Hace 9 meses | Por Atusateelpelo a ondacero.es
Publicado hace 9 meses por Atusateelpelo a ondacero.es

Se ha constatado la presunta agresión sexual en una niña y durante la investigación se ha identificado a dos menores más que también podrían haber sido víctimas

Comentarios

D

#1 Que pesadez, la ley del menor NO es un error. Es lo adecuado y como sociedad lo que debemos hacer, lo mejor que se ha comprobado para reducir, castigar y reconducir delincuentes -o evitar que hagan mas mal encerrandolos- y es lo mismo pero sin jurado, de hecho frecuentemente su castigo dura mas que si fueran adultos.
Inimputable no quiere decir que no pueda ser llevado al tribunal, que decidirá el juez sin pasar por jurado como el adulto, y separado de sus padres, colegio , residencia y entorno, no estará en libertad y será internado en un centro donde estará encerrado y en condiciones de seguridad -o por mucho tiempo extra si los psicólogos asi lo dicen y es peligroso- , que no son moco de pavo ni mucho menos. Si, con privación de libertad y privación de libertad de movimiento.
En ese caso, pasaran por el tribunal de menores, simplemente lo decidirán sin tener que ser validado por tribunales los profesionales (psicólogos, asistentes sociales, etc. que serán quienes ejercerán de facto el tutelaje de la comunidad) dependiendo de la gravedad del delito, incluso puede ser internado en un centro psiquiátrico dependiendo de la gravedad de sus acciones y su estado, lo que puede extenderse por un largo periodo. Por ejemplo, un adulto con agresión sexual pasara de 3 a 6 años dependiendo de lo que haya hecho, un chaval de 14 pasara 4 años mínimo, hasta los 18, mas un par mas de supervisión.
Pero constantemente se habla del tema a lo cuñado sin informarse.

#7 Casos ha habido siempre, pero nunca tan pocos como ahora. Concienciar y educar ha sido lo que los ha reducido. Lo que tu llamas progre, o sea el progresismo es lo que te ha dado esta seguridad, mientras que la absurda dureza solo provoco mas masa carcelaria.
Piensalo.

m

#9 decir que la ley del menor no es una error ,por mucho que uses negritas y mayusculas, solo es una opinion igual que la mia que no te da la razon automaticamente, lo de gritar para tener la razon, es ridiculo, absurdo e indica ganas de llamar la atencion solamante

D

#10 Claro que si, va a ser lo que tu digas, aunque te pongan datos y argumentos y tu solo opiniones vacias...
Claaaro.... lol lol lol

m

#16 son opiniones simplemente igual que las mias, estas opiniando mientras copias y pegas textos sobre esa la ley simplemente, yo puedo hacer lo mismo y ponerlo tambien en negritas como si asi fuera mas creible o importante, pero es una estupidez al final, ya que cualquiera puede consultar la ley y sacar conclusiones

D

#17 Exacto, lo tuyo son opiniones, la realidad de la aplicación diaria es lo que digo yo como invito a consultar Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero (act.28/04/2023) reguladora de la responsabilidad penal de los menores. (14 a 18 ojo¡¡¡)
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-641(1)*

#18 Que si, que vuestro problema es que no sabéis diferenciar entre inimputable -de imputación o penalmente - e impunidad, y que os pensais que por ser inimputable -que es así- no responde de los perjuicios a nivel penal es no responder de sus acciones o que sus actos no tengan consecuencias para ellos como son de hecho lo que padecen de privación de su libertad, el internamiento, etc. Dejando aparte tu fijación con el jurado -cuando solo era un ejemplo como decía- . Un menor de 14 TAMBIEN aunque no sea imputable va a terminar en un tribunal de menores, donde el juez lo recluirá si es un peligro por sus acciones para si mismo o para los demás, como ya he dicho va a sufrir privación de libertad, sea imputable o no, porque imputable -responsable penal- es otra cosa que lo que vosotros tenéis en la cabeza que es que no es juzgado -cuando eso es a nivel penal pero se le juzga- o que no va a sufrir consecuencias...

Imputación es una terminología de proceso legal, pero vosotros pensáis que quiere decir que se le mandara a casa por que no se le puede o no se le va a hacer hacer nada, lo que es falso (impunidadVSinimputable .

