Una mujer francesa acusada de arrancar el velo que cubría totalmente el rostro de una turista de Emiratos Árabes Unidos y de golpearla y arañarla cuando ésta volvió a ponérselo se enfrentaba el jueves a una posible condena de dos meses de prisión suspendida. "Sabía que iba a estallar un día", dijo Marlene, de 63 años, según la policía. "Esta historia del burka estaba empezando a irritarme". El incidente, por el que también se enfrenta a 750 euros de multa, ocurrió en una lujosa boutique de París el pasado febrero.
Comentarios
Más que de una intolerante estamos hablando de alguien que está muy mal de la cabeza.
#4, no, estamos hablando de lo que puede llegar a provocar la prohibición del burka.
No creo que haya sido un "asalto a un burka", sino un "asalto a una mujer que usaba burka". Que el burka no iba por ahí andando solo, y debajo había una persona. Odio los burkas con toda mi alma, pero esa conducta es inadmisible.
#12 Pero sí hay violencia, que es lo que los relaciona y me permite hacer la comparación que he hecho.
Por otra parte, es evidente que el robo hace que la condena aumente, pero ¿tanto? ¿De dos meses que te caen en Francia sólo por la agresión se pasa a diez meses más en España por robar media barra de pan?
#13 Pues si no hay robo solo se trata de una agresión y si no hay lesiones... en mi opinion no tendría ni que haber juicio. Si hay lesiones no muy graves en España seria una multa en Francia no tengo ni idea.
"Si hay algo que no soporto es a los intolerantes", añadió.
#6 En España un juez condenó a un año de cárcel a un mendigo que robó media barra de pan, bajo el pretexto de que el forcejeo que empleó con la panadera (y en el que ella ni siquiera sufrió heridas leves, ni un rasguño) para arrancarle la barra, consiguiendo únicamente la mitad de la misma, constituye uso de la violencia en el robo.
Siendo críticos con el sistema judicial y penitenciario de cualquier país (incluyendo el nuestro), te diría que quizá dos meses sea demasiado si las agresiones no fueron muy graves. Y que quizá metiéndola en la cárcel la vuelvan todavía más extremista y fanática, en lugar de rehabilitarla para vivir en sociedad.
Desde una postura acrítica con nuestro sistema judicial y penitenciario, se debería llegar a la conclusión de que dos meses de prisión por un arañazo es poquísimo, teniendo en cuenta el otro caso que he comentado aquí.
(se me olvidaba: http://www.20minutos.es/noticia/452962/0/condena/mendigo/pan/ )
#9, y si además la ley francesa es igual o parecida a la española, esa mujer ni siquiera entrará en la cárcel si no tiene antecedentes. En resumen, una mierda de condena para una persona que ha agredido a otra sólo porque no le gustaba su vestimenta.
#9 No soy jurista pero en este caso no hay tentativa de robo -en principio solo parece que no quiere que lo lleve puesto no robarselo- ni se llega a consumar el supuesto robo. Vamos no tiene nada que ver los dos casos.
#12 Código penal
Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre
Título III
De las lesiones
Artículo 147. (Modificado)
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de seis meses a tres años, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
Con la misma pena será castigado el que, en el plazo de un año, haya realizado cuatro veces la acción descrita en el artículo 617 de este Código.
2. (Modificado) No obstante, el hecho descrito en el apartado anterior será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses, cuando sea de menor gravedad, atendidos el medio empleado o el resultado producido.
http://www.lexureditorial.com/leyes/cp98hh.htm#indcp45
#16 Pero esto como muchísimo seria una falta de lesiones no un delito...
#19 Si el juez determina que es falta y no delito, la cosa cambia.
LIBRO III.
FALTAS Y SUS PENAS.
TÍTULO I.
FALTAS CONTRA LAS PERSONAS.
Artículo 617. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causara a otro una lesión no definida como delito en este Código será castigado con la pena de localización permanente de seis a 12 días o multa de uno a dos meses.
2. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión será castigado con la pena de localización permanente de dos a seis días o multa de 10 a 30 días.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l3t1.html
Siempre y cuando no considere que la agresión fue por la condición de musulmana de la mujer.
CAPÍTULO IV.
DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL
Artículo 22.
Son circunstancias agravantes:
4. Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo u orientación sexual, o la enfermedad o minusvalía que padezca.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l1t1.html
#9
Un juzgado de Barcelona ha condenado a un año de cárcel al mendigo que robó media barra de pan agarrando por el cuello de la bata a la dependienta
No se le condenó por la barra, se le condenó por la intimidación. Que no es lo mismo.
Es más, si fuera por la barra sería un hurto (posiblemente falta) y nunca un robo.
Absteneos de sentenciar con leyes que desconocéis, que luego pasa lo que pasa.
Esta mujer debe de ser muy infeliz en su vida para ultrajarse de esa manera por ver a una desconocida portando un burka, y más en un recinto privado como es una boutique.
Este, como casi todos nuestros problemas y conflictos se debe a la falta de empatia humildad y sentido común. Maldigo esta sociedad donde los nuevos dioses son Belén Esteban, María Patiño, Jorge Javier Vazquez, y sus panteones son la casa de gran hermano y los platos de tele5!
Parece que la propaganda ultraderechista va teniendo su efecto tambien en Europa
Pena,penita,pena
http://1.bp.blogspot.com/_iJayHHFD94E/SxMBoaCqjEI/AAAAAAAACcM/fqM8J3csnfc/s1600/Intolerancia.jpg
Y la meten en juicios por eso? Luego te roban la cartera y si no es mas de x euros no pasa nada...
#1 Si te roban la cartea arañandote ya son lesiones. Sin contar el "derecho a la dignidad", la cual han roto en esta mujer con su forma de pensar (censurable o no)
#2
#3 Y 2 meses de prisión por un arañazo no me jodas...
#1 También hay una agresión de por medio, ¿no has leído la noticia?
Sobre el caso, es increíble la estupidez de algunas personas. Luego se la aclamará porque la víctima llevaba burka, pero si hubiera sido al revés y una mujer musulmana hubiera obligado a una occidental a ponerse el burka y le hubiera dado puñetazos y arañazos ante su negativa, ¿qué pensaríamos? Además, es que no tiene sentido. Si se supone que la prohibición era para luchar por los derechos de las mujeres, ¿de qué servirá agredirla ante su negativa a quitárselo? Y si se debe a la obligación de quitárselo en juicios, para identificarse ante la policía y cosas así, ¿qué sentido agredir a una mujer que se niega a hacerlo en una boutique?
Esto sólo tiene un nombre, y es sencillamente intolerancia. Vale que es triste que haya mujeres educadas de tal forma que quieren voluntariamente llevar esa mierda que es el burka, pero al menos ellas (las que viven en occidente) no obligan a nadie a llevarlo.
#3 Luego se la aclamará porque la víctima llevaba burka, pero si hubiera sido al revés y una mujer musulmana hubiera obligado a una occidental a ponerse el burka y le hubiera dado puñetazos y arañazos ante su negativa, ¿qué pensaríamos?
¿Como que pensaríamos? Dirás pensamos. Y la respuesta es "como me mola tu estilazo, a ver si hacemos algo juntos".
http://www.webislam.com/?idn=12570