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Se trata de un asunto laboral con trasfondo laboral, por lo que deberían haber acudido a la Jurisdicción social y no a la Penal o Civil, que no se especifica en el artículo, pues en la social el acoso sexual si está expresamente tipificado, pues así aparece en los art. 4.2.e y 54.2.g del Estatuto de los Trabajadores, como derecho del trabajador a su dignidad e intimidad y como conducta sobre la que actuar de forma disciplinaria.
Además, siguiendo en la Jurisdicción Social, se pueden ver las conductas con consideración de acoso sexual laboral aquí http://www.ayudalaboral.net/casos-practicos-trabajo/2381-conductas-con-consideracie-acoso-sexual-laboral
Un trabajador puede verse en la obligación, excepcional, de tener que ingresar en prisión por diversas circunstancias, y esto, como no podría ser menos, conlleva una serie de implicaciones con su puesto de trabajo, pues tiene la obligación de cumplir con la prestación de su actividad laboral, que se va a ver irremediablemente interrumpida con la privación de libertad, lo que obliga a la empresa a tener que tomar medidas al respecto.
Pues no se ha notado ni en el bolsillo ni en el deposito
El atracado pagará el abogado a sus atracadores. Patético
#44 El atracado era un "banco". Los bancos tienen seguros contratados para cubrir los atracos. Por lo que se ve, todos los atracos.
Lo que me extraña es que no tuvieran contratado un seguro para cubrir la quiebra. Que, bien mirado, también fue un atraco.
Interesante, una conjunción poco habitual pero muy útil
Jajajaja!!! Que divertido...
Hasta ahora la ceguera venía siendo considera como causa de incapacidad permanente total para la profesión habitual y también de incapacidad permanente absoluta, en función de las circunstancias particulares de cada supuesto, aunque existía controversia sobre cuando correspondía que la pérdida de la visión pudiera llevar a una declaración de gran invalidez.
La problemática laboral planteada por cuestiones como tipos de contratos, modalidades de despido, salarios, vacaciones, etc. De forma que se puedan resolver de un modo rápido y sencillo, las dudas sobre estas cuestiones.
Pues no me parece bien que el FBI ni ninguna otra policía, quieran espiar mis datos por estar en internet y tener una cuenta de usuario en algún sitio. Eso te convierte en un presunto delincuente solo por tener una conexión.
Es más ¿que pasa entonces con Windows 8 que para funcionar requiere cuenta de usuario con Microsoft? ¿Qué entonces van a espiar que teclas se pulsan, que web se ven, que programas se ejecutan y que se hace con ellos?
El mejor ordenador va a terminar siendo una libreta, un lápiz y hasta donde de la cabeza ¿o también pedirá acceso el FBI?
...y el chorreo de los ERE's sigue, cuando posiblemente en muchos casos la reestructuración de la plantilla se podría hacer sin recurrir al despido, utilizando las distintas herramientas que ofrece la normativa actual para flexibilizar el desempeño de las relaciones laborales, al tiempo que se mejora la competitividad de la empresa y se le da un nuevo enfoque, menos enrarecido, al clima laboral. http://www.ayudalaboral.net
Pues no esta mal, eso es como el dicho "éramos pocos y parió la abuela". Ya hay suficientes funcionarios como para sumar ahora el personal de las empresas públicas, hay que buscar la competitividad y la defensa del puesto de trabajo y no el enchufaras a la teta del Estado.
Un trabajador puede verse en la obligación, excepcional, de tener que ingresar en prisión por diversas circunstancias, y esto, como no podría ser menos, conlleva una serie de implicaciones con su puesto de trabajo, pues tiene la obligación de cumplir con la prestación de su actividad laboral, que se va a ver irremediablemente interrumpida con la privación de libertad, lo que obliga a la empresa a tener que tomar medidas al respecto.
Hasta ahora la ceguera venía siendo considera como causa de incapacidad permanente total para la profesión habitual y también de incapacidad permanente absoluta, en función de las circunstancias particulares de cada supuesto, aunque existía controversia sobre cuando correspondía que la pérdida de la visión pudiera llevar a una declaración de gran invalidez.
La problemática laboral planteada por cuestiones como tipos de contratos, modalidades de despido, salarios, vacaciones, etc. De forma que se puedan resolver de un modo rápido y sencillo, las dudas sobre estas cuestiones.
Se trata de un asunto laboral con trasfondo laboral, por lo que deberían haber acudido a la Jurisdicción social y no a la Penal o Civil, que no se especifica en el artículo, pues en la social el acoso sexual si está expresamente tipificado, pues así aparece en los art. 4.2.e y 54.2.g del Estatuto de los Trabajadores, como derecho del trabajador a su dignidad e intimidad y como conducta sobre la que actuar de forma disciplinaria.
Además, siguiendo en la Jurisdicción Social, se pueden ver las conductas con consideración de acoso sexual laboral aquí http://www.ayudalaboral.net/casos-practicos-trabajo/2381-conductas-con-consideracie-acoso-sexual-laboral
Pues no se ha notado ni en el bolsillo ni en el deposito
El atracado pagará el abogado a sus atracadores. Patético
#44 El atracado era un "banco". Los bancos tienen seguros contratados para cubrir los atracos. Por lo que se ve, todos los atracos.
Lo que me extraña es que no tuvieran contratado un seguro para cubrir la quiebra. Que, bien mirado, también fue un atraco.
Interesante, una conjunción poco habitual pero muy útil
Jajajaja!!! Que divertido...
Pues no me parece bien que el FBI ni ninguna otra policía, quieran espiar mis datos por estar en internet y tener una cuenta de usuario en algún sitio. Eso te convierte en un presunto delincuente solo por tener una conexión.
Es más ¿que pasa entonces con Windows 8 que para funcionar requiere cuenta de usuario con Microsoft? ¿Qué entonces van a espiar que teclas se pulsan, que web se ven, que programas se ejecutan y que se hace con ellos?
El mejor ordenador va a terminar siendo una libreta, un lápiz y hasta donde de la cabeza ¿o también pedirá acceso el FBI?
...y el chorreo de los ERE's sigue, cuando posiblemente en muchos casos la reestructuración de la plantilla se podría hacer sin recurrir al despido, utilizando las distintas herramientas que ofrece la normativa actual para flexibilizar el desempeño de las relaciones laborales, al tiempo que se mejora la competitividad de la empresa y se le da un nuevo enfoque, menos enrarecido, al clima laboral. http://www.ayudalaboral.net
Pues no esta mal, eso es como el dicho "éramos pocos y parió la abuela". Ya hay suficientes funcionarios como para sumar ahora el personal de las empresas públicas, hay que buscar la competitividad y la defensa del puesto de trabajo y no el enchufaras a la teta del Estado.
...pero estamos tontos?