Tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/2012, la suscripción a este convenio especial para los cuidadores no profesionales es totalmente de carácter voluntario. Por lo que, si los cuidadores de personas mayores en situación de dependencia desean cotizar y optar a una prestación por jubilación o incapacidad permanente, deberán asumir la cuota ellos mismos.
#4:
NOrmalmente un dependiente no tiene apenas recursos, lo se de primera mano, ser dependiente sale carísimo y lo que hacen la mayoría es buscar alguien que los cuide por el menro precio posible, por lo que lo normal es que contraten a gente en negro . La culpa no es del dependiente, la culpa es del Estado que no da ayudas suficientes a estas personas. El Estado es quien debería hacerse cargo de la seguridad social de estas personas y hasta de una parte de su sueldo. En un pais donde se pagan impuestos yo quiero estar cubierto si un día soy dependiente, como pasa en otros paises, y no tener que depender de mi economía para ello.
NOrmalmente un dependiente no tiene apenas recursos, lo se de primera mano, ser dependiente sale carísimo y lo que hacen la mayoría es buscar alguien que los cuide por el menro precio posible, por lo que lo normal es que contraten a gente en negro . La culpa no es del dependiente, la culpa es del Estado que no da ayudas suficientes a estas personas. El Estado es quien debería hacerse cargo de la seguridad social de estas personas y hasta de una parte de su sueldo. En un pais donde se pagan impuestos yo quiero estar cubierto si un día soy dependiente, como pasa en otros paises, y no tener que depender de mi economía para ello.
#1#4 Todo eso que decís lo dije yo cuando sucedió lo de Echenique. Es de sentido común, pero la gente prefirió omitirlo y sacar las antorchas, obviamente por ser quién era. De toda la vida cuando una persona trabaja por cuenta propia es responsabilidad suya darse de alta en la seguridad y en el IAE y pagar tanto el IVA como la seguridad social emitiendo tu factura.
A tomar por culo la sentencia contra Echenique. Acaba de joder los comentarios a los meneaantes antiEchenique, que opinaban como si subieran leído el Decretoley.
Y ENTONCES ¿ES OBLIGATORIO QUE LOS CUIDADORES DE PERSONAS DEPENDIENTES COTICEN EN LA SEGURIDAD SOCIAL?
Tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/2012, la suscripción a este convenio especial para los cuidadores no profesionales es totalmente de carácter voluntario. Por lo que, si los cuidadores de personas mayores en situación de dependencia desean cotizar y optar a una prestación por jubilación o incapacidad permanente, deberán asumir la cuota ellos mismos.
ASÍ PUES, AL CONTRATAR LOS SERVICIOS DE UN CUIDADOR NO PROFESIONAL ¿NO DEBO PAGAR SU CUOTA DE SEGURIDAD SOCIAL? A efectos legales no. El cuidador de personas dependientes deberá asumir todo el gasto él mismo si lo desea.
Sin embargo, no está prohibido realizar un acuerdo entre “contratador” y cuidador para así pagar una parte de la cuota de la SS. Ya que, en muchos casos, los cuidadores no disponen de la cuantía necesaria para hacer frente a tal gasto.
Espero que tras tal despotrique, algunos tengan la dignidad de recoger cable debidamente...
#1 Ojo...del relacionado c&p " se apoya en que el artículo 2 de la Ley de Dependencia “señala claramente que un cuidador profesional de una persona dependiente puede funcionar como autónomo” y de ahí que “toda la obligación de tributar y de cotizar es del cuidador profesional"
Que la propia defensa de Echenique no está tirando por ese lado y en este meneo explican que todo el artículo va dirigido al cuidador no profesional que se hace cargo de la persona dependiente. Y no parece que ese sea el caso de Echenique
#6Esta figura de atención sociosanitaria en el hogar –legalmente conocida como cuidadores no profesionales– puede ser adoptada o bien por un familiar o bien, por una persona externa sin relación de parentesco con el enfermo. Sin embargo, esta última opción acostumbra a ser la más habitual.
Echenique habla de cuidadores "profesionales" desde el desconocimiento, el oficio de asistir en las labores diarias a una persona dependiente, por definición, se conoce como cuidadores no profesionales
5. . Cuidados no profesionales: la atención prestada a personas en situación de dependencia en su domicilio, por personas de la familia o de su entorno, no vinculadas a un servicio de atención profesionalizada
6. Cuidados profesionales: los prestados por una institución pública o entidad, con y sin ánimo de lucro, o profesional autónomo entre cuyas finalidades se encuentre la prestación de servicios a personas en situación de dependencia, ya sean en su hogar o en un centro.
Al igual que se reconoce la figura NO profesional, tenemos la del profesional a secas.
#11 La información que tú mismo has citado: 6. Cuidados profesionales: los prestados por una institución pública o entidad, con y sin ánimo de lucro, o profesional autónomo entre cuyas finalidades se encuentre la prestación de servicios a personas en situación de dependencia, ya sean en su hogar o en un centro.
Igualmente, si se tratase de unos cuidados profesionales, que desconocemos si el cuidador tenía estudios o nó, el mismo boe habla de profesional autónomo...
#1 Lee todo tu enlace. La prestación a la SS es voluntaria, debe constar en los acuerdos del contrato. que sí es obligatorio salvo que el cuidador sea autónomo -que no era el caso-. Contrato que no existió en el caso de Echenique.
Pues decenas de miles de personas, mujeres especialmente, están siendo discriminadas y/o no se obliga a que coticen. Sólo si te pillan, sobre todo si no eres de la cuerda de los tribunales de este país.