Mas alla del mundo de lo que vosotros en vuestro desconocimiento decís, esta la realidad diaria de los juzgados. Aparte de la ley y las sentencias , fácilmente verificable, tomar algunos datos de realidades diarias, y si, para menores de 14 años TAMBIEN, por ejemplo, eso que dices que no:

(2*)
"Internado un menor de 14 años acusado de violar a una niña de 5 de su familia
El presunto agresor fue citado por la autoridad judicial y la Fiscalía propuso su ingreso en un centro terapéutico en régimen cerrado.
Una vez que el centro médico puso en conocimiento de la autoridad judicial lo ocurrido se activó el correspondiente protocolo.
Fuentes de la Fiscalía han añadido que los internamientos pueden ser abiertos, semiabiertos o cerrados, dependiendo del grado de privación de libertad y de las actividades que puedan o no desarrollar fuera del centro."
www.elconfidencial.com/espana/andalucia/2019-12-13/internado-menor-14-

"El menor de 13 años que apuñaló a otros dos en Gijón, internado en un centro de menores
La decisión de la Fiscalía ha sido secundada también por Servicios Sociales. La Fiscalía de Menores de Asturias ha acordado este martes el ingreso en un centro de protección del menor de 13 años identificado por la Policía Nacional como presunto autor. El menor, al que se le atribuye su presunta autoría en sendos delitos de homicidio en grado de tentativa y lesiones"
www.lavozdeasturias.es/noticia/gijon/2022/06/28/menor-13-anos-apunalo-

------
(1)* respuesta a 17*
LO 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (LORPM), la cual se conoce popularmente como la ley penal del menor.
Cuando un menor comete un delito, se lleva a cabo una investigación y un proceso judicial para determinar su culpabilidad o su inocencia. Si el proceso concluye que el menor es culpable, el Juez de menores podrá imponerle una medida judicial en función de la gravedad de los hechos y de sus circunstancias personales, sociales y familiares. Para ello, el Juez cuenta con el trabajo de la Fiscalía y de un Equipo Técnico formado por profesionales del ámbito social que evalúan la situación del menor y proponen una intervención socio-educativa adecuada en cada caso.
Medidas de internamiento:
Las medidas de internamiento se imponen en los casos de mayor gravedad, pues suponen una fuerte restricción de la libertad. Estas medidas se cumplen en centros donde los menores residen y realizan las actividades socioeducativas indicadas por el Juez. En la Comunidad de Madrid se denominan Centros de Ejecución de Medidas Judiciales (CEMJ), aunque popularmente se suelen mal-llamar centros de menores. Existen diferentes regímenes para cumplir las medidas de internamiento que se imponen en función de la gravedad de los hechos y de las circunstancias del menor:
-Internamiento en régimen cerrado: el menor o joven cumplirá la medida dentro de un centro y desarrollará en el mismo todas las tareas socioeducativas, laborales y de ocio correspondientes.
-Internamiento en régimen semiabierto: el menor o joven residirá dentro del centro, pero podrá realizar fuera de este algunas de las actividades como la formación educativa o laboral, de acuerdo a su evolución y comportamiento.
-Internamiento en régimen abierto: el menor o joven residirá en el centro realizando todas las tareas socioeducativas fuera del mismo, en los servicios normalizados del entorno.
-Internamiento terapéutico en régimen cerrado, semiabierto o abierto: el menor o joven residirá en un centro terapéutico donde recibirá un tratamiento especializado si sufre alguna alteración psíquica, dependencia de alcohol u otras drogas o alteraciones de la percepción.
www.tepongounreto.org/2022/03/justicia-de-menores-que-pasa-si-un-a-ado

mekanet

#19 Por favor, pásame esas sentencias que no las encuentro en CENDOJ.

De tus noticias. Uno de los menores tiene 14 años, ya es imputable penalmente. De la del menor de 13 años dicen: Debido a su edad, el menor está exento de toda responsabilidad ya que la Ley de Responsabilidad Penal del Menor establece que el límite legal en España sea a los 14 años. En el Centro que se ha decidido su internamiento, no es un centro de menores donde cumplir una "condena penal", si no un centro de menores tutelado donde van los MENAS, niños a quienes por motivos X se les ha retirado la custodia a los padres (porque han sufrido abusos, se considera que están en estado de abandono), pero no es una condena penal.

Oyes campanas y no sabes donde.

