Yo soy de la misma opinión que Francisco González de Audicana, quien elevó al TJUE la cuestión perjudicial sobre el IRPH, en el que dice que todos los IRPH son nulos. Es una vergüenza y un despropósito lo que está pasando con este asunto.
Portada
mis comunidades
otras secciones
#30 El banco no sabía que el IRPH siempre iba a estar por encima del Euribor, con la duplicidad de comisiones, gastos y diferenciales ? Pues claro que lo sabía. Alguna persona en su sano juicio hubiese firmado tal aberración ? El banco de España dijo que había de aplicar un diferencial negativo para compensar esas duplicidades. Alguno tiene diferencial negativo ? Yo no. Yo firmé una hipoteca en el año 99, cómo tenía acceso a esa información en el BOE si apenas casi nadie, incluido yo, no teníamos acceso a internet ? Creéis que es suficiente con decirle al consumidor: “vaya vd al BOE e infórmese de cómo están los índices”. Les costaba tanto dar esa información y explicarles de primera mano de qué elementos estaba compuesto el IRPH y las consecuencias económicas de ese producto tóxico ? Yo creo que si te vas a embarcar de por vida a la adquisición de una vivienda que menos que te expliquen algo más no ? Es como si yo voy a comprarme un coche y llego al concesionario para verlo y me dice el comercial que no me lo enseña, que para eso está la página web de la marca y ahí puede ver las fotos del coche. Ya hemos visto cómo ha ido evolucionando este desdichado índice y que ha sido perjudicial para todo aquel que lo tiene, y ya no es cuestión de ver lo perjudicial, que también, ha sido a lo largo del tiempo, sino la falta de transparencia desde el mismo momento que contratas el préstamo. Y la falta de transparencia como dice el artículo 83 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre; hay un párrafo que es demoledor, y cito textualmente: “Las condiciones incorporadas de modo no transparente en los contratos en perjuicio de los consumidores serán nulas de pleno derecho.” De ahí que las sentencias en caso de declararse nulas por falta de transparencia o abusividad deberían de dictarse en el mismo sentido que la de la Audiencia de Toledo, siempre y cuando no le sea perjudicial para el consumidor . Para el banco cero patatero y que tenga realmente un efecto disuasorio.