Hace 4 años | Por abelongi a eldiario.es
Publicado hace 4 años por abelongi a eldiario.es

Elexperto independiente sobre solidaridad internacional sostiene en su último informe que enjuiciar de la asistencia humanitaria a migrantes menoscaba o vulnera, de manera considerable, sus derechos humanos y es, pues, ilegal" Chabíanedu Okafor cita la obligación internacional de salvar vidas en peligro en el mar, pero también otros tratados como el protocolo contra el tráfico ilícito "La detención temporal y los largos juicios que han soportado los acusados pueden disuadir a muchos posibles rescatadores de intentar ayudar a los migrantes que c

Comentarios

fugaz

#2 Las condiciones de rescate derivan del Derecho marítimo, y por tanto es legal, y debería ser el puerto el que decida según su legislación si acogerlos o establecer el protocolo de repatriación.

chorche77

#2 Supongamos que rescatas una embarcación naufragada en la localización de abajo con 5 sirios, 3 centroafricanos, 8 egipcios, 2 cameruneses... donde uno o más quieren pedir asilo político. Según la ley del mar el barco de rescate debe desembarcar en... ¿?

D

#2 A ver, no somos europeos, por qué no asumimos un rescate de personas en una barcaza en el mar,... europeos para lo bueno y lo malo.

d

Quien realiza actividades criminales se criminaliza a sí mismo.

fugaz

#1 Mmmm...

Tomas como premisa que es un crimen para justificar criminalizarlo.

Sin embargo el experto explica que no es un crimen y que en cambio si lo es desatendee, impedir o criminalizar la obligación de rescate.

Es decir, debes justificar porqué el experto está equivocado, no realizar un argumento circular.

d

#7 Que sea experto de la ONU, es un argumento ad-autoritas.

El experto está equivocado porque quiere equivocarse, porque tiene motivos ideológicos para preferir equivocarse. Tiene sesgos que alimentar y posiblemente intereses ideológicos sobre el asunto.

El experto prefiere ignorar que no es lo mismo encontrarse con un naufragio de forma casual y realizar un rescate, que dedicarse profesionalmente al rescate de naufragos, utilizando incluso medios de comunicación para comunicar tiempos y lugares.

El experto parece que no sabe como se realizan los rescates cuando el rescatador es un carguero y el rescatado un pesquero, por ejemplo. E ignora también toda la excepcionalidad que rodea a los "rescates" cuando el rescatador es una ONG de ayuda a la inmigración y el rescatado un barco lleno de inmigrantes ilegales.

Si introducir personas de forma ilegal en un país, es ilegal. Es ilegal aunque lo hagas bajo la apariencia de un rescate.

Su argumento de que la gente que no se dedica profesionalmente a introducir inmigrantes en europa puede tener miedo de realizar rescate es absurdo.

Un pesquero que rescate a unos inmigrantes naufragos del mismo modo que rescataría a unos pescadores naufragos no tiene nada que temer.

Los subes a bordo, llamas a salvamento marítimo, los trasladan al barco de salvamento marítimo, y ya has cumplido.

fugaz

#19 No existe ninguna legislación que impida estar específicamente en las zonas de rescate rescatando. No hay tal excepcionalidad especificada en ningún lado. Eso es un invento sin ninguna base ni lógica ni humanitaria ni legal. De hecho, es todo lo contrario, el estado debe ayudar en las tareas de rescate y exigirlas a todos los buques que lleven su bandera:

"Cada estado exigirá al capitán de un buque que enarbole su pabellón que, siempre que pueda hacerlo sin grave peligro para el buque, su tripulación o sus pasajeros, preste auxilio a toda persona que se encuentre en peligro de desaparecer en el mar, y se dirija a toda la velocidad posible a prestar auxilio a las personas que estén en peligro, en cuanto sepa que necesitan socorro y siempre que tenga una posibilidad razonable de hacerlo."

- ONU, Derecho del Mar, 1982.

