Puig recorrió esta resolución, sin resultado. No se rindió y la llevó a la Audiencia provincial. El recurso tampoco fue aceptado. Finalmente, llevó el caso al Tribunal Constitucional, y ahora se ha sabido la resolución. A parecer del TC, la instructora “anticipa una pena que no ha sido declarada en sentencia y vulnera la presunción de inocencia del recurrente”, restringiendo de forma temporal su capacidad de disponer de sus bienes. El ex conseller alegaba que la fianza era «absolutamente improcedente», y el Constitucional le ha dado la razón.
Comentarios
#0 La he visto hace un rato y la iba a mandar, pero he pensado... "pa qué?"
Les da igual. Está bien pisoteado. Y no por un juzgado, por unos cuantos.
De la noticia: "La fianza fue impuesta al abrir el juicio oral"
Pregunto, ¿las fianzas no se fijan antes del juicio? Lo que se fijan después, en la sentencia, son multas e indemnizaciones.