Hace 1 año | Por --740055-- a elconfidencial.com
Publicado hace 1 año por --740055-- a elconfidencial.com

l Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión cautelarísima del acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que retiró el escaño en el Parlamento catalán a la presidenta suspendida Laura Borràs, tras haber sido condenada a cuatro años y medio de cárcel por adjudicar contratos a dedo. Borràs pidió medidas cautelarísimas ante el Tribunal Supremo contra la resolución de la Junta Electoral, del pasado 3 de mayo, que dejó sin efecto su credencial como diputada del Parlament tras considerar que concurría causa de inelegibilidad sobrevenida…

Comentarios

themarquesito

Recordemos que en determinadas circunstancias no es necesario que haya sentencia firme. Cito de la LOREG, artículo 6.2. b y 6.4 2.

Son inelegibles [...]
b)Los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal

LOREG, art. 6.4
4. Las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad. Las causas de incompatibilidad se regirán por lo dispuesto para cada tipo de proceso electoral

La prevaricación es un delito contra la Administración Pública, de hecho es el primero de los que figuran en ese capítulo del Código Penal.

D

…ni con agua hirviendo.

D

¿Soy yo o el titular es muy confuso?