El experto tiene razón al argumentar que obstaculizar a los barcos de ONGs como hacen algunos gobiernos es, literalmente, un incumpliendo de la ley.

Aparte de inhumano.

d

#20 Haces referencia a una legislación para rescates excepcionales.

Utilizar una ley basada en la excepcionalidad para regular una actividad profesional es vulnerar el espíritu de la ley.


Ningún gobierno obstaculiza a los barcos de ONG (ni a ningún otro barco) que se dediquen a actividades ajenas al rescate y que de forma excepcional se encuentren con un naufragio y realicen un rescate convencional.

Es totalmente legítimo que un gobierno obstaculice la labor de aquellas ONG que bajo la apariencia de rescates se dediquen a introducir inmigrantes ilegales.

Luchar contra el tráfico de personas no inclumple ninguna ley, ni debe asustar a nadie que no se dedique profesionalmente a introducir inmigrantes ilegales en europa, y que realice un rescate convencional.

fugaz

#21 Primero, la legislación no restringe bajo ningún concepto excepcionalidad. De hecho tampoco restringe sino que obliga. Obliga a prestar ayuda, no pone restricciones a prestar ayuda sino que obliga a los países a obligar a prestarla. No hay tal restricción al buque. No existe. Ni lógica que tiene.

La ley va dirigida a los gobiernos y no restringe a los navíos, sino que obliga a los gobiernos a obligar a los buques a realizar rescates. Nada más.

Por tanto:
1) Es falso que exista alguna legislación o licencia de estar en esa xona con interes de rescate.
2) los obstáculos que están poniendo los gobiernos claramente contravienen el derecho marítimo.
3) Será el país receptor el que deba aplicar la legislación de entrada en su país, no el barco, que solo debe desembarcarlos y entregarlos al país.

Da igual todo esto porque aunque tu lo comprendas, muchos votos y opinión pública ya está corrupta y engañada.

d

#22

El artículo al que haces mención es el 89

él artículo 19 dice:

Artículo 19. Significado de paso inocente.

1. El paso es inocente mientras no sea perjudicial para la paz, el buen orden o la seguridad del Estado ribereño. Ese paso se efectuara con arreglo a esta Convención y otras normas de derecho internacional.
2. Se considerará que el paso de un buque extranjero es perjudicial para la paz, el buen orden o la seguridad del Estado ribereño si ese buque realiza, en el mar territorial, alguna de las actividades que se indican a continuación:
...
g) El embarco o desembarco de cualquier producto, moneda o persona, en contravención de las leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios del Estado ribereño;
...


Si el artículo 19 dice que un estado puede negarle el paso a un barco cuyo objetivo es desembarcar inmigrantes ilegales, y el artículo 89 dice que un estado tiene que obligar a los barcos a realizar rescates....

Un estado tiene que obligar a los barcos a realizar rescates, y tiene el derecho a impedir el paso de barcos que pretenden desembarcar inmigrantes ilegales.

La misma ley que citas, pero bastantes artículos más arriba. (la prioridad de los artículos la determina el orden)

Lo que toda la gente sensata lleva todo el tiempo diciendo.

Rescatar sí. Colaborar con la inmigración ilegal no. ==> rescatar hacia puerto seguro en la ribera de origen.

fugaz

#23 Es que no se incumple ninguna norma.
El barco entrega a personas al puerto sin incumplir ninguna norma en contravención de las leyes y reglamentos de inmigración.

Se recogen en el mar en rescate con peligro de naufragio, se entregan y el puerto seguro los deporta cada uno donde corresponda si corresponde. Cierto que muchas veces es imposible, pero si no puede un país menos un barco.

Es decir, repito que es así, no contraviene la ley. Exigir que los entregue en otro puerto cualquiera es escurrir el bulto.

Una batea sale de Libia con gente de 20 nacionalidades desconocidas. No lo puedes devolver a Libia y se los entregan a Italia. ¿Italia escurre el bulto? ¿si llegan a Italia en una playa por la noche es mejor?¿si naufragan y mueren es mejor?

