Hola, mgrx. Lo primero, gracias por leer y comentar el artículo. Gracias también por la crítica constructiva. Para tener poca experiencia estás muy bien informado, y siempre agradezco que alguien rebata o corrija lo que he escrito con argumentos sólidos. Ahora bien, querría comentarte algunas cosas:
- En el artículo no habrás visto la palabra ''amaño'' por ningún lado.
- Si no se aportan pruebas es porque estas incluyen nombres y apellidos, cuando no fotografías de las personas implicadas, por lo que se omiten por un mera cuestión de respeto y de seguridad ante una posible vulneración de los derechos fundamentales de estas personas-. Si quieres pruebas estaré encantada de hacértelas llegar por vía privada. De todos modos, y para que te hagas una idea de cómo son las cosas, en la empresa para la que trabajo en UK está terminantemente prohibido que jefes y empleados se agreguen a redes sociales o se vean fuera del lugar de trabajo. Quizás sea una medida algo radical, y no digo que haya de exportarse a los organismos públicos españoles, pero quizás sí se podría extrapolar a los miembros de un tribunal que deberían velar por la igualdad de oportunidades entre candidatos a la hora de otorgar una plaza pública.
- El uso de una fuente en negrita es un modo de destacar lo principal y de posicionar el artículo en internet de acuerdo al algoritmo por el que se rige Google para los temas de SEO. Si hubiera querido orientar el artículo simplemente habría omitido esa información, cosa con la que, a decir verdad, no comulgo mucho.
- Me halaga demostrar ''cierta ignorancia'', y soy la primera que parafraseo a Sócrates cuando no estoy muy segura de algo. Puede que no haya usado los términos más propicios para describir alguno de los puntos, pero esa frase de las matemáticas estaba escrita con ironía. En todo caso, me alegra saber que soy menos ignorante que las personas que han preparado esta oposición, ya que son ellas las que deberían saber que hay que especificar este tipo de cosas en las bases.
Viva nuestra ignorancia y la ignorancia del tribunal, porque gracias a ambas ignorancias -y a la sabiduría del que rectifica- hemos conseguido, al menos, que esta prueba se repita. http://www.exteriores.gob.es/Consulados/EDIMBURGO/es/Consulado/Documents/Resoluci%C3%B3n%20de%20la%20impugnaci%C3%B3n.jpg
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Hola, mgrx. Lo primero, gracias por leer y comentar el artículo. Gracias también por la crítica constructiva. Para tener poca experiencia estás muy bien informado, y siempre agradezco que alguien rebata o corrija lo que he escrito con argumentos sólidos. Ahora bien, querría comentarte algunas cosas:
- En el artículo no habrás visto la palabra ''amaño'' por ningún lado.
- Si no se aportan pruebas es porque estas incluyen nombres y apellidos, cuando no fotografías de las personas implicadas, por lo que se omiten por un mera cuestión de respeto y de seguridad ante una posible vulneración de los derechos fundamentales de estas personas-. Si quieres pruebas estaré encantada de hacértelas llegar por vía privada. De todos modos, y para que te hagas una idea de cómo son las cosas, en la empresa para la que trabajo en UK está terminantemente prohibido que jefes y empleados se agreguen a redes sociales o se vean fuera del lugar de trabajo. Quizás sea una medida algo radical, y no digo que haya de exportarse a los organismos públicos españoles, pero quizás sí se podría extrapolar a los miembros de un tribunal que deberían velar por la igualdad de oportunidades entre candidatos a la hora de otorgar una plaza pública.
- El uso de una fuente en negrita es un modo de destacar lo principal y de posicionar el artículo en internet de acuerdo al algoritmo por el que se rige Google para los temas de SEO. Si hubiera querido orientar el artículo simplemente habría omitido esa información, cosa con la que, a decir verdad, no comulgo mucho.
- Me halaga demostrar ''cierta ignorancia'', y soy la primera que parafraseo a Sócrates cuando no estoy muy segura de algo. Puede que no haya usado los términos más propicios para describir alguno de los puntos, pero esa frase de las matemáticas estaba escrita con ironía. En todo caso, me alegra saber que soy menos ignorante que las personas que han preparado esta oposición, ya que son ellas las que deberían saber que hay que especificar este tipo de cosas en las bases.
Viva nuestra ignorancia y la ignorancia del tribunal, porque gracias a ambas ignorancias -y a la sabiduría del que rectifica- hemos conseguido, al menos, que esta prueba se repita. http://www.exteriores.gob.es/Consulados/EDIMBURGO/es/Consulado/Documents/Resoluci%C3%B3n%20de%20la%20impugnaci%C3%B3n.jpg