Comentarios
NOrmalmente un dependiente no tiene apenas recursos, lo se de primera mano, ser dependiente sale carísimo y lo que hacen la mayoría es buscar alguien que los cuide por el menro precio posible, por lo que lo normal es que contraten a gente en negro . La culpa no es del dependiente, la culpa es del Estado que no da ayudas suficientes a estas personas. El Estado es quien debería hacerse cargo de la seguridad social de estas personas y hasta de una parte de su sueldo. En un pais donde se pagan impuestos yo quiero estar cubierto si un día soy dependiente, como pasa en otros paises, y no tener que depender de mi economía para ello.
#1 #4 Todo eso que decís lo dije yo cuando sucedió lo de Echenique. Es de sentido común, pero la gente prefirió omitirlo y sacar las antorchas, obviamente por ser quién era. De toda la vida cuando una persona trabaja por cuenta propia es responsabilidad suya darse de alta en la seguridad y en el IAE y pagar tanto el IVA como la seguridad social emitiendo tu factura.
A tomar por culo la sentencia contra Echenique. Acaba de joder los comentarios a los meneaantes antiEchenique, que opinaban como si subieran leído el Decretoley.
#5 Pablo Echenique tuvo a un asistente personal sin contrato durante años y sin dar de alta en la Seguridad Social pagando "en negro".
#5 Si antes lo dices:
Ratificada la sanción a Echenique por la contratación irregular de su asistente
https://www.elconfidencial.com/espana/2019-10-01/sancion-echenique-contratacion-irregular-asistente_2263176/
😂 😂 😂 😂 😂 😂
Relacionada: El Tribunal Superior de Aragón ratifica la multa de la Seguridad Social a Echenique
El Tribunal Superior de Aragón ratifica la multa d...
lavanguardia.comY ENTONCES ¿ES OBLIGATORIO QUE LOS CUIDADORES DE PERSONAS DEPENDIENTES COTICEN EN LA SEGURIDAD SOCIAL?
Tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/2012, la suscripción a este convenio especial para los cuidadores no profesionales es totalmente de carácter voluntario. Por lo que, si los cuidadores de personas mayores en situación de dependencia desean cotizar y optar a una prestación por jubilación o incapacidad permanente, deberán asumir la cuota ellos mismos.
ASÍ PUES, AL CONTRATAR LOS SERVICIOS DE UN CUIDADOR NO PROFESIONAL ¿NO DEBO PAGAR SU CUOTA DE SEGURIDAD SOCIAL?
A efectos legales no. El cuidador de personas dependientes deberá asumir todo el gasto él mismo si lo desea.
Sin embargo, no está prohibido realizar un acuerdo entre “contratador” y cuidador para así pagar una parte de la cuota de la SS. Ya que, en muchos casos, los cuidadores no disponen de la cuantía necesaria para hacer frente a tal gasto.
Espero que tras tal despotrique, algunos tengan la dignidad de recoger cable debidamente...
#1 Ojo...del relacionado c&p " se apoya en que el artículo 2 de la Ley de Dependencia “señala claramente que un cuidador profesional de una persona dependiente puede funcionar como autónomo” y de ahí que “toda la obligación de tributar y de cotizar es del cuidador profesional"
Que la propia defensa de Echenique no está tirando por ese lado y en este meneo explican que todo el artículo va dirigido al cuidador no profesional que se hace cargo de la persona dependiente. Y no parece que ese sea el caso de Echenique
Saludos
#6 Esta figura de atención sociosanitaria en el hogar –legalmente conocida como cuidadores no profesionales– puede ser adoptada o bien por un familiar o bien, por una persona externa sin relación de parentesco con el enfermo. Sin embargo, esta última opción acostumbra a ser la más habitual.
Echenique habla de cuidadores "profesionales" desde el desconocimiento, el oficio de asistir en las labores diarias a una persona dependiente, por definición, se conoce como cuidadores no profesionales
#8 Si y no. En la propia ley vienen diferenciados
https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-21990
5. . Cuidados no profesionales: la atención prestada a personas en situación de dependencia en su domicilio, por personas de la familia o de su entorno, no vinculadas a un servicio de atención profesionalizada
6. Cuidados profesionales: los prestados por una institución pública o entidad, con y sin ánimo de lucro, o profesional autónomo entre cuyas finalidades se encuentre la prestación de servicios a personas en situación de dependencia, ya sean en su hogar o en un centro.
Al igual que se reconoce la figura NO profesional, tenemos la del profesional a secas.
Saludos
#9 Pues pensaba que no pero parece que en este caso se trata de no profesional no?
#10 Mmmm...npi. Si los abogados de Echenique han tirado por el lado profesional, yo no voy a recriminarselo.
Saludos
#11 La información que tú mismo has citado:
6. Cuidados profesionales: los prestados por una institución pública o entidad, con y sin ánimo de lucro, o profesional autónomo entre cuyas finalidades se encuentre la prestación de servicios a personas en situación de dependencia, ya sean en su hogar o en un centro.
Igualmente, si se tratase de unos cuidados profesionales, que desconocemos si el cuidador tenía estudios o nó, el mismo boe habla de profesional autónomo...
#1 Lee todo tu enlace. La prestación a la SS es voluntaria, debe constar en los acuerdos del contrato. que sí es obligatorio salvo que el cuidador sea autónomo -que no era el caso-. Contrato que no existió en el caso de Echenique.
#16 Era autónomo, lo han dicho desde el primer momento
Pues decenas de miles de personas, mujeres especialmente, están siendo discriminadas y/o no se obliga a que coticen. Sólo si te pillan, sobre todo si no eres de la cuerda de los tribunales de este país.
Pregúntese a Echenique sobre el fondo y las formas.
Segunda sentencia contra Echenique por fraude laboral, por contratar «en negro»
https://www.abc.es/espana/aragon/abci-segunda-sentencia-contra-echenique-fraude-laboral-contratar-negro-201910011047_noticia.html