No. Mejor es que los rescate un buque antes de que mueran ahogados y los entregue al país legalmente. Y entonces se aplicarán la legislación correspondiente a inmigración con todos los DDHH.

d

#24 Afirmas que es legal desembarcar inmigrantes ilegales siempre y cuando se entreguen directamente a las autoridades.

En tal caso, podría montar una empresa de transporte de inmigrantes ilegales, de la costa africana a las autoridades italianas.

Los recojo en un puerto de Túnez o Argelia, los llevo hasta Lampedusa y se los entrego a las autoridades.

Todo legal.

fugaz

#27 No afirmo eso. Afirmo que es legal recoger naufragos y entregarlos en un lugar seguro, que se considera una unidad de salvamento oficial o bien un país con derechos suficientes, abrigo, etc. En ese lugar ya se decidirá su destino, una vez estén asegurados sus derechos humanos.

RESOLUCIÓN MSC.167(78)

(adoptada el 20 de mayo de 2004)

DIRECTRICES RESPECTO DE LA ACTUACIÓN CON
LAS PERSONAS RESCATADAS EN EL MAR
Lugar seguro

6.12 Un lugar seguro (al que se hace referencia en el párrafo 1.3.2 del anexo del Convenio SAR, 1979) es un sitio en el que se considera que terminan las operaciones de salvamento.

También es un lugar en el que la vida de los supervivientes ya no está amenazada y donde pueden satisfacerse sus necesidades humanas básicas (tales como alimentación, abrigo y atención médica). Además, es un lugar en el cual pueden concluirse acuerdos para el transporte de los supervivientes hasta su destino próximo o final.

6.13 No se debe considerar que el buque que presta auxilio es un lugar seguro, basándose únicamente en el hecho de que los supervivientes ya no están en peligro inmediato una vez que se encuentran a bordo del buque. El buque que presta auxilio puede carecer de las instalaciones y el equipo necesarios para acoger a un número adicional de personas a bordo sin poner en peligro su propia seguridad, o para cuidar adecuadamente a los supervivientes. Aun en el caso de que el buque pueda dar cabida en condiciones de seguridad a los supervivientes y pueda utilizarse provisionalmente como lugar seguro, se lo debe liberar de esta responsabilidad tan pronto como se tomen otras medidas.

d

#28
Según tú, el hecho de que entregues a los inmigrantes ilegales directamente a las autoridades es suficiente para que el artículo 19 del derecho marítimo no sea de aplicación.

Si el artículo 19 sigue siendo de aplicación, el puerto no es seguro porque conlleva peligro legal para el barco.

¿Entregar a los inmigrantes a las autoridades invalida el artículo 19? ¿Sí o no?

fugaz

#29 El desembarco en puerto seguro de rescatados tras las inspecciones reglamentarias de la policía portuaria, y estas a su vez proseguir con el protocolo, es cumplir con el artículo 19.

d

#30 El artículo 19 no dice nada de como subieron los inmigrantes ilegales a bordo.

Desde el punto de vista del artículo 19 es indiferente si subieron en el puerto pagando un pasaje, o si subieron en alta mar en un rescate.

Si la ley de inmigración no permite el desembarco de inmigrantes ilegales se entreguen a la autoridad o no, no lo permite. Independientemente de cual sea el motivo por el cual están a bordo del barco.

fugaz

#32 Tal ley no existe y no puede existir porque contraviene los DDHH, la ley de rescate y el más básico sentido común.

Si conoces esa ley en Italia o España que impide el desembarco en puerto seguro de rescatados, citala. Sería una ley a denunciar ante el Haya, y el país, condenado.

Pero tienes razón en que un país sin ddhh ya no sería un puerto seguro.

d

#33 Aqui tienes la ley que no existe:

https://www.un.org/Depts/los/convention_agreements/texts/unclos/convemar_es.pdf

¿Dices que las leyes que regulan la inmigración son contrarias a los derechos humanos?

