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Para determinar qué régimen es el correspondiente, tenemos que tener en cuenta si el artista presta el servicio por cuenta ajena o por cuenta propia. Entendemos que un trabajador es por cuenta ajena cuando existe una relación laboral entre el artista y un tercero. Mientras que trabajará por cuenta propia en aquellos casos en los que el artista organiza, de forma autónoma, su trabajo, aportando
Para determinar qué régimen es el correspondiente, tenemos que tener en cuenta si el artista presta el servicio por cuenta ajena o por cuenta propia. Entendemos que un trabajador es por cuenta ajena cuando existe una relación laboral entre el artista y un tercero. Mientras que trabajará por cuenta propia en aquellos casos en los que el artista organiza, de forma autónoma, su trabajo, aportando