El acoso organizado a cargos electos es un delito grave que puede acarrear penas de prisión de hasta cinco años de cárcel. Así lo considera el magistrado de la Audiencia Nacional Eloy Velasco en un auto sobre el asedio que el 15 de junio de 2011 sufrieron la mayoría de los diputados autonómicos catalanes por parte de miembros vinculados con el movimiento del 15 M, un episodio revivido.
#6:
No tiene nada que ver el escrache con el artículo 498 del Código Penal (que acarrea de 3 a 5 años de cárcel).
Ya que sanciona a “los que emplearen fuerza, violencia, intimidación o amenaza grave para impedir a un miembro del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de comunidad autónoma asistir a sus reuniones, o, por los mismos medios, coartaren la libre manifestación de sus opiniones o la emisión de su voto”.
#11:
Lo que pone en el titular no se corresponde con el texto de la noticia. El juez dice que los sucesos de 2011 en el Parlamento de Cataluña pueden llevar esas penas porque se produjeron cuando los diputados intentaban acceder al Parlamento. El paralelismo con los escraches se lo ha inventado el redactor de la "noticia".
No tiene nada que ver el escrache con el artículo 498 del Código Penal (que acarrea de 3 a 5 años de cárcel).
Ya que sanciona a “los que emplearen fuerza, violencia, intimidación o amenaza grave para impedir a un miembro del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de comunidad autónoma asistir a sus reuniones, o, por los mismos medios, coartaren la libre manifestación de sus opiniones o la emisión de su voto”.
Lo que pone en el titular no se corresponde con el texto de la noticia. El juez dice que los sucesos de 2011 en el Parlamento de Cataluña pueden llevar esas penas porque se produjeron cuando los diputados intentaban acceder al Parlamento. El paralelismo con los escraches se lo ha inventado el redactor de la "noticia".
Comentarios
No tiene nada que ver el escrache con el artículo 498 del Código Penal (que acarrea de 3 a 5 años de cárcel).
Ya que sanciona a “los que emplearen fuerza, violencia, intimidación o amenaza grave para impedir a un miembro del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de comunidad autónoma asistir a sus reuniones, o, por los mismos medios, coartaren la libre manifestación de sus opiniones o la emisión de su voto”.
#6 Sí lees el código penal como la biblia puedes pervertir su interpretación para que diga lo que tú quieres... Y no te extrañes que lo van a hacer.
Lo que pone en el titular no se corresponde con el texto de la noticia. El juez dice que los sucesos de 2011 en el Parlamento de Cataluña pueden llevar esas penas porque se produjeron cuando los diputados intentaban acceder al Parlamento. El paralelismo con los escraches se lo ha inventado el redactor de la "noticia".
Eso más que un aviso, parece una amenaza.
#1 y un previsible "streisand"
#1 De amenazar nada
Pero sin embargo espolear las arcas del estado, ser corrupto a mas no poder, tener cuentas en suizas ocultas parece no estar penado.
#2 "expoliar"
#5 upss vaya lapsus jaja
Con ir disfrazados de cobrador del frac se soluciona el problema
Por el contrario asfixiar a todo un pueblo es visto con buenos ojos por "La Audiencia"
uff los cobradores del frac.
Viva la democracia.
Por lo menos, ya que les han quitado la casa, tendrán un techo donde estar
“cabe manifestarse y expresarse con el límite de no usar la violencia contra personas y bienes ajenas a la protesta”
Punto
vamos, que no es ilegal señalar con el dedo y decir "Este señor quiere que sigas entrampado"