#5 Así que según tu de una planta de 1,5 m se sacan unos 16 gramos de cogollo seco... tio si eres cultivador dedícate a otra cosa.
#10 (Tú otra vez) el que te tienes que leer el código penal eres tu:
Artículo 368.
Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.
Lo que sucede es que si pillan a un pequeño cultivador con dos o tres plantas en su casa y no hay indicios de tráfico se entiende que es para consumo propio y por lo general se archivan diligencias o se absuelve (pero no siempre es así).
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/madición gitana.