D

#20 De mis noticias:
-"Internado un menor de 14 años acusado de violar a una niña de 5 de su familia
-"El menor de 13 años que apuñaló a otros dos en Gijón, internado en un centro de menores
"De tus noticias" _> EXACTAMENTE LO QUE YO DIGO ES LO QUE PONE (resalto no chillo) : vosotros pensáis que quiere decir que se le mandara a casa por que no se le puede o no se le va a hacer hacer nada, lo que es falso (impunidadVSinimputable) o sea, EXACTAMENTE lo que yo digo: no es que "sus acciones o que sus actos no tengan consecuencias para ellos como son de hecho, ya que padecen de privación de su libertad, el internamiento, etc. " aunque no pasen por un proceso penal.
Si esto va de negar lo que ponen en mis noticias es ajustado a lo que yo digo y pedir a los demás lo que no sabes buscar por ti mismo, lo único que demuestras es tu incapacidad de reconocer las cosas y que el que oye campanas y no sabes donde eres tu.. ahórranoslo.

mekanet

#21 Tienes un cacao impresionante. Por favor, dime el artículo y la Ley donde se dice que los menores de 14 son imputables.

No me escribas ningún rollo.. Quiero la Ley o una sentencia donde reconozca que un menor de 14 años tiene responsabilidad penal y por tanto es imputable.

D

#22 Chico ¿tienes algún problema de comprension? Yo llevo diciéndote un rato que los menores de 14 no son imputables y que no pasan por un proceso penal, PERO que eso no les evita no es que "sus acciones o que sus actos no tengan consecuencias para ellos como son de hecho, ya que padecen de privación de su libertad, el internamiento, etc. " aunque no pasen por un proceso penal.
Lo tienes explicito -como invito a quienes nos lee a comprobar- así indicado en mi #14 ->"Un menor de 14 TAMBIEN aunque no sea imputable"(textual), en #15 , en mi #19 ->"no es juzgado -cuando eso es a nivel penal pero se le juzga-"(textual) - en #9,etc. etc..pero tu a tu cabezonada... lol lol lol
No sabes leer lo que ponen los demás y te inventas lo que no dicen para responderles, pero resulta que el problema es de no se que es un rollo... lol lol lol

m

#19 mira que eres pesado, da igual lo que pongas en negrita y los aires que te des, si hay gente que no piensa como tu pues es la que hay, que te crees el mas listo pues vale, debes ser muy joven para creerte el oraculo de la sabiduria y pensar que solo tu opinion es la correcta, para mi solo dos años para un delincuente de 14 años o menos me parece una broma y 4 años de maximo para menores delincuentes reincidentes de mas edad me parece otra, luego tu di lo que quieras, y que la gente saque sus conclusiones, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-641 a partir del articulo 9 salen las penas y son de chiste, que la gente saque sus conclusiones

D

#24 Perdona, pesado lo serás tu que respondes como yo
Pero gracias por recocer que lo que te aportaba era cierto, como la chorrada de que a los niños deben de juzgarlo como adultos, y no, tu opinion no hace realidades, solo es tu opinión: la mia es que la penas son adecuadas.
Venga, saluditos y aire

m

#25 olvidate, no te montes peliculas, lo tuyo es solo una opinion igual que la mia , yo por lo menos aporto leyes no solo noticias de medios que me favorecen como haces tu, venga chavalin pasalo bien

D

#26 Si, ya vemos quien a aportado leyes (yo) con enlaces (yo) y medios(yo) y quien negaba lo evidente (tu) con la opinión cuñada desinformada clásica ....
Pero ya se ve que no vas a aceptar la realidad, pero por lo menos quien nos lea vera lo absurdo de lo que dices...
Ciao y con dios.

m

#27 que si tu aportaste enlaces al boe eres el mejor y tod oeso, que la gente juzge los links que pusiste y lo que has dicho

D

#28 Claro que si. No te ibas...?aaah, ya , otra monserga a lo cuñado...

m

#29 no soy y tan infantil para decir eso, no te inventes aun mas cosas

D

#30
>"venga chavalin pasalo bien" (tu)
> Vuelves a blablablabla sin dar ningún argumento y solo opiniones cuñadas...
> No te ibas...?aaah, ya , otra monserga a lo cuñado...(yo)
> no soy y tan infantil para decir eso (tu)
¿?¿?¿ si es que tu mismo te dejas en evidencia con tus contradicciones ...

m

#31 anda sigues ahi, interesante

D

#32 Si, riéndome de ti: exacto.. lol lol

m

#33 pefecto asi m entretienes mientras no acaba en la oficina, todos contentos

D

#34 claro, que si,, y los tuyos que me pagan por aguantarte no sabes cuanto... lol lol

