Hace 7 años | Por Django33 a letraslibres.com
Publicado hace 7 años por Django33 a letraslibres.com

Las leyes impiden que la gente vote después de muerta. Sin embargo, numerosas prácticas establecidas en el derecho sucesorio le dan a los muertos un gran poder para incidir en las vidas de las generaciones futuras. Y tal vez no debería ser así.

Comentarios

irrelevante.

Ojo, el artículo está basado en el caso de Estados Unidos y en leyes estadounidenses. Es importante recalcarlo, puesto que las herencias se tramitan de forma muy distinta tratándose de un país u otro.

BillyTheKid

#2 no depende del país, sino de tu nacionalidad civil, que se parece mucho pero no es lo mismo

irrelevante.

#13 Perdona, pero lo he dicho de forma correcta. Las herencias se tramitan en un país dependiendo de las leyes de sucesión/herencia de ese país.

Si te apetece abrir el debate a los casos específicos en los que una persona tiene posesiones en distintos países, perfecto, pero tendrás que averiguar si el país en el que esa persona tiene cada una de sus propiedades consiente que se aplique la ley de sucesión/herencia del país de su nacionalidad o le toca aceptar las leyes del país en el que tiene cada una de sus propiedades

BillyTheKid

#15 no, las herencias se tramitan segun la civilidad del muerto, y según la leyes civiles del muerto, no del país de donde se fallece.
Es esta civilidad la que establece las legitimas, la validez de de testamentos, herederos es caso de no testamento, etc
Otra cosa es la fiscalidad de la herencia, en general la del/los herederos(s) excepto para inmuebles.

irrelevante.

#16 ¿Y dónde digo yo que se haga según las leyes del país donde muere? Vaya lío te has montado.

BillyTheKid

#17 "las herencias se tramitan de forma muy distinta tratándose de un país u otro"
No se tramitan en función del país, ni del país donde ocurre el fallecimiento, ni de la nacionalidad del fallecido, ni del lugar de residencia del fallecido, sino de la civilidad del fallecido, que no es lo mismo aunque se parece

irrelevante.

#18 Pues tampoco, se tramitan en función de las leyes del país en el que el fallecido tenga las posesiones.

Si vas a corregir a alguien, hazlo con rigor y aportando algo interesante al debate. Si te vas a poner así de tiquismiquis, aplícate primero el cuento a ti mismo.

BillyTheKid

#19 No es verdad. Las herencias se tramitan según la civilidad del fallecido: es esa ley civil la que establece las condiciones requeridas a los testementos, a las legitimas y demas.
El tema del lugar que sitan los bienes solo es relevante en cuanto a fiscalidad

oso_69

A ver, esto es mío. Yo dispongo de ello como quiero, incluso después de mi muerte. Si me dicen que una vez muerto no se va a respetar mi voluntad seguramente lo disponga de otra manera. Si no quiero dejárselo a alguien después de muerto, dispondré de ello en vida.

De todas formas, no veo muy lógico que no se me permita disponer de mis bienes y repartirlos como me dé la gana.

D

#4 Entonces tendrías derecho a quemarlos??

BillyTheKid

#8 No, no tienes derecho a quemarlos, eso es un abuso del derecho de propiedad

D

Si te mueres te mueres. Que los bienes materiales vayan a la familia y los intangibles como derechos de autor duren mientras viva la viuda y/o los hijos sean menores de edad

zoezoe

No, siguiente pregunta.

Trigonometrico

#1 Si, mientras que esto no suponga un gran perjuicio para los vivos. Si la última voluntad de una persona fue donar sus riquezas a los pobres, lo correcto sería respetar su voluntad.

zoezoe

#5 O gilipolleces como una multimillonaria que legó toda su fortuna al cuidado de su perro. En cualquier caso como dice la entrada tendría que ser valorado y en el caso de que sean chorradas crujira a impuestos la herencia.

En España existe "la legítima" por la cual el heredereo más directo solo tiene acceso al 15% de lo legado.

D

#6 No podemos saber si eran gilipolleces, o estaba loca enamorada de su perro, o conocía muy bien a sus familiares y herederos.

c

#6 En realidad es justo al revés de como dices, al menis en España.

No es que el legitimario tenga acceso a "solo" el 15% sino que es al revés. Los legitimarios tienen derecho como minimo, a una parte, pudiendo heredar todo.

Si no recuerdo mal, 2/3 de la herencia se reparten entre los herederos forzosos, y solo el tercio restante es de libre designación.

zoezoe

#11 Llevarás razón, la verdad es que no tengo ni idea. Había escuchado eso de la legítima en un caso concreto de un fallecido sin descendencia directa que había dejado una pasta que le habia tocado a la lotería a su pareja sentimental sin estar casados (ni por lo civil) y un sobrino lejano reclamo no se qué

c

Si no se me respeta, no me muero.

D

Si la voluntad del muerto es con respecto a sí mismo o a sus posesiones, sí. Sin duda.