Normalmente, para llegar a un acuerdo se pide un dictamen al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM). Ese informe tiene una tarifa. Y, atención, no es vinculante. Pero he aquí que tenemos un problema. Y es que el ICAM es la entidad que presentó la primera querella contra el fiscal General del Estado en marzo de 2024.
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etiquetas: colegio de abogados , neutralidad , gonzález amador , fiscal general
Pero, además, hay otra circunstancia que vincula al ICAM con la presidencia de la Comunidad de Madrid (CAM). Y es que la CAM la preside Díaz Ayuso, es decir, la pareja de González Amador, y acaba de autorizar oficialmente la creación del ICAM Centro Universitario, un centro docente privado promovido por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y adscrito a la Universidad Complutense (UCM) que impartirá el Grado en Derecho y másteres especializados. La autorización fue publicada en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid en noviembre de 2025.
Todo muy imparcial,si...
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Imagino que si denuncias a una ETT por no pagarte correctamente como ellos saben de temas laborales, la misma ETT te puede dar un informe sobre cuánto te pertenece y además cobrarte por el informe
Yo creo que es un buenazo, ya que otro cliente habría despedido a un abogado que llega a acuerdos sin consultarte. De hecho, Amador debería pedirle una indemnización al abogado por haber causado todo este embrollo. Y otra a MAR por haberlo retweeteado dicha versión errónea. Y otra a los medios que se hicieron eco del tweet sin consultar si mantenía su inocencia. Y otra a Hacienda por presuponer que no iba a pagar sus impuestos. Y otra a su peluquero por ese rapado cutre.
icam, apm.
Igual habría que constituir un colegio de clientes de abogados y que ellos evalúen las minutas.
Otra vez repitiendo lo que no es cierto, una vez más:
No hay condena de prevaricación, es por revelación de secretos. y por cierto, presunto, no hay aun sentencia firme.
Y la corrupción esta asociada a delitos como el cohecho, la malversación o el tráfico de influencias (que haya enriquecimiento personal o de terceros, aqui no lo hay, hay un posible delito).
"El Tribunal Supremo condena a Álvaro García Ortiz por un delito de revelación de secretos"
www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-
+
"El ICAM, en calidad de acusación popular, pidió en el juicio contra García Ortíz cuatro años de cárcel e inhabilitación"
=
Según tu, imparcialidad total del ICAM y de su Decano regados de dinero desde la CAMadrid.
Si piensan que el ICAM se presentó como acusación por motivaciones políticas, que denuncien, pero hasta entonces el ICAM hizo lo que debía hacer: presentarse como acusación en el momento que el fiscal general anti-corrupción prevarica y es corrupto.
Fue por revelación de secretos, prevaricación es otra cosa.
# 14 m
Otra vez repitiendo lo que no es cierto, una vez más:
No hay condena de prevaricación, es por revelación de secretos. y por cierto, presunto, no hay aun sentencia firme.
Y la corrupción esta asociada a delitos como el cohecho, la malversación o el tráfico de influencias (que haya enriquecimiento personal o de terceros, aqui no lo hay, hay un posible delito).
"El Tribunal Supremo condena a Álvaro García Ortiz por un delito de revelación de secretos"
www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-
#18 #20 me cuelgo de vosotros que me tiene ignorado.