#8 Pues parece que no peleó con uñas y dientes para construir una relación saludable y positiva con su hija.
"Si bien diversos testigos han declarado que el padre visita frecuentemente a su hija» [la llevó a la mencionada vista del 4 de marzo] y ella ha manifestado «tener una relación fluida» con él, también ha reconocido que «no es muy buena». De la prueba practicada no se desprende por tanto la existencia de una relación familiar suficientemente estrecha que permitiera fundamentar la legitimación en el derecho a la vida familiar», recoge el fallo sobre su relación."
Omites que la Fiscalía ya ha afirmado que existen indicios (pruebas indiciarias) al admitir la querella.
El proceso no ha "desaparecido". Ha topado con una regla de competencia. Las pruebas y la denuncia existen. El siguiente paso lógico es que la acción judicial continúe en el foro competente (República Dominicana), no que se esfume mágicamente.
#34 Tu estrategia es transparente: no puedes refutar los hechos procesales (la denuncia admitida a trámite, la valoración de la Fiscalía), así que intentas desviar el debate a un comentario irónico mío. Y lo haces después de haber soltado la afirmación más grave, falsa y no basada en ningún hecho de todo el hilo: que los tribunales condenan "sin pruebas por miles".
#33 Quien inventa una realidad paralela eres tú. Los procedimientos procesales son como son, no como tú quieres que sean. Las pruebas las ve el juez, no tú.
#30 Los hechos en toda su amplitud son los que están en la denuncia, no los que conocemos. Tú haces la suposición de que no hay pruebas, pese a que la fiscalía y los abogados que trabajan en el tema aseguran que sí (me remito a mis enlaces). ¿Crees que la Audiencia Nacional admitiría a trámite una denuncia sin pruebas? ¿O que la fiscalía la calificaría de "sólida" sin pruebas?
Y editas para añadir más suposiciones.
#25 Voy a intentarlo una vez más.
Confundes conceptos básicos y exiges imposibles:
"Indicio" vs "Prueba": En Derecho Penal, un indicio ES un tipo de prueba (prueba indiciaria). Un conjunto sólido de ellos (como el descrito: documentos, grabaciones, testimonios) es la base probatoria de la mayoría de casos. La abogada usó el término técnico correcto.
secreto del sumario: Exigir que se publiquen los detalles de una grabación, fotografías o un whatsapp en prensa es pedir que se vulnere la investigación judicial. Su contenido se analizará en el foro competente. Si necesitas verlo con tus propios ojos para creerlo, entonces tendrás que quedarte sin creerlo, pero lo que tú creas o no, no afectará a la realidad del proceso. Serán los jueces los que decidan.
El valor de "nada": Que la Fiscalía de la Audiencia Nacional admitiera a trámite la querella significa, por definición legal, que examinó ese material y consideró que existían indicios racionales de criminalidad. Ese es el único dato objetivo aquí.
Tu postura ya no es escepticismo, sino negacionismo procesal. Niegas la validez de los actos de la Fiscalía, del significado legal de las palabras y del procedimiento establecido.
#23 En las noticias mencionan que presentaron pruebas: "Las extrabajadoras habrían llevado a la fiscalía toda clase de documentos, como fotografías, grabaciones, mensajes de WhatsApp, registros de llamadas y solicitudes de permisos migratorios de Julio Iglesias al gobierno de España." www.latercera.com/mundo/noticia/la-denuncia-contra-julio-iglesias-por-
"Hemos reunido una serie bastante extensa de indicios de distinta índole", explica la abogada. Testimonios y documentación han sido ya puestos en conocimiento de la Fiscalía, que deberá valorar si ese conjunto probatorio permite avanzar a una fase judicial posterior." www.msn.com/es-mx/noticias/mundo/el-caso-contra-julio-iglesias-podría
La Fiscalía decidió que eran suficientes para admitir la denuncia a trámite, pero la Audiencia Nacional declina su jurisdicción porque los hechos no sucedieron en España.
Que la Audiencia Nacional no sea el tribunal competente no desacredita las pruebas. Simplemente, el caso debe seguir su curso en los tribunales del país donde se cometieron los presuntos delitos (República Dominicana). El archivo en España es una cuestión técnica de competencia, no una valoración sobre los hechos.
Aquí lo explica un medio jurídico: confilegal.com/20260123-la-fiscalia-de-la-audiencia-nacional-archiva-l
#19 "Así lo ha trasladado Carlos Quílez, quien asegura que tanto el relato como las pruebas presentadas contra Julio Iglesias son sólidos: "De lo contrario, no habrían admitido a trámite la denuncia". Fuentes de la Fiscalía aseguran también que la denuncia está muy bien elaborada formalmente (porque ha sido depositada en el órgano competencial, que es la Audiencia Nacional, un delito cometido por un español en el extranjero) y también en el fondo porque está "totalmente detallada, con muchos datos, incluso con datos que hacen referencia al informe médico de las mujeres denunciantes" www.eleconomista.es/informalia/famosos/noticias/13725872/01/26/la-fisc
#14 Las mujeres que le acusan aportaron pruebas, incluidas pruebas médicas. Aun es pronto para conocer la valoración que de ellas pudiera hacer un juez (y el juez español ya no va valorarlas), pero no es correcto decir que no hay ninguna prueba.