#9 el último párrafo es la clave, pero no les hagas pensar que es muy cansado.
Todos somos más o menos pasionales y la respuesta rápida es "qué le corten la cabeza".
Pero en el fondo sabemos que medidas pasivas frente al crimen no funcionan. Llenar el país de reclusos no resuelve el crimen ni enmienda el agravio.
Hay que centrarse en educar y concienciar como dices. Hay que hacer sentir a la gente parte de la sociedad, que ellos también cuentan.
Si deshumanizamos al diferente, ¿Qué razón tienen para querer participar de la sociedad? Y no me refiero solo a los delitos sexuales, sino a robos, violencia o radicalización.
Nunca es tarde, pero si más complicado.

mekanet

#9 Inimputable quiere decir que está exento de responsabilidad penal. El Juez de menores no puede procesarle, no puede haber juicio y no puede haber condena penal. Cuestión distinta es la responsabilidad civil que, al ser menor de edad, deberán asumir los padres. Pero, las penas de previstas en la Ley del Menor se imponen a partir de los 14 años.

D

#14 Inimputable quiere decir que NO es imputable, o sea no sigue los cauces de un adulto, pero el juez de menores puede -y de hecho lo hace- dictar procedimiento y medidas como privacion de libertad. En realidad es un juicio pero sin pasar por jurado y mas rapido. A menores de 14 años -y entre 14 y 18- TAMBIEN se les priva de la libertad, TAMBIEN se les retira la tutela de los padres y tambien se les envia a un centro.
Manía de intentar trasmitir impunidad donde no la hay.

mekanet

#15 Que no. En España los menores de 14 años no tienen responsabilidad penal.

Dice el artículo 19 del Código Penal: Artículo 19. Los menores de dieciocho años no serán responsables criminalmente con arreglo a este Código.
Cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule la responsabilidad penal del menor.

Nos vamos a la Ley de Responsabilidad Penal del Menor:
Artículo 1. Esta Ley se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales.
Artículo 3. --menor de catorce años, no se le exigirá responsabilidad con arreglo a la presente Ley, sino que se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes.

Todo esto quiere decir, que los menores de 14 años sólo responderán civilmente de los daños y perjuicios causados, nunca penalmente.

Por otro lado, hablas de jurado como si en España todos los juicios se celebraran con jurado y no. Por ejemplo, los delitos contra la libertad sexual nunca se juzgan en el Tribunal del Jurado. Son delitos tasados y no voy a ponerte el listado aquí y ahora.

Por otra parte, la RAE define al inimputable como: Eximida de responsabilidad penal por no poder comprender la ilicitud de un hecho punible o por actuar conforme a dicha comprensión.

tiopio

#1 Pues si tiene edad para delinquir, tiene edad para follar y para votar.

m

#11 claro por eso ya los hay que son violadores profesionales y votar si quieren adelante, si total ya pueden conducir vehiculos con 15 años y arruinar familias haciendolo borrachos, total solo estaran 2 años como maximo aislados o 100 horas de servicio con 15 años aun les da tiempo a arruinar mas familias con 17 años y solo pagar como maximo 4 años por las vidas que sean, como dicen por ahi arriba

starwars_attacks

Estuve leyendo hace dos días a una jueza progre que dice que la solución no es encarcelar tanto, que hay que hablar y concienciar y educar....después de reflexionar creo que no me lo tragué...
De todas formas ella comentó que siempre ha habido mucha violencia sexual, pero que ahora se denuncia más; Pero que la mayoría de las violaciones se dan dentro de la familia y por eso quedan en silencio, o sea, que la mayoría de los delitos sexuales no se denuncian.
Las violaciones grupales, pues, son solo la minoría de los delitos de tipo sexual.
Curioso, ¿eh?

D

Hay que ver cómo está la juventud de hoy en día. Yo a su edad estaba jugando a las chapas o viendo los power rangers.

Catacroc

#2 Ya, pero es que ahora no ponen los power rangers.

Veelicus

#3 y sobre todo que no hay programas como La Bola de Cristal, o Erase una Vez... ahora ven salvame y se educan en youtube con influencers mononeuronales.

paumal

#4 what? Podrían leer a Platón, o ver canales de YouTube de ciencia, o, a lo loco, que sus padres les expliquen de que va la vida.

MIrahigos

#2 Nosotros ya jugábamos a rol, chicos y chicas… y todavía no han encontrado las fosas comunes.

D

#2 eso es porque en tu época no te bombardeaban con videoclips de reguetón machistas hipersexualizados,