El fiscal sostiene que los hechos son "irrespetuosos e insultantes para las mujeres" pero no constituyen un delito de odio ya que ninguna de las afectadas denunció sentirse ofendida.
Cuando es un delito de odio contra una minoría no veo que haga falta que una persona negra, lgtbi, etc... tenga que denunciar particularmente para que se pueda condenar a alguien por ese delito de odio, vaya "casualidad" que aquí sí que haga falta, y vaya casualidad que en el CP penal no venga ese "requisito" por ninguna parte
Según el artículo 510.1 CP, el tipo básico del delito de odio castiga con una prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses a los siguientes sujetos:
Aquellos que públicamente fomentan, promueven o incitan directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de: su pertenencia al grupo, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual o por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad.
#1 A ver si va a resultar que no es "por ser mujeres" si no por ser las del colegio pijo de enfrente
Pero nada, ya estáis otros para ofenderos por ellas, pobres, que solitas no pueden, suerte que os tienen a vosotros para decirles lo que les debe ofender y lo que no.
#2 No hay paternalismo ninguno, hay exigencia de cumplimiento de la ley, el fiscal no lo está haciendo, los delitos de odio no requieren denuncia previa alguna de un integrante de un grupo social
cc #6 lo de la minoría es cosecha mía, y me autocorrijo, sobra completamente para este caso, es un grupo social contra el que se puede dirigir odio, como cualquier otro. Por recordar a Rodrigo Lanza se le juzgó por delito de odio (aunque no se le declaró culpable de ellos por no quedar demostrado) y que yo sepa españoles como el que mató, son muchos más y no minoría, por otro lado y como puedes ver tampoco es requisito en la ley
Comentarios
Un caso q se usó políticamente que han destrozado la vida a un chaval, y que solo sirve para lo q sirve, propaganda mediatica.
Cuando es un delito de odio contra una minoría no veo que haga falta que una persona negra, lgtbi, etc... tenga que denunciar particularmente para que se pueda condenar a alguien por ese delito de odio, vaya "casualidad" que aquí sí que haga falta, y vaya casualidad que en el CP penal no venga ese "requisito" por ninguna parte
Según el artículo 510.1 CP, el tipo básico del delito de odio castiga con una prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses a los siguientes sujetos:
Aquellos que públicamente fomentan, promueven o incitan directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de: su pertenencia al grupo, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual o por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad.
https://www.conceptosjuridicos.com/delito-de-odio/
Yo según leo esto, encaja perfectamente sin necesidad de que tenga que haber una denuncia de una persona concretamente
#1 A ver si va a resultar que no es "por ser mujeres" si no por ser las del colegio pijo de enfrente![:roll: roll](https://cdn.mnmstatic.net/v_149/img/menemojis/36/roll.gif)
![:roll: roll](https://cdn.mnmstatic.net/v_149/img/menemojis/36/roll.gif)
Pero nada, ya estáis otros para ofenderos por ellas, pobres, que solitas no pueden, suerte que os tienen a vosotros para decirles lo que les debe ofender y lo que no.
Eso se llama paternalismo
#2 No hay paternalismo ninguno, hay exigencia de cumplimiento de la ley, el fiscal no lo está haciendo, los delitos de odio no requieren denuncia previa alguna de un integrante de un grupo social
cc #6 lo de la minoría es cosecha mía, y me autocorrijo, sobra completamente para este caso, es un grupo social contra el que se puede dirigir odio, como cualquier otro. Por recordar a Rodrigo Lanza se le juzgó por delito de odio (aunque no se le declaró culpable de ellos por no quedar demostrado) y que yo sepa españoles como el que mató, son muchos más y no minoría, por otro lado y como puedes ver tampoco es requisito en la ley
Yo tb entro poco
#1 delito de odio contra una minoría
Por tocar un poco los huevos.
Hombres 23.310.627
Mujeres 24.304.407
https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176951&menu=ultiDatos&idp=1254735572981
Las mujeres en España no son minoría...........
PD: Hacia tiempo que no te veía por aqui, tambien es cierto que entro menos que antes..
Problemas del mundo pijo....
Será muy legal, pero da mucho asco.