Hace 2 años | Por Condenación a elpais.com
Publicado hace 2 años por Condenación a elpais.com

El órgano de garantías rechaza por siete votos a cuatro la reforma legal del Gobierno. La sentencia argumenta que la existencia de una autorización judicial previa a las restricciones decididas por los gobiernos provoca “una reprochable confusión entre las funciones propias del poder ejecutivo y las de los tribunales de justicia”. “Menoscaba tanto la potestad reglamentaria como la independencia y reserva de jurisdicción del poder judicial, contradiciendo así el principio constitucional de separación de poderes".

Comentarios

themarquesito

#13 El estado de alarma es el que está pensado para crisis sanitarias, eso no te lo discuto. El problema está en las medidas aplicadas, como la drástica limitación de la libertad de circulación, que no parece casar muy bien con lo que dice la ley que regula los estados de alarma, excepción, y sitio. Esto dice el artículo 11 de esa ley:
Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, el decreto de declaración del estado de alarma, o los sucesivos que durante su vigencia se dicten, podrán acordar las medidas siguientes:
a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.


El decreto de estado de alarma de marzo de 2020, en cambio, hacía general la limitación de la circulación, no la acotaba a horas y lugares determinados. Esto decía el decreto:
Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades [...]

"Las vías de uso público" no es un lugar determinado, sino que abarca la práctica totalidad del territorio por el que pueda circular una persona, con lo que de manera efectiva estás suspendiendo el artículo 19 de la Constitución, más que limitándolo.PasaPolloPasaPollo ¿Cómo lo ves tú?

MiguelDeUnamano

#18 Al principio de la polémica estuve leyendo los artículos y creo recordar que había una mención a "las medidas que las autoridades sanitarias encontrasen necesarias" o algo similar.

Al final lo he buscado:

Artículo doce.

Uno. En los supuestos previstos en los apartados a) y b) del artículo cuarto, la Autoridad competente podrá adoptar por sí, según los casos, además de las medidas previstas en los artículos anteriores, las establecidas en las normas para la lucha contra las enfermedades infecciosas, la protección del medio ambiente, en materia de aguas y sobre incendios forestales.


Entiendo que es interpretable, pero si hay una recomendación sanitaria para la lucha contra las enfermedades infecciosas, pienso que es posible aumentar los límites establecidos por el artículo que mencionas. Y repito que es interpretable, especialmente porque mis conocimientos a este nivel son bastante limitados.

Edito para añadir el enlace por si alguien quiere leerlo: https://www.boe.es/eli/es/lo/1981/06/01/4/con

D

#6 ¿ "vaga teoría de la conspiración" ?
Claro que si guapi.
El tribunal, mantiene caducado desde noviembre de 2019 el mandato de cuatro magistrados.

Condenación

#8 Que sí, que ya sé que de consignas vas bien ¿Lo de argumentar para cuándo lo vas a dejar?

D

#9 Consignas... pedazo de cínico estas tu hecho...

Bruselas reclama a España la renovación urgente del Poder Judicial
https://elpais.com/espana/2020-09-29/bruselas-reclama-a-espana-la-renovacion-urgente-del-poder-judicial.html

La Comisión Europea urge a España a la renovación del Consejo General del Poder Judicial
https://elpais.com/espana/2021-07-20/la-comision-europea-urge-a-espana-a-la-renovacion-del-consejo-general-del-poder-judicial.html

El Consejo de Europa critica a España por la situación del CGPJ
https://www.larazon.es/espana/20210930/zv53fsvos5ceflf2a2ywz5ezae.html

D

#11 Y que opina que el presidente Pedro Sánchez presuma que controla la fiscalía... Es una puta vergüenza.
Es un órgano independiente del gobierno, es autónomo y los políticos no pueden controlarlo.

Condenación

#11 Nada de eso hace las sentencias incorrectas o ilegítimas en ninguno de sus puntos. Además tu acusación no es meramente un tema administrativo, que todos sabemos que la renovación va retrasada, sino deducir de ello un sesgo político consciente en las sentencias. Esa es tu conspiración y tu mentira. Y no estás siendo capaz de sostenerla con nada de sustancia.

Ahora además me vas votando negativo, supongo que por pataleta porque sabes que no tienes madera para más.

D

#15 Como va un tribunal ilegitimo (la ley pedia que se hubiera renovado hace la friolera de 3 años) generar resoluciones ilegitimas ? No hombre noooo....

Y no, la renovacion no v"va retrasada" la renovacion esta siendo bloqueada... justamente para garantizar el control del poder Judicial, y garantizar ese "sesgo político".

No es ninguna conspiracion es un hecho constatado, denunciado, y hasta en Europa se estan empezando a poner nerviosos.
Por mucha retorica y relato casposo que utilices no cambia la realidad.
Es tan descarado que asusta.

