Hace 2 años | Por --654490-- a elpais.com
Publicado hace 2 años por --654490-- a elpais.com

El TC considera que la alta intensidad de la limitación de derechos equivale a una suspensión, por que hace que "lo cuantitativo devenga cualitativo"

Comentarios

StuartMcNight

#1 Igual es que los jueces intentaron comprar papel de vater y no encontraron. Y ya ves tú… tener que enviar a la interna al super de extrarradio es una grave alteración del orden público. Puajjj….

Pilar_F.C.

#1 Creo entender que los llama blanditos.

ǝʇuɐǝuǝɯxǝ

#1 Las Charos de balcón estaban muy alteradas.

sotillo

#1 Preveían lo de los cayetanos, tal vez

D

#3 No es tan así como lo pintas... Si algo no necesita más justificación que la de las Cortes, ¿cómo explicas que el TC pueda declarar la inconstitucionalidad de una ley?
Te falta, creo, entender o tener en cuenta la diferencia entre unas Cortes constituyentes y unas constituidas.

Priorat

#5 Ningún juez, ni el TC, pueden tumbar un estado de alarma, ni mucho menos uno de excepción, porque les parezca que no está justificado. No está dentro de su ámbito de decisión. Pueden anularlo porque no se cumplen los requisitos, porque lo que se incluye sale del estado de alarma (como en este caso), pero porque no les guste el motivo, no pueden hacerlo.

En este caso si pueden tumbar el estado de alarma porque se incluyeron restricciones que creen que no se pueden incluir en el estado de alarma. Pero el motivo por el que se aprueba el estado de alarma o un eventual de excepción, queda fuera de sus competencias. Es el gobierno en el estado de alarma (y el Congreso si hay prorroga) y las Cortes, en el caso del estado de excepci{on, las que deciden si hay motivo o no.

Entiendes lo que que digo, ¿no? No estoy diciendo que la conclusión de la sentencia esté mal o que no puedan sentenciar lo que ha sentenciado. En esto no me he metido. Digo que esa argumentación es irrelevante para la conclusión de la sentencia y que esta argumentación en concreto es irrelevante desde el punto de vista constitucional. Y no había alteración del orden público.

D

#10 Sinceramente, no he leído la sentencia y sin hacerlo no me atrevo a decir si entra o no dentro de las competencias del TC.
Tampoco sé a ciencia cierta qué es lo que han dicho que no se ajusta a la Constitución en la declaración del estado de alarma.
Pero, por otra parte, no entiendo la diferencia que ves entre tumbar un estado de alarma y anularlo.

canduteria

El TC no puede hacer ya más el ridículo, el pp está tan rabioso que está jodiendo la poquísima credibilidad del sistema judicial

Por cierto como era ese mantra de si somos una democracia plena que no se bien cómo iba...

yatoiaki

#6 El TC no es parte del sistema judicial a ver si tenenos los conceptos claro, el TC se limita a interpretar la constitucion cuando alquien le pregunta, en este caso el partido politico VOX, pero per se no emite sus conclusiones a capricho, solo si en interpelado para ello.

D

Si lo he entendido bien, hablan de que la situación podría haber dado pie a desórdenes públicos. Me gustaría haber escuchado a la oposición qué dirían para votar a favor del estado de excepción con ese argumento del gobierno...

trigonauta

Podrían haber defendido cualquiera de las dos opciones, de ahí que los votos representen la separación política del TC. Están haciendo oposición.
Lo preocupante no es esto, que no es muy sorprendente, es lo que haya que hacer ahora si se repite la misma situación. Creo que el gobierno debería promover cuanto antes una nueva ley que permita manejar rápidamente situaciones de pandemia de este tipo.

StuartMcNight

De todas formas, a mi lo que me gustará ver es el argumento Voxetarra.

“El estado de alarma que apoyamos fue un criminal recorte de derechos!!! Tendrían que haber declarado el estado de excepción….”

blanjayo

Estos del TC estuvieron haciendo cola en el Mercadona.

D

El estado de excepción solo se puede declarar durante dos meses. El TC viene a decir que ni siquiera una gestión de la pandemia tan laxa como la que se ha hecho en España tiene encaje constitucional. Lo que viene a decir es que el el régimen del 78 es una puta mierda y, en ocasiones como esta en que ha de protegerse con mucho esfuerzo a la población, no se puede hacer y ha de primar el egoísmo más estúpido. Otra prueba de que China tiene un sistema político mucho mejor, con una capacidad mucho mayor de respetar los derechos humanos de las personas en ocasiones como estas.

J

#18 Algunos del TC demuestran que no le importa la ridícula y apestosa imagen que vamos teniendo de ellos.
Efectivamente la Constitución está obsoleta, pero desde el principio. Nunca se ha aplicado del todo, sólo en lo que nos perjudica. Habría que modificarla, partiendo de cero, pero teniéndola como modelo para que los puntos aceptables que puede contener no sean letra muerta, y eliminar definitivamente lo que no tiene sentido como la monarquía y posibilitando o constituyendo un Estado Federal o incluso una Confederación de Estados Ibéricos, donde todos quepamos, incluso Portugal o Gibraltar.

D

#18 Mira que se pueden decir cosas, pero la capacidad de china para respetar los derechos humanos....

l

Y este tribunal es el mayor referente de la justicia española??? Vamos apañados

D

Era una crisis sanitaria tan gorda, tan gorda que se convirtió en alteración del orden público

aupaatu

Otra sedición, con golpe de estado sanitario.
Es lo que tiene tener una oposición al servicio de los ciudadanos, con su corte judicial.