#11 Es que los del linchamiento no eran los padres de la niña, sino al parecer "unos amigos de la madre". Supongo que también defenderías que te intentaran linchar si hubieses sido tú y fuese un malentendido
#5 Joder, tengo un conocido que es un jefe nivel medio en una de las contratas de jardinería de Madrid. Me contó que, cuando fue el aniversario de nuestro actual monarca preparao, a Carapolla se le puso en los huevos que su contrata (que tiene asignada la zona centro) arrancara todas las plantas ya florecidas en las medianas de la calle Alcalá (creo que me dijo que eran gardenias, pero seguro que eran blancas) y plantase flores rojas y amarillas por la puta cara. Le contestaron de la contrata que eso había que pagarlo, que ya se habían gastado una pasta regalandole la decoración floral de su boda. Si es que hay que quererlos por su patriotismo y su gran gestión
#4 Correcto, porque se trata de investigar homicidios imprudentes, cuyo ámbito es penal. Los daños materiales, al no entrar en la consideración de daños intencionados, se tienen que ver en un procedimiento civil
#11 El metal mejora todo. Justo ahora acababa de oir la versión de Seether del Careless Whispers de Wham y no veas qué mejora: www.youtube.com/watch?v=g0_dyc4IrLg
#91 Lo de malvivir lo has dicho tú, yo no me quejo de lo que gano, aunque es cierto que he tenido épocas extraordinarias de ingresos que mejoraban porque me pilló en mi época de soltero. La Sentencia de lo Social no es un salvaconducto, obviamente, pero será difícil, aunque no imposible, que un Juez de Instrucción (en este caso concreto es el que ha visto el asunto, por la pena correspondiente al delito) no valore en cuanto a los hechos probados los declarados probados por otro Juez; no sé, quizás otro abogado que merodee por aquí puede decir algo al respecto que te valga mejor que mi opinión y experiencia. No sé a qué te dedicas, ni me importa básicamente (y no te lo digo como falta de respeto) pero si tú te dedicas a algo profesionalmente (yo que sé, eres matemático por ejemplo) yo respetaría tu opinión sobre ello y no me vendría tan arriba, pero bueno, es lo que tiene el tertulianismo que practicamos por aquí. Saludos, máquina
#64 Lo que indica, además, el nivel de inteligencia del pobrecito empresario. Igual tenía que haber alegado su letrado la estupidez manifiesta como atenuante
#65 Bueno, desde el punto de vista profesional, creo que un abogado normalillo, no hace falta que sea de Abogados Cristianos, con la Sentencia de lo Social gana el tema penal con la punta de la polla y sin despeinarse. Por lo que respecta al dolo, en la Sentencia de lo Social, basada en la prueba practicada en el procedimiento, consta acreditado que el amo dio la orden a la gestoría o a quien llevase el tema de nóminas en su empresa, de poner el concepto "nómina maricón" que entiendo que es muy complicado ponerlo con imprudencia, tipicidad: artículo 173.1 del Código Penal, en relación con el artículo 10 del mismo texto legal; reiteración: en este caso sería una agravante. Pero qué sabré yo, que malvivo de esto
#55 Bueno, pues le han pegado una buena follada por el culo, digna de la antigua Grecia, que 14.000 pavitos, barra de pan a barra de pan, son bastante pasta. Lo intentará llevar bien a base de solysombras de Varon Dandy y Brummel