El artículo 19 lo que dice es que un estado puede impedir atracar a un barco cuya finalidad es contraria a las leyes de inmigración del dicho estado.

Si las leyes de inmigración no son contrarias a los derechos humanos, aplicar el artículo 19 para hacer cumplir tales leyes no es contrario a los derechos humanos.

Y efectivamente, por eso Italia no es puerto seguro, porque no es seguro para el barco por motivos legales.

Ojo. Me parece muy bien que quieras cambiar la ley. Pero actualmente la ley es así.

fugaz

#35 Las leyes que regulan la inmigración no son contrarias a los DDHH (salvo aquellas que específicamente violen los ddhh).

Las leyes que impiden el desembarco de rescatados en el mar, su tratamiento médico, darles refugio y alimento, sí lo serían. Luego puedes aplicar las normas de inmigración cumpliendo los ddhh que quieras.

d

#37 Ok.

Pueden desembarcar y luego aplicamos las normas de inmigración, entre ellas las posibles multas al barco.

Vaya, ya no es puerto seguro. La ley que les impide desembarcar ahí no es la de inmigración, sino la ley marítima que dice que tienen que llevarles a puerto seguro.

fugaz

#38 No puedes multar al barco por cumplir el derecho marítimo. Si lo haces desde un país de la UE, la UE debe multar y condenar al país.

d

#41 No le multas por cumplir el derecho marítimo. Le multas por incumplir el derecho inmigratorio.

fugaz

#42 No está incumpliendo el derecho inmigratorio.
Sería el país el que incumpiria el derecho marítimo y los DDHH, si tuviera tal legislación que echase abajo y priorizase dobre el derecho marítimo y/o ddhh.

d

#43 Entonces volvemos a lo de antes.

¿Puedo llevar inmigrantes ilegales a un país siempre y cuando los entregue directamente a las autoridades?
¿Eso no incumple las leyes de inmigración?

Se me ocurre un negocio muy lucrativo, y muy solidario también.

Es el propio derecho marítimo en su artículo 19 el que prioriza las leyes del estado para impedir el paso seguro, sin añadir ninguna excepción para el rescate. El cual está muucho más abajo en el articulado.

Tal vez haya que modificar el artículo 19. Pero por ahora es el que es.

fugaz

#44 Ya te he contestado antes. No es el mismo caso.

DEBES rescatar en el mar y entregar a puerto seguro. Allí se encargarán de atenderlos y de aplicar inmigración.

NO ES el mismo caso que coger de un puerto a pasajeros y llevarlos a otro puerto cualquiera.

No sé que es tan difícil de entender. No es lo mismo coger un avión a EEUU que naufragar y que te rescate EEUU, y ya atendido y seguro, te envíen donde corresponda.

d

#45 El artículo 19 no hace ninguna distinción sobre cómo subieron a bordo los inmigrantes ilegales a bordo.

Ni establece excepciones en caso de rescate.

fugaz

#46 El artículo 19 no es el que tiene que especificar el caso (ni lo hace), sino que remite a la legislación de inmigración, que a su vez debe respetar los ddhh y el derecho marítimo, y las operaciones de salvamento, que entran e este caso.

El artículo 19 no contraviene el de rescate de derecho marítimo.

d

#47 Veremos lo que dicen los jueces.

fugaz

#29 Por cierto, definición:

Organización Marítima Internacional (OMI) en el año 2004.

Un lugar seguro sería aquel sitio en el que terminan las operaciones de salvamento. Además, sería un lugar en el que la vida de los supervivientes ya no está amenazada y donde pueden satisfacerse sus necesidades humanas básicas (tales como alimentación, abrigo y atención médica).

d

#31 En derecho marítimo puerto seguro es aquel que es seguro para el barco.
En el cual el barco puede atracar y zarpar sin riesgo físico ni legal para el barco.

Se te das cuenta tu extracto no habla de puerto seguro, sino de lugar seguro. ¿por qué?

Porque puerto seguro es un concepto de derecho marítimo claro, y que no tiene tampoco nada que ver con los rescates.

