Hace 14 años | Por el_Diablo_Cojue... a elmundo.es
Publicado hace 14 años por el_Diablo_Cojuelo a elmundo.es

Ex-concejales del Ayuntamiento de Madrid se manifestaron en la puerta de la calle de la Paloma número 30 del distrito de Vallecas frente al edificio en el que vivía Nieves, una mujer que ha sido desahuciada de su casa junto a sus dos hijos de 11 y 7 años de edad. Nieves aseguró que desconocía esta situación de impago hasta que le llegó a su domicilio una orden de desahucio exigiéndole el pago de 6.000 euros en concepto de alquiler y 1.800 más por las costas de los juicios que, en sus propias palabras, "no puede pagar".

Comentarios

kismet

"CUANDO LAS ADMINISTRACIONES NO FUNCIONAN, HAY INOCENTES QUE PAGAN LOS PLATOS ROTOS"

Creo sinceramente que estamos errando el tiro y que estamos echando la culpa a esta mujer un poco injustamente y creo que lo puedo demostrar.

La Ley 30/1992 Vínculo a legislación, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 35.º.f) establece el derecho de los ciudadanos a no presentar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante y en su artículo 45.º.1 que las Administraciones Públicas impulsarán el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias, con las limitaciones que a la utilización de estos medios establecen la Constitución y las Leyes.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en su artículo 6.º.2.b) establece el derecho de los ciudadanos a no aportar los datos y documentos que ya obren en poder de las Administraciones Públicas, las cuales utilizarán medios electrónicos para recabar dicha información, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999 Vínculo a legislación, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007 Vínculo a legislación, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha norma. Asimismo en su artículo 9.º.1 y 2 establece que para un eficaz ejercicio del citado derecho cada Administración deberá facilitar el acceso de las restantes Administraciones Públicas a los datos relativos a las personas interesadas que obren en su poder y se encuentren en soporte electrónico, estando la disponibilidad de los datos limitada estrictamente a aquellos que son requeridos a los ciudadanos por las restantes Administraciones para la tramitación y resolución de los procedimientos y actuaciones de su competencia.

Esta Ley, que se aprobó en 2007 tenía un periodo de adaptación de las AAPP de 2 años y debería ser efectiva el 1 de enero de 2010, algo de lo que ya ha pasado 15 días.

Pero abundando más en el tema, en el ámbito de los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, caben citarse los Reales Decretos 522/2006 y 523/2006, de 28 de abril, por los que se suprimen la aportación de fotocopias de documentos de identidad y del certificado de empadronamiento respectivamente. Claro, que esto es para la Administración General del Estado, pero viendo estos derechos, muchas Comunidades y Ayuntamientos adaptaron sus normativas para que esto fuera una realidad, algo que no ha hecho la Comunidad de Madrid.

Para hacer posible esto, las AAPP usan la red SARA, que tanto la Comunidad de Madrid, como el Ayutamiento usan, pero al parecer, para lo que le interesa, el cobro de multas de tráfico y retención de deudas a través de la declaración de la renta. Pero es más, al igual que ha llamado a la pobre mujer, podría haber llamado al Ayuntamiento de Madrid o haber mandado un oficio, para recabar la información pertinente y necesaria para hacer su trabajo.

Visto lo anterior, esta mujer no tenía la obligación de entregar ni el DNI/NIF ni el certificado de empadronamiento y a la vista de las declaraciones del IVIMA solamente se me ocurre que debería ser destituido de forma fulminante y que se debería exigir el cumplimiento del Art. 35.j de la Ley 30/92 que dice "J) A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente."

Es más, creo que la ciudadanía debería empezar a tomar las riendas de la situación y no dejar en manos de los políticos todo puesto que han demostrado miles de veces que ni conocen las leyes, ni las cumplen ni les interesa. Debemos comenzar a exigir que se cumplan las leyes, los derechos y libertades o de otro modo, nunca mejorará nuestra democracia.

Por mi parte, pienso denunciar esta situación e intentaré que se tomen las medidas que la Ley prevé para estos casos y os pido a todos los que tengáis un poco de conciencia social, que hagáis lo mismo, e intentemos que esto salga a portada.

Por cierto, creo que los internautas somos los más interesados en que se cumpla la Ley 11/2007 y por desgracia, tras dos años no la cumple nadie.

Catacroc

El problema es que vive en Madrid, si viviese en el mundo de piruletas le habrian dado 2 casas, una para diario y una para el finde. Esta guay hablar, pero me gustaria ver como reparte el concejal 100 viviendas entre 250 solicitudes.

g

#2 Pues muy facil... a amigos y familiares...

D

Sobran viviendas.

D

#4 sí, pero no gratis.

Vamos, si leemos a fondo el tema, a esta mujer el Ex marido no le ha pagado el alquiler en 14 meses ni su hijo.

Por otro lado, la buena mujer no se entera que llevan 14 meses sin pagar el alquiler, ni ninguna carta que llega a la vivienda ha podido leerla.

Dudo mucho, pero muchísimo, que los caseros no hayan ido al domicilio para ver qué pasa, o se hayan comunicado con la buena mujer.

Como apunta #1 solicita viviendas pero no cumplimenta bien los papeles.

No sé, desgracias hay muchas, pero vamos, yo aquí huelo que la buena mujer ha querido pecar de lista, yo no sé nada, y si me echan es culpa de papi estado, que me hace la vida imposible.

Y bueno, se manifiesta IU y Socialistas, obviamente la oposición, soltando un despropósito de cosas que no ahondan en la verdadera situación del caso de desaucio, es más, el artículo habla más de las críticas a la comunidad que del caso real que le ha pasado a la mujer.

el_Diablo_Cojuelo

Respuesta del IVIMA

Desde el IVIMA reconoce que Nieves sí que pidió una vivienda al IVIMA el pasado mes de septiembre, "pero a día de hoy no se ha podido baremar su solicitud para una vivienda del Cupo de Especial Necesidad porque entregó la documentación de forma defectuosa".

Según el IVIMA, le falta en concreto un tema relativo al padrón. "Se le ha llamado por teléfono y citado para que haga entrega de ese certificado sin el cual no se podrá baremar su solicitud", precisan desde el Instituto de Vivienda.