Hace 3 años | Por dmeijide a farodevigo.es
Publicado hace 3 años por dmeijide a farodevigo.es

Un hombre ha sido condenado a dos años de cárcel por violar a su empleada doméstica en Palma. La sentencia rebaja la pena al acusado al aplicarle la atenuante de embriaguez porque estaba ebrio tras haber consumido alcohol con la víctima. El fallo declara probado que el procesado abordó en tres ocasiones diferentes a la mujer en su domicilio, manoseándola, besándola y finalmente llevándola por la fuerza al dormitorio para forzarla a mantener relaciones sexuales. La magistrada declara al acusado autor de un delito de agresión sexual y valora una

Comentarios

Batko

PUTA VERGÜENZA

j

¿Dos años por una violación?

MoneyTalks

#2 La ley es muy complicada, tienen cosas rarisimas que se llaman atenuantes y agravantes.

j

#5 Sí es complicado entender el consumo de alcohol como atenuante

D

#2 Diría que la condena es la que es porque la violación la cometió "el señorito"
Si ,por ejemplo, el jardinero hubiera violado a la mujer del señorito...alguien cree que la condena sería también de dos años?

D

#2 y eso con antecedentes, que sí no igual le dan una palmadita en la espalda
de todas formas no parece claro que que la violación llegara a consumarse leyendo el artículo, quizá por eso

Mltfrtk

Esto es inconcebible. ¿Dos años de cárcel? Seguramente ni pisará la cárcel.
Está claro que no se ha hecho justicia
Menudas leyes machistas de mierda hay en España

Tachy

En resumen. Si cometes cualquier delito, lo primero, bébete media botella de whisky.

D

Lo suyo sería que alguien que se haya metido unos copazos lo tire por la barranquera. Oh, señoría, es que estaba mucho pedo y me pareció graciosisimo verle rodar.

squanchy

#0 Te falta un DO al final del titular

strike5000

Es lo que tiene que el Código Penal contemple como atenuante la embriaguez. Ahora lo que tenemos que decidir es si queremos hacer a alguien totalmente responsable de sus actos, aunque haya consumido alcohol o no. Si los consideramos responsables quitamos la atenuante, si la mantenemos tenemos que aplicarla en todos los casos.

strike5000

#7 El CP contempla como agravante, o al menos no permite usarlo como atenuante, el consumo de alcohol o drogas cuando se consumen con ánimo de cometer un delito.