Publicado hace 1 año por me_joneo_pensando_en_ti a hayderecho.com

Desde el prisma del Derecho internacional privado español, Ana Obregón es la madre de ese menor. No es, en ningún caso, la madre de su nieta.La menor nacida en Miami tiene derecho a que la persona que es legalmente su madre con arreglo al Derecho de Florida (Ana Obregón) sea también su madre con arreglo al Derecho español. La maternidad por encargo, una vulneración de derechos: https://www.ivoox.com/maternidad-encargo-vulneracio-769-n-derechos-audios-mp3_rf_87633808_1.html [AUDIO]

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El derecho no puede vivir de espaldas a la realidad, sobre todo cuando esa realidad va a ocurrir de todas formas y, si no se legisla para que las subrogaciones se realicen bajo unas condiciones aceptables (aunque parezcan mentira hay mujeres que voluntariamente, y no por necesidades económicas acuciantes, quieren ser madres gestantes), en el fondo lo que se está favoreciendo es que los padres comitentes que no tengan suficiente solvencia para acudir a los Estados más garantistas, se dirijan a otros Estados a procurarse hijos, aprovechándose de las necesidades de mujeres pobres a las que la necesidad fuerza a prestarse a ello.

En consecuencia, esta sentencia del Supremo es un nuevo cierre en falso al problema de las maternidades subrogadas realizadas legalmente en el extranjero, y por mucho que nuestro Alto Tribunal entienda que no, constituye una vulneración de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 26 de junio de 2014 (Ass Menneson y Labassé) que, en interés del menor, obligan a Francia a reconocer estas filiaciones.

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