Hace 3 años | Por --85940-- a infolibre.es
Publicado hace 3 años por --85940-- a infolibre.es

El Tribunal Constitucional (TC) ha dictaminado que los jueces deben hacer una investigación "suficiente y eficaz" de las denuncias por violencia de género antes de acordar su archivo y que no se limiten a un "mero contraste superficial" de los testimonios de ambas partes del conflicto

Comentarios

D

#8 No, al contrario: lo que está diciendo el Supremo es "aunque la declaración parezca absurda y todo puro teatro y motivación espuria e interesada, el juez tiene que creerse lo que le dicen". Mira el extracto que te cita #2

D

El Constitucional exige a jueces de violencia de género que hagan una instrucción "suficiente y eficaz" antes de archivar denuncias


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hasta_los_cojones

Eso eso, que se invesigue bien antes de archivar, que es muy raro que haya tan pocas denuncias falsas y tantas denuncias archivadas

D

#4 Lo que se va a hacer es justo lo contrario: por absurda que sea la denuncia, se va a tirar adelante.

hasta_los_cojones

#7 perfecto, así queda constancia de la absurdidez

Todo queda grabado y taquigrafiado.

a

jueces de violencia de genero, esto es jueces que solo juzgan a hombres y solo condenan a hombres.

yo lo veo muy sexista e injusto estos tribunales

strike5000

"El Constitucional exige a jueces de violencia de género que hagan una instrucción "suficiente y eficaz" antes de archivar denuncias"

¿Pero sólo a los jueces de violencia de género? ¿El resto pueden seguir archivando denuncias cuando lo consideren oportuno?

Y por otra parte, yo pensaba que el odio, el recelo y el resentimiento se consideraban "móviles espurios", es decir, motivos intencionados y con posibilidad de ser falsos:

"Además, advierte que el juez instructor debe también ponderar "el conflicto emocional que, con frecuencia, subyace a este tipo de denuncias". Así, insta a "diferenciar" los supuestos en los que se denoten "posibles móviles espurios" de los sentimientos de "odio, recelo, resentimiento, inseguridad o incluso miedo hacia el presunto agresor" que genera la "propia victimización" y que, por tanto, no puede "empañar la idoneidad del testimonio"."

x

#3 En teoría el testimonio de alguien que demuestra animosidad contra el acusado no puede ser una prueba. En la práctica se razona que si hubo agresión la animosidad está justificada y el testimonio constituye prueba.

Pero la norma no dice eso, no habla de que esté justificado o no. Habla de desechar la prueba si hay animosidad, algo que no se hace.

Este razonamiento parte de la base de que la agresión existió. De esta manera la defensa es imposible. Les encanta condenar a inocentes.

M

¡Si dice eso me imagino que no es por decir algo! .. que sabrán de lo que hablan así que me gustaría saber que coño hacían antes tanto los jueces como los fiscales y el mismo TS además de cobrar a fin de mes por supuesto.

D

Eso, cuando luego el tribunal mal supremo dictaminó que cualquier agresión de un hombre a una mujer que fuera o que hubiera sido su pareja sentimental era violencia de género, independientemente de los motivos e incluso cuando el hombre se estaba defendiendo

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#6 ¿legítima defensa de género?