Portada
mis comunidades
otras secciones
Muy confusa la noticia. Creo que hay que recordar ciertas cosas:
- Las Comunidades Autónomas ya podían establecer tributos antes de esta reforma (art. 133 de la Constitución). Cuando se aprobó la LOFCA en 1980 se les puso el requisito de sus impuestos propios no gravasen los mismos hechos imponibles que ya estuvieran gravados por el Estado, con la idea de evitar la doble imposición.
Es por esto, por ejemplo, que la ley del impuesto de patrimonio no se ha derogado, sino que se le ha puesto tipo 0. ¿Qué diferencia hay entre una cosa y otra? Pues que estando la ley en vigor las CCAA no pueden aprobar sus impuestos propios sobre el patrimonio, aunque de hecho el gravamen haya desaparecido.
- Lo que cambia es que ahora podrán gravar hechos que lo estén en impuestos municipales. Los impuestos municipales son de regulación ESTATAL, que deja unos márgenes a cada municipio para que decida en algunos casos el tipo dentro de unos límites.
Esto es, la ley pone una excepción a los límites que esa misma ley pone a la facultad de las CCAA para establecer tributos.
- Lo que sí pueden hacer las CCAA en cualquier caso diga lo que diga la ley (lo prevé el art. 133 CE) es establecer recargos sobre impuestos estatales. Hasta ahora no ha habido ninguna que se haya atrevido a decir a su electorado que van a pagar un 5% más de IRPF que sus vecinos. Para atender a sus crecientes necesidades económicas se ha ido aumentando la cuota en la que participan de los tributos de titularidad estatal (las famosas reformas periódicas de la financiación autonómica).
Ha habido que esperar al comentario #107 para que alguien lo dijera. Más de 1000 meneos y 100 comentarios.
¿Cómo es posible que nadie sepa una cosa tan básica como que el IRPF grava la renta UNIVERSAL de los RESIDENTES en España? Y eso en Menéame, que a pesar de todo es un ámbito de gente de una cultura por encima de la media.
Educación para la Ciudadanía debería dejarse de chorradas y dedicarse a enseñar las cosas que de verdad son necesarias. Se ve que una población que conozca sus derechos no interesa a nadie.
Muy confusa la noticia. Creo que hay que recordar ciertas cosas:
- Las Comunidades Autónomas ya podían establecer tributos antes de esta reforma (art. 133 de la Constitución). Cuando se aprobó la LOFCA en 1980 se les puso el requisito de sus impuestos propios no gravasen los mismos hechos imponibles que ya estuvieran gravados por el Estado, con la idea de evitar la doble imposición.
Es por esto, por ejemplo, que la ley del impuesto de patrimonio no se ha derogado, sino que se le ha puesto tipo 0. ¿Qué diferencia hay entre una cosa y otra? Pues que estando la ley en vigor las CCAA no pueden aprobar sus impuestos propios sobre el patrimonio, aunque de hecho el gravamen haya desaparecido.
- Lo que cambia es que ahora podrán gravar hechos que lo estén en impuestos municipales. Los impuestos municipales son de regulación ESTATAL, que deja unos márgenes a cada municipio para que decida en algunos casos el tipo dentro de unos límites.
Esto es, la ley pone una excepción a los límites que esa misma ley pone a la facultad de las CCAA para establecer tributos.
- Lo que sí pueden hacer las CCAA en cualquier caso diga lo que diga la ley (lo prevé el art. 133 CE) es establecer recargos sobre impuestos estatales. Hasta ahora no ha habido ninguna que se haya atrevido a decir a su electorado que van a pagar un 5% más de IRPF que sus vecinos. Para atender a sus crecientes necesidades económicas se ha ido aumentando la cuota en la que participan de los tributos de titularidad estatal (las famosas reformas periódicas de la financiación autonómica).
Ha habido que esperar al comentario #107 para que alguien lo dijera. Más de 1000 meneos y 100 comentarios.
¿Cómo es posible que nadie sepa una cosa tan básica como que el IRPF grava la renta UNIVERSAL de los RESIDENTES en España? Y eso en Menéame, que a pesar de todo es un ámbito de gente de una cultura por encima de la media.
Educación para la Ciudadanía debería dejarse de chorradas y dedicarse a enseñar las cosas que de verdad son necesarias. Se ve que una población que conozca sus derechos no interesa a nadie.