Hace 1 año | Por VotaAotros a heraldo.es
Publicado hace 1 año por VotaAotros a heraldo.es

Si la Audiencia Provincial no lo impide, un zaragozano ingresará en prisión por utilizar los resultados de una prueba PCR de su exmujer para solicitar la custodia de su hija de 5 años en un caso de divorcio no amistoso. Así lo ha decidido la titular del Juzgado de lo Penal número 8, al condenar a este hombre a dos años, seis meses y un día de cárcel como autor de un delito de revelación de secretos, ya que obtuvo el informe médico sin autorización de la interesada. La magistrada añade al castigo una multa de 4.200 euros, una indemnización de 60

Comentarios

#1 Iba a comentar eso, pero si te lo dan en sobre cerrado, no creo que tengas derecho a abrirlo.

KoLoRo

#2 Correcto, el tema es que no deberían de dárselo sin autorización... y esa autorización no existe. Que hasta para recoger un paquete de correos tienes que llevar el DNI y documento firmado...

Nómada_sedentario

#1 #3 se juzga y condena (bien condenado) a un tipo por un delito de revelación de secretos. El Hospital habrá vulnerado alguna norma o ley, pero no se le puede acusar de ese delito (leed la definición del mismo).
Este tipo por ir de listo (siendo tonto) va a ir al trullo con toda la lógica.

KoLoRo

#8 No he dicho lo contrario, lo que me parece curioso es que es el hospital el que le facilito a una tercera persona esos secretos, sin justificante de ningún tipo y se va de rositas.

A el que le condenen por lo que ha hecho, que bien esta (como bien comentas), pero el hospital que también ha tenido culpa no le dicen ni mu... y el problema no es entregar un sobre cerrado, el problema es entregar ese sobre.

ChukNorris

Se ve que no tenía muchas luces ... y su abogado tampoco parece el más listo del pueblo.

#2 Contra el hospital debería actuar de oficio la AEPD.

VotaAotros

#4 Curiosamente esas denuncias suelen llegar en procesos de divorcio o separación... ¿casualidad?

Nylo

Según ChatGPT:

----
"El delito de revelación de secretos está contemplado en el Código Penal español y se encuentra tipificado en el artículo 197.

En cuanto a las penas, el rango de la pena dependerá de las circunstancias del caso concreto y de la gravedad de la conducta delictiva. Por lo tanto, las penas pueden variar desde la imposición de una pena de multa hasta la pena de prisión.

En concreto, el artículo 197 establece que la pena por revelación de secretos será de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses, si el autor del delito fuera un funcionario público que hubiera aprovechado su cargo para cometer el delito.

En caso contrario, es decir, si la revelación de secretos no fuera cometida por un funcionario público, la pena será de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses.

Es importante destacar que estos son solo los rangos de las penas y que, como mencioné anteriormente, la pena concreta dependerá de las circunstancias específicas del caso. Además, es importante recordar que el Código Penal español también contempla otros delitos que pueden estar relacionados con la revelación de secretos, como la violación del secreto profesional o la revelación de secretos empresariales, entre otros".

----

Es decir que ¿¿¿¿¿le han impuesto una pena superior a la máxima?????

Nylo

Estoy flipando. A la cárcel por (tratar de) usar un resultado de una prueba de COVID como prueba en un juicio. Que no hablamos de que lo publicase en redes sociales o algo así, ni tampoco de mostrárselo a su jefe, sino de mostrárselo a un juez para probar unos hechos que afectan a la salud de su hija. Y no hablamos de limitarse a no admitir la prueba por haberse obtenido ilegalmente, sino de mandarle a la cárcel por intentarlo. ¡Y la pájara de la mujer pedía 4 años e inhabilitarle para la patria potestad, nada menos! ¡Por revelar el resultado de una prueba de COVID!

Luego si ellas denuncian en falso a su marido se llevan poco más que una reprimenda, y no pisan la trena ni por asomo. Todo muy proporcional.

Nylo

Algo estaría dispuesto a apostar a que esa magistrada está divorciada y no se lleva bien con su propio ex.

Sr_Atomo

Según recoge la sentencia, el acusado se valió del resultado de las pruebas diagnósticas de Covid-19 para solicitar después medidas cautelares urgentes ante el juez que cursaba el divorcio.

Esta parte me da a entender que la hija, la exmujer, o ambas, dieron positivo en COVID. Entonces, ¿me está diciendo que para la juez ha sido más importante el delito de la revelación de secretos que la salud de una niña de cinco años ante una enfermedad vírica que ha causado tantas muertes infantiles? Fli-pan-te.