Entre las pruebas que sustentan la reapertura del caso se encuentran las propias declaraciones de las presuntas víctimas, apoyadas por partes de asistencia médica y documentación fotográfica que acreditan lesiones “compatibles con el modo de producción por ellos descrito”. A estas evidencias médicas se suman las declaraciones de dos testigos que se encontraban en el lugar de los hechos, así como las conclusiones de un atestado elaborado por la Unidad de Asuntos Internos de la propia Policía Nacional. El tribunal ha reprochado a la jueza de instrucción que basara el archivo de la causa “sustancialmente en sus declaraciones [las de los policías]” y en un boletín de denuncia elaborado por los mismos agentes.
Para qué decir nada.
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