Condenación

#16 El tribunal no es ilegítimo, mentiroso. Sus sentencias siguen siendo completamente válidas, los retrasos en la renovación de un órgano no comportan su desaparición funcional. Europa no ha cuestionado eso.
Además estás mezclando, no sé si por simple o por malo, el CGPJ con el TC.

Sigues con la pataleta y el negativo, ¿por qué no te pones de una vez a discutir las sentencias? ¿No puedes? ¿No te da? ¿Sólo venías a esparcir tu fanatismo y no a reflexionar sobre el fondo de la cuestión?

Condenación

Primer confinamiento -> inconstitucional porque tenía que haberse declarado estado de excepción. https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/16477-el-tc-publica-la-sentencia-que-declara-inconstitucionales-varios-preceptos-del-decreto-que-declaro-el-primer-estado-de-alarma-/
Cierre del Congreso -> inconstitucional de nuevo, no se pueden anular las instituciones fundamentales y limita el derecho de participación política.
https://www.rtve.es/noticias/20211005/constitucional-suspension-actividad-parlamentaria-pandemia/2180701.shtml
Segundo estado de alarma y transferencia de competencias del Gobierno a las autonomías durante una alarma nacional -> inconstitucional https://www.dw.com/es/tribunal-constitucional-de-espa%C3%B1a-declara-ilegal-el-segundo-estado-de-alarma-por-covid-19/a-59643159

Y ahora meter a los tribunales en el proceso de aprobación de medidas ejecutivas también es ilegal porque no respeta la separación de poderes.

Vaya racha.

D

#3 ...racha ?
Tribunales controlados y bloqueados por el PP.... que tienen los cojonazos de hablar de la "separación de poderes"

D

#5 Venga va, que no tienes un solo argumento, deja de llorar. Tu partido, ese que dice que respeta la ley y bla bla bla, hace cosa ILEGALES. Una tras otra. Y ni dimisiones ni destituciones, oiga. ¡Viva la nueva política! Casi que me quedo con la vieja.

D

#22 Mi partido ? lol
No he votado al PSOE en mi puta vida
Vaya bocachancla estas tu hecho.

D

#24 Podemos también es parte del Gobierno, guapetón 😘
Vaya chanclaboca estás tú hecho.

D

#26 Vuelves a la carga insinuando que he votado alguna vez a Podemos ?
Esperabas acertar esta vez ? lol lol
Pues lamento decirte que vas de mal en peor... hamijo bocachancloso....

MiguelDeUnamano

#3 Si con el estado de alarma hay quienes estaban gritando "golpe de estado", no quiero ni imaginarme lo que hubiese sucedido de haber aplicado el estado de excepción, además de decir que lo adecuado era el estado de alarma, por supuesto.

Condenación

#7 Pues es verdad. No la había visto. Ahora no se puede cerrar, por desgracia

themarquesito

#10 Pídeselo a un@admin , que siempre están por la labor de ayudar

Condenación

#12 Eso, eso, señor@admin por favor cierre el envío, que es duplicado.
Y el resto, que vaya a votar la otra noticia.

patchgirl

#19 Hecho!

KuroBulled

Cómo van a confinar sin Estado de Alarma, pichones?

Catavenenos

El argumento central es que la propuesta del Gobierno "dificulta la exigencia de responsabilidades políticas y jurídicas al poder ejecutivo en relación con sus disposiciones sanitarias generales para la protección de la salud pública,". Es decir, que ni el Constitucional ni el TS controlados por la derecha van a renunciar a su papel de oposición política al gobierno sosiacomunistas. Luz verde al lawfare.

oceanon3d

Siete votos a cuatro ... lo que quiere decir que todo es una interpretación porque no hay un 2+2 en la ley. Y como siempre los conservadores elegidos por el PP barriendo para casa ... en este caso el mas que reprobable Enrique Arnaldo que directamente debería esta fuera de la judicatura, inhabilitado de por vida, lleva la voz cantante.

Siento55

Es decir, el Estado de Alarma, que existe para supuestos de emergencias sanitarias, como puede ser una pandemia, no sirve, ¿pero ahora las autonomías pueden limitar libertades sin tan siquiera aprobación judicial?

¿No será que la están liando por intentar arreglar el entuerto que supone que el Gobierno no pueda usar el Estado de Alarma por decisión de sus señorías? Porque el lío que dejamos al que le toque gestionar la siguiente pandemia es morrocotudo. Tendrían que conseguir un Estado de Excepción, algo gravísimo.

D

#_20 Es que el titular de El País es directamente mentira.

Lo que dice el TC es que las autonomías pueden decir lo que les salga de los cojones, como siempre, y que los tribunales a posteriori (como toda la vida) tumbarán eso o no. Incluso dictando medidas cautelares y cautelarísimas. Pero que si no se ha dictado una medida, no se pueden pronunciar. A partir de ahí, Lo País se inventa un titular y saca unas conclusiones erróneas (o más bien manipulación, que es su especialidad).