMqxojqylQFKEYuIWVjLuC8WoWT1DShT270AEpc0X9rCC-Mblww
Y que pasa si entre tanto se va solicitando al siguiente de la lista de podemos que cubra la baja del escaño y decide que pasa y que corra el turno al siguiente, transcurren los 45 días y Alberto termina su condena sin el escaño cubierto por nadie.????
Que brasa con el rastas