#7 Aun suponiendo que todas las que le tiraban bragas quisieran realmente acostarse con él, ¿qué tiene que ver el sexo consentido con la coerción o el abuso en un entorno laboral? ¿Se acostó con 4000 fans? ¿Las 4000 fueron relaciones consentidas? ¿El hecho de que disfrutara de sexo consentido con fans o modelos le exime de responsabilidad en el caso de menores o personas a su servicio, con la consecuente relación de abuso de poder?
El estereotipo del artista deseado no justifica ninguna de las acusaciones a las que se enfrenta.
#59 En efecto, casi todo el Parlamento, incluida The Left, votó a favor de condenar el régimen iraní. Pero el grupo de The Left no se detiene en la condena (y presenta varias enmiendas), sino que expande su punto de mira a un nivel geopolítico más amplio y denuncia un contexto de intervencionismo en el cual un régimen de sanciones no solo se queda corto, sino que puede ser contraproducente para la población iraní. La coherencia de la mayoría (S&D, PPE, Renew) es otra: priorizan una condena sin abrir otros frentes. Son dos doctrinas políticas distintas y para eso está el Europarlamento: para hacer política a alto nivel.
Puedes leer las enmiendas que presentó el grupo a la resolución, si te interesa ahondar en el tema.
A propósito, los 9 diputados que votaron en contra no son de The Left: ESN: Borvendég, David, Jungbluth, Laykova (disidentes de izquierda/anticapitalistas); NI: Blaha, Firmenich, Geisel, von der Schulenburg (extrema izquierda/anticapitalistas); PfE: Buczek (extrema derecha soberanista).
17 eurodiputados de The Left se abstuvieron, entre ellos Montero e Isa Serra, por los motivos ya indicados.
Aquí puedes ver el desglose de los votos nominales: www.europarl.europa.eu/doceo/document/PV-10-2026-01-22-RCV_ES.html
#28 Hay que contextualizar los porcentajes sobre la tasa de mortalidad, no sobre la población: Un aumento del ~3.8% en el total de muertes anuales implica que, en un país sancionado, de cada 100 personas que mueren, ~3 a 4 lo hacen por causas atribuibles a las sanciones. Desde unpunto de vista ético es inasumible.
#13 La tabla 5 te da la estimación anual. Solo tienes que multiplicar por 50 años.
Para sanciones unilaterales: 564,258 muertes/año (367,838–760,677).
Media: 564,258 → ~28.2 millones en 50 años.
Límite superior: 760,677 → ~38.0 millones en 50 años.
Los 38 millones son el límite superior del intervalo. Está dentro del rango estadísticamente probable, aunque es el escenario de mayor impacto.
#19 Voy a suponer que preguntas de buena fe. La Izquierda (el grupo parlamentario de la UE) ha preferido hacer una crítica al intervencionismo occidental por encima de una condena unilateral al régimen iraní (pese a que en sus intervenciones sí que ha condenado al régimen). Las razones son geopolíticas: consideran que las sanciones, a menudo incluidas en las condenas, castigan al pueblo y fortalecen al régimen, ven este tipo de declaraciones y resoluciones como un primer paso hacia una mayor intervención militar por parte de EEUU o Israel, que causaría más caos y, pese a que rechazan la teocracia actual, temen una intervención imperialista que imponga un orden aún peor, como sucedió en Iraq o en Afganistán.
Si no estás de acuerdo con algo, no hace falta que me lo discutas a mí. Has pedido los argumentos de la izquierda y te los he buscado, nada más. Podrías haberlo hecho tú mismo, como te señaló #23, no era tan difícil.
#57 Repito, el problema no son tus dotes adivinatorias. Es el victimismo, la manipulación, y que, hipócritamente, reproches a la comunidad de menéame porque no llegue a portada tu narrativa.
#55 El problema no está en tus dotes adivinatorias, sino en que te quejes de gatekeeping mientras haces gatekeeping.
¿O eres el portero que decide qué noticias llegan a portada?
#50 En realidad, lo que tienes que aceptar es tu propia hipocresía. Al quejarte de las portadas, seleccionadas por mayoría de votos, intentas imponer la narrativa que te interesa, incluyendo de propina especulaciones y victimismo.
#41 Tiene gracia viniendo de alguien que se queja de qué noticias llegan a portada y qué noticias no y que, en base a ello, se toma la libertad de especular en mayúsculas.
"Si bien diversos testigos han declarado que el padre visita frecuentemente a su hija» [la llevó a la mencionada vista del 4 de marzo] y ella ha manifestado «tener una relación fluida» con él, también ha reconocido que «no es muy buena». De la prueba practicada no se desprende por tanto la existencia de una relación familiar suficientemente estrecha que permitiera fundamentar la legitimación en el derecho a la vida familiar», recoge el fallo sobre su relación."