Túnez es puerto seguro, según el derecho marítimo.

Lo que me pegas no es una ley, ni define el puerto seguro.

fugaz

#34 Tu definición de puerto seguro es errónea.

https://maldita.es/maldita-te-explica/que-es-un-puerto-seguro/

d

#36 Maldita confunde lugar seguro, con puerto seguro.

¿en serio vas a hacerme buscar la ley?

Te voy a hacer otra pregunta.

¿Cambiaría en algo tu punto de vista si te pego un enlace a la ley de derecho marítimo internacional que define puerto seguro en el modo en que yo te he dicho?

fugaz

#39 Ponlo.

fugaz

#23 "ribera de origen"
¿qué es eso?

d

#25 la costa de la que sale el barco

Valjean72

Si lo dice Chabíanedu Okafor no se hable más.

RTZ

Rel: Los datos que desmienten la colaboración de las ONG de rescate y las mafias Los datos que desmienten la colaboración de las ONG de rescate y las mafias

Hace 4 años | Por doctoragridulce a elmundo.es

#3 tienen hasta una centralita. https://www.google.es/amp/s/www.elconfidencial.com/amp/espana/2019-08-13/pateras-mediterraneo-auxilio-open-arms_2175019/

La organización de Oscar Camps, la española Open Arms (que es mucho más que un solo barco con ese nombre) ha rescatado desde septiembre de 2015 a más de 59.000 personas.

A mi me parece demasiada casualidad que se encuentren tirados a casi 60.000 inmigrantes en tres años y medio.

fugaz

#8 De los cuales 32.523 son de Lesbos. Del Mediterráneo con el barco openArms son 5.779 personas.

No sé si la queja es por trabajar demasiado o demasiado poco para una ONG que recibió en el 2018 llegó a 3,5 millones de euros de donaciones, 90% de personas mayormente europeas y 10% de organismos públicos.

Por supuesto, los 6 meses que CASUALMENTE los tuvieron inmovilizados el PsoE de Pedro Sánchez en época electoral, les tocó las narices.

#13 no es una queja, tampoco es un halago.

Solo digo que me parecen unas cifras demasiado elevadas para ser fruto de la casualidad.

fugaz

#14 No es casualidad.
Según ACNUR mas de 110.000 personas llegaron en el 2018 por el Mediterráneo, y el barco openArms entre 2016,2017 y 2018 rescató a algo menos de 6.000. No da ni a 2000 por año, una cifra lógica teniendo en cuenta que solo es un barco y que realiza numeroso rescates (cuando no lo inmobilizan mientras la gente sigue lanzándole al mar y ahogándose).

Casualidad? no, es estar ahí.

Al menos 2000 murieron el año pasado antes de que ningún barco llegase.

fugaz

#3 Sin duda la idea de que las ONGs estén pagadas o conectadas con las mafias es tan insostenible como que la Tierra sea plana.

Pero vende, ganas votos, y mañana otra mentira.

D

#10 Cuéntanos porqué es insostenible, con razonamientos y esas cosas.

Romfitay

#11 Yo no he visto las injurias ni los insultos, pero podrá haberlos habido. Creo que la crítica se centra en que esas ONG solo admiten desembarcarlos en Europa y, si se trata solo de rescatarlos, cualquier puerto cercano, aún siendo africano, debería cumplir los requisitos. Si se dice que en esos países no hay derecho de asilo es que no se está rescatando náufragos sino pobres, y a mucha gente eso no le parece bien. Y decir esto, se esté de acuerdo o no, no me parece que se pueda criminalizar.

Romfitay

Y si la crítica es libertad de expresión ¿ilegaliarla no es ilegal?

fugaz

#5 La libertad de expresión no incluye derecho a injuria, a pedir violar los ddhh, ni a tomar acciones, aunque se toleren hasta cierto punto.

Es como insultar. Se tolera hasta cierto punto pero no entra dentro de la libertad de expresión.

n

Habló el gurú.