Hace 6 años | Por --537154-- a cadenaser.com
Publicado hace 6 años por --537154-- a cadenaser.com

La Audiencia Provincial ha revocado hasta veinte condenas a gente detenida conduciendo una de estas bicicletas sin haber pagado el servicio: los jueces explican que no puede condenarse si no se demuestra que su intención era quedarse la bicicleta

Comentarios

Unregistered

Las condenas por conducir una de estas bicicletas sin pagar sólo salen adelante si queda demostrado que fue el acusado quien la arrancó de la base o si su objetivo era incorporarla a su patrimonio, como el caso de un joven denunciado por un vecino cuando metía la bicicleta de BiciMad en su casa: es apropiación indebida si

Pues ya hay que ser gentuza y extremadamente idiota

D

Mientras no te pillen.

tiopio

En realidad se trataría de apropiación y uso indebido.

D

#8 entonces si me pillan con una bicicleta, salvo que e Ayuntamiento me acuse directamente, no es robo? El Ayuntamiento no está acusando? Se está haciendo un uso indebido de un bien privado. Porque aunque el bien sea de una empresa pública, el bien es de uso particular.

Algo hay en esa noticia que el periodista no ha sabido explicar bien.

powernergia

#11 La noticia explica perfectamente la sentencia:

"no pueden ser acusados de hurto al no ser un vehículo de motor, y no pueden ser acusados de apropiación indebida si no pretendían quedarse con la bicicleta y sólo se estaban dando una vuelta gratis sin haber sido 'cazados' arrancando la bicicleta del tótem"

D

Existen los tipos penales de robo y hurto de uso de vehículo de motor y ciclomotor, pero no se aplican a la bicicletas (como se indica en el artículo).

http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUMTQwMztbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoAxWyGIjUAAAA=WKE

Rulo2.0

Pensando un poco en esa explicación y sus implicaciones: Yo puedo conducir Una bicicleta de alquiler un coche de alquiler que no he pagado y del que no tengo derecho de uso si no pueden demostrar que tenía intención de quedármelo...

powernergia

#3 Se refiere a gente que se encuentra la bicicleta fuera de la base y se la lleva. No creo que te encuentres muchos coches tirados y no se que excusa pondrías para explicar que tenía el puente hecho

D

#4 Esas bicicletas no tienen el puente hecho, pero la han arrancado de la base de estacionamiento. Y para sacarla se tiene que haber manipuloado el bloqueo de alguna manera.

No se, me parece raro todo esto. Tiene que haber algo más porque se me ocurre un sinfín de cosas que puedo usar con todo el morro . Podría llevarme el carro de la compra de una señora? Si me pillan paseándolo con mercancía dentro, ¿técnicamente lo he robado?

D

#6 Creo que si; seria robo

powernergia

#6 "Y para sacarla se tiene que haber manipuloado el bloqueo de alguna manera."


Es que eso hay que demostrarlo ante el juez, no basta con que el acusado tenga la bicicleta.

Si te pillan con un carro de la compra que no es tuyo es difícil que demuestren que lo has robado, salvo que la señora te acuse directamente. Sin esa prueba el juez no puede acusarte de robo.

tiopio

#6 Si existe fuerza es robo, si no, hurto.

D

#3 No podrías porque el seguro del coche va a nombre del arrendador. Técnicamente irias conduciendo sin seguro obligatorio.