Pero es que no entiendo por que es una puta verguenza o la historia de #_1...
Primero no es solo por su hijo... tenia otro curro. La trabajadora, Maite, llevaba tres años en Burger King y compatibilizaba este empleo con otro trabajo a tiempo parcial. Informó a la empresa de que debía cuidar a su hijo, menor de edad, y que además tenía otro empleo, por lo que pidió reducir su jornada al turno de tarde o, al menos, librar fines de semana y festivos.
Segúndo la empresa, a pesar de no poder oficialmente, le intento asignar lo que ella pidio. Primera mala gestion, ya que no confirmo esto ofialmente y se hizo "por que patata", mal por la empresa. la empresa “intentó asignarle el turno de tarde” siempre que resultó posible, consolidando de facto ese esquema de horarios.
Tercero, unos dias entiendo que festivos navideños (cae de cajon), sus compañeros tambien querian fines y festivos... pero no se podia a todo el mundo, por lo que le toco pringar festivos y algun finde. Todo cambió cuando, en diciembre de 2024 y enero de 2025, Burger King le asignó cinco turnos de mañana en días festivos y fines de semana. Maite no acudió a ninguno de ellos, lo que desencadenó el conflicto.
Cuarto, le piden explicaciones por no acudir a su puesto de trabajo y obviamente al no decir nada, la despiden (OBVIO). Ante estas ausencias, la empresa le pidió explicaciones. Al no recibir respuesta, el 14 de enero de 2025 le notificó el despido disciplinario, alegando “ausencia no justificada” al trabajo
Ahora, la gestion del despido fue un puto desastre y por eso les toca pagar, por inutiles.
Recordemos que : Sí, una empresa puede despedirte por no acudir al trabajo si las faltas son repetidas e injustificadas, lo que se considera un despido disciplinario según el Estatuto de los Trabajadores (Art. 54.2.a), sin derecho a indemnización, pero sí a finiquito y paro si cumples requisitos. Generalmente se considera que tres faltas injustificadas (o menos si causan grave perjuicio) son suficientes, aunque lo clave es la reiteración y la falta de justificación o comunicación. Las faltas justificadas (con baja médica, etc.) ya no son causa de despido.
Si es por el hijo o por el otro curro, ambas partes lo hicieron mal y a pagar, ella sin curro y la empresa a indemnizar, poner que es por cuidar de su hijo... es sensacionalista, ya que no sabemos si los findes curra en otro sitio.
Pero soltar un "Abalos" en una noticia sobre Ayuso... jugais a lo mismo que ellos.
PP : Esque el PSOE tiene bla bla bla
PSOE : Es que el PP tiene bla bla bla
PP : Ya, pero es que el PSOE ha robado bla bla bla
PSOE : Pues mira lo que robo el PP en el bla bla bla
Siempre la misma mierda (en general), si dejamos de tirar mierda de unos a otros y nos dedicaramos a organizarla y juzgarla... pues irian las cosas mejor, eso pienso yo.
#28Al final debemos votar al menos malo.
Este es el fallo del sistema... que no estas votando al menos malo, estas votando al que se pone como el menos malo. Para mi Podemos aun que no tenga corrupción me parecio un partido hipocrita y cinico hasta la medula.
Decir que X partido o rama o lo que sea... es menos peor, me parece una forma de pensar bastante toxica. Ahora mismo es peor por el tema de corrupción PSOE o PP? Por que yo, si se que ambos han robado, los dos deberian de desaparecer y dejarse de mierdas... ilegalizas ambos, tal cual y a tomar por culo, ya saldran otros nuevos, que serán los mismos? Yeah, pero han perdido las elecciones y han perdido el poder, ale que gobiernen otros mientras tanto.
#18 Te doy la razón en parte... el resto de la UE me la pela, el tema es que se de solucion en España y no se hace nada... y en eso si tiene que ver Pedro.
#49 En ningun punto de la noticia dice lo que estas diciendo... ni diferencia ni nada.
El tribunal estima adecuado el cálculo propuesto por la trabajadora y fija la indemnización en 11.876,64 euros, cantidad correspondiente a las retribuciones dejadas de percibir durante un periodo de dos años.
En otro sitio teniendo derecho a “ser resarcida por dicho lucro cesante en el importe de las retribuciones que hubiera debido percibir de no haberse incumplido el precontrato en la cantidad de 11.876,64 euros
En ningun sitio consta que ese importe sea la diferencia, eso es de la primera sentencia la cual ambas partes recurrieron.
No veo por ningun lado la historia que te has montado... finalmente le han pagado una indeminización de un importe de 2 años de salarios si se hubiera cumplido el contrato, nada de diferenciales.
1º Sentencia (lo que dices) Ante la situación de indefensión generada, la trabajadora decidió acudir a los tribunales y reclamar una indemnización por daños y perjuicios derivados del incumplimiento del precontrato. En primera instancia, el Juzgado de lo Social estimó parcialmente la demanda y fijó una indemnización inferior, calculada sobre la diferencia salarial entre el empleo perdido y el ofrecido.
No obstante, tanto la empresa como la trabajadora recurrieron la sentencia. El asunto llegó al Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que realizó un análisis más profundo del caso y de la naturaleza jurídica de la oferta de empleo realizada.
