Es aplicable al resto de trabajadores y trabajadoras de empresas y de las Administraciones, ya que la Agencia Tributaria considera que estas ayudas solo persiguen la mejora o el restablecimiento de la salud, y no se aprecia afluencia de riqueza.
Así que, además de reclamar a la Agencia Tributaria lo retenido anteriormente, se debe exigir a la empresa que no retenga el IRPF a las cantidades de Ayuda para la Salud que tengamos estipuladas por Convenio en el Fondo Social, de manera que no tengamos que reclamarlo a Hacienda en un futuro.
También es importante que en nuestras nóminas aparezca el importe como "ayuda para la salud", o en concreto la ayuda que es.
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" Una notícia molt interessant per a tots els treballadors i treballadores "
Para los que comprendan la lengua en la que esté escrito quizás.
m4rk, dos comentarios, este articulo tiene información en castellano y el el mismo blog hay enlaces para traduciones de catalan a castellano y otros idiomas, hoy en dia no existen fronteras en la red para poder traducir textos.
Saludos