Hace 8 años | Por zanguangaco a eldiario.es
Publicado hace 8 años por zanguangaco a eldiario.es

Protección de Datos ha multado a la empresa con 40.001 euros por mantener colocadas en la ciudad capitalina una serie de cámaras orientadas al exterior

Comentarios

CensuradoPorMeneame

Donde yo vivo hay camaras de vigilancia, exteriores (enfocan el perimetro de los inmuebles, entrada en la urbanizacion, entrada a los garajes. Todo es legal, las grabaciones se guardan 30 dias, de hecho hubo un "incidente" y la G.C. fueron los primeros en visionar la grabaciones. Todo es perfectamente legal si cumples la normativa.

"Requisitos legales para instalar las cámaras.

En la instalación de cámaras de vigilancia hay que atender también al contenido de la Instrucción 1/95 -EDL 1995/13174-, que entiende que los responsables que cuenten con sistemas de video vigilancia deberán cumplir con el deber de información previsto en el art. 5 de La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre -EDL 1999/63731-. A tal fin deberán: a) Colocar, en las zonas video vigiladas, al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados y b) Tener a disposición de los/las interesados/as impresos en los que se detalle la información prevista en el art. 5.1 de la Ley Orgánica 15/1999 -EDL 1999/63731-. También la instrucción 1/2006 en su art.1 -EDL 2006/310701- señala que: "La presente Instrucción se aplica al tratamiento de datos personales de imágenes de personas físicas identificadas o identificables, con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras y videocámaras. (...)."

U

En la vía pública solo pueden grabar las fuerzas de seguridad del estado, que yo sepa. El resto no, aunque avisen.

Hasta donde yo sé, claro.

chorche77

#4 También pueden grabar comercios privados como gasolineras por ejemplo. Hay que pedir permiso, por supuesto y las cámaras deben grabar desde la vía pública hacia dentro del comercio. No podrían por ejemplo grabar todo el acceso de la calle.

S

Yo no soy experto,pero tenía entendido que estaba prohibido enfocar las cámaras al exterior, solo se permitia en edificios públicos o con autorización expresa. Y las cámaras que enfocan a los cajeros, por ejemplo, solo podia salir el trozo de acera imprescindible, y en ningún caso propiedades privadas, como comercios, que no sean propiedad del que pone la camara

D

llevan varios dias sancionando al Corte Ingles .. como que me chirria..

D

¿Entonces los bancos que tienen cámaras en los cajeros?...
Pregunto. Nunca he tenido claro la legislación sobre este tema

angelitoMagno

#1 Creo que en los cajeros hay un aviso, ¿no?

thorin

#1 Me parece que el tema esta en si hay cartel de aviso o no.
Por eso en la noticia señala que El corte inglés daba por suficiente con colocar carteles a la entrada, cuando igual tiene que ponerlos por el exterior.

D

Para colocar camaras de seguridad que graben imagenes hay que solicitar un permiso , algo rutinario , y dar de alta el archivo en la Agencia Española de Protección de Datos . La instalación la ha de hacer una empresa homologada y poner carteles avisando de que esta siendo grabado y a quien dirigirse en caso de queja o reclamación

S

Según tengo entendido,para grabar la vía publica se necesita permiso expreso. Existen multitud de cámaras instaladas en el exterior sin autorización, las fuerzas de seguridad no actúan de oficio, es decir alguien tiene que denunciarlo, cosa que no hace nadie. El problema para el propietario es cuando necesita esas imágenes como prueba en un delito y el juez le dice que no son validas al no ser legales y se queda con dos palmos de narices.