2º Sentencia (los 12K) El tribunal estima adecuado el cálculo propuesto por la trabajadora y fija la indemnización en 11.876,64 euros, cantidad correspondiente a las retribuciones dejadas de percibir durante un periodo de dos años.
Que lo que cite antes va en la noticia... y no es que ha estado 2 años sin trabajo, le estan indemnizando con 11876€ correspondiente a 2 años... lo cual no cuadra con una jornada completa y etc etc...
#31 Uno que no cuadra nada. la trabajadora afectada contaba con un empleo indefinido a tiempo completo El tribunal estima adecuado el cálculo propuesto por la trabajadora y fija la indemnización en 11.876,64 euros, cantidad correspondiente a las retribuciones dejadas de percibir durante un periodo de dos años.
12K por 2 Años de salario a empleo completo he indefnido? Enserio?
El tribunal considera que SÍ que la denunciante salió perdiendo,y sentencia acorde a ello.
Discrepo, el tribunal considera que si se le ofrecio dicho empleo y aun que luego dijeran que no, sienta una base juridica de "contratacion inicial" aun que no existiera dicho contrato firmado, lo que lleva a indemnizar a dicho "no-empleado" por daños.
Repito, que la noticia, esta escrita como una mierda, falta informacion, no esta clara ni ostias...
#18 Ese es el problema... que la informacion que se da es una mierda.
Al igual que comenta #6 (que sin faltar), se ha montado una historia diciendo que ha salido perdiendo... y puede ser que no, no se dice si era un empleo estable, no se dice nada...
Esta bien saber que puedes denunciar, pero la informacion de la "noticia" es de coña
Additional Information Regarding the Company's 10-K Disclosure
As will be noted in iRobot's Annual Report on Form 10-K for the year ended December 28, 2024 (10-K), there can be no assurance that the new product launches will be successful due to potential factors, including, but not limited to consumer demand, competition, macroeconomic conditions, and tariff policies. Given these uncertainties and the implication they may have on the Company's financials, there is substantial doubt about the Company's ability to continue as a going concern for a period of at least 12 months from the date of the issuance of its consolidated 2024 financial statements. Additional information will be included in the 10-K that is filed with the SEC.
Conferencia telefónica del cuarto trimestre y del año completo de 2024
A la luz de estos acontecimientos, la Compañía ha cancelado su conferencia telefónica y transmisión web sobre los resultados del cuarto trimestre y del año completo de 2024, originalmente programada para hoy, 12 de marzo de 2025 a las 8:30 a. m. , hora del Este de EE. UU. , y no está brindando una perspectiva para 2025 en este momento.
Por eso, hablar de aranceles en este caso... no procede y por eso mi comentario al iluminado de #_24....
#14 Pero que chorradas decis algunos... de verdad.
La guerra arancelaria es una excusa fina que entra con calzador ahora mismo. Pero realmente te piensas que una empreas com iRobot se pone en banca rota de un dia pa otro?
Y lo de "marca de referencia" ya es de coña del todo.
Primero no es solo por su hijo... tenia otro curro.
La trabajadora, Maite, llevaba tres años en Burger King y compatibilizaba este empleo con otro trabajo a tiempo parcial. Informó a la empresa de que debía cuidar a su hijo, menor de edad, y que además tenía otro empleo, por lo que pidió reducir su jornada al turno de tarde o, al menos, librar fines de semana y festivos.
Segúndo la empresa, a pesar de no poder oficialmente, le intento asignar lo que ella pidio. Primera mala gestion, ya que no confirmo esto ofialmente y se hizo "por que patata", mal por la empresa.
la empresa “intentó asignarle el turno de tarde” siempre que resultó posible, consolidando de facto ese esquema de horarios.
Tercero, unos dias entiendo que festivos navideños (cae de cajon), sus compañeros tambien querian fines y festivos... pero no se podia a todo el mundo, por lo que le toco pringar festivos y algun finde.
Todo cambió cuando, en diciembre de 2024 y enero de 2025, Burger King le asignó cinco turnos de mañana en días festivos y fines de semana. Maite no acudió a ninguno de ellos, lo que desencadenó el conflicto.
Cuarto, le piden explicaciones por no acudir a su puesto de trabajo y obviamente al no decir nada, la despiden (OBVIO).
Ante estas ausencias, la empresa le pidió explicaciones. Al no recibir respuesta, el 14 de enero de 2025 le notificó el despido disciplinario, alegando “ausencia no justificada” al trabajo
Ahora, la gestion del despido fue un puto desastre y por eso les toca pagar, por inutiles.
Recordemos que :
Sí, una empresa puede despedirte por no acudir al trabajo si las faltas son repetidas e injustificadas, lo que se considera un despido disciplinario según el Estatuto de los Trabajadores (Art. 54.2.a), sin derecho a indemnización, pero sí a finiquito y paro si cumples requisitos. Generalmente se considera que tres faltas injustificadas (o menos si causan grave perjuicio) son suficientes, aunque lo clave es la reiteración y la falta de justificación o comunicación. Las faltas justificadas (con baja médica, etc.) ya no son causa de despido.
Si es por el hijo o por el otro curro, ambas partes lo hicieron mal y a pagar, ella sin curro y la empresa a indemnizar, poner que es por cuidar de su hijo... es sensacionalista, ya que no sabemos si los findes curra en otro sitio.