
Sólo una foto que no tiene sentido hacer el proceso, es cuestión de echar cosas en una pota (olla en asturiano)
Cosas importantes a tener en cuenta:
Les fabes se ponen a remojo la noche antes y si o si tienen que ser de la granja. Es la que hace que el pote y la fabada tengan la textura que tienen.
Y las berzas tienen que bacocharse y congelarse mínimo el día anterior. Echarlas a pelo amargan.
Pues a ello vamos:
Infusionamos azafrán.
Y sacamos la berza del congelador.
En una pota, echar un chorrin de aceite y cuando este caliente una cucharada de pimentón dulce. Revolver y cuando esté echar agua y les fabes. Más el compango (la tríada: chorizo, morcilla y llacón)
El agua tiene que cubrir les fabes. Y en este punto poner el azafrán infusionado también. Y sal.
Y lo dejas a fuego bajo más menos una hora. Hasta que estén les fabines mantecoses. (Durante esta hora hay que ir desespumando)
Y ya después, echas les patatines cortadas chiquitinas. Cortas la berza chiquitina también y a la pota.
Pruebas de sal y ahí lo dejas hasta que este todo hecho. Y chim pum.
Yo lo estoy rematando ahora y hasta que se coma lo dejo en la parte que menos calienta de la cocina para que esté calentín luego.

Publica La Voz de Galicia un artículo donde se señala que el tipo máximo del IRPF de España está a 15,5 puntos de a media europea y aportan una tabla donde se muestran los tipos máximos de 35 países europeos. El problema es que han calculado la media aritmética (exactamente sale 38,45%), es decir, han dado el mismo peso al dato de Alemania que al de Malta, cuando Alemania multiplica por 145 la población de Malta y por 180 su PIB. Eso seria como si en una empresa que hay 10 trabajadores que ganan 20.000 € y un jefe que gana 100.000 €, se dijese que el sueldo medio de la empresa es 60.000 €. Cuando se quieren sacar datos medios entre países, lo correcto es realizar una media ponderada, que suele hacerse ponderando por población o por PIB, según el tipo de dato que sea.
Al margen de lo anterior, la comparativa también adolece de otros problemas, como que se considere para toda España un 54% cuando ese tipo máximo sólo se aplica en la Comunidad Valenciana; o que no se tenga en cuenta a partir de que importe se aplica el tipo máximo, que en España es a partir de 300.000 €, pero que, por ejemplo, en Reino Unido es a partir de 144.000 €.
menéame