Hace 6 años | Por KeepYourCoins a arainfo.org
Publicado hace 6 años por KeepYourCoins a arainfo.org

Ibercaja ha bloqueado un plan de pensiones a una pareja de jubilados residentes en la localidad. La pareja está pendiente de la fecha de desahucio de su vivienda que se producirá cuando el Juzgado de Fraga resuelva los recursos presentados por el abogado de la defensa.

Comentarios

D

#13 Yo lo que no sé es que hago intentando explicarte algo si lo no quieres entender.
Lo intento por última vez.

Deuda con una entidad privada, lo resuelve un juzgado que sentencia a embargo y posterior subasta del inmueble y a resarcir al afectado con la diferencia entre el total de la deuda y el importe por el que se ha subastado.
Cuando la sentencia sea firme o cuando el afectado lo solicite se procederá al desahucio y embargo de la vivienda y al embargo de bienes hasta saldar la deuda contraída.
Lo que el articulista y tú llamáis bloquear la pensión, no es otra cosa que un embargo decretado por un juzgado para resarcir al afectado.
Y te repito, la sentencia es firme porque ya se ha subastado el inmueble. Por lo que si después de subastar la vivienda no se ha cubierto el monto de la deuda y las comisiones por impago, EL JUZGADO TIENE LA OBLIGACIÓN de embargar bienes hasta que se cubra la deuda.

No tiene ningún sentido que el banco te bloquee nada cuando hay una sentencia firme, que necesariamente tiene que obligar al embargo de bienes si no se compensa la deuda en el plazo previsto.

Lo siento si el tono no es cordial, pero no sé cómo explicártelo mejor.

D

#5 Pues no sé. Me acabo de leer la "noticia" que no es nada seria. Y yo entiendo que hay una sentencia, y que el juez ha decidido ejecutarla.
Los impagos y la sentencia de desahucio, han de ser muy anteriores al bloqueo o embargo de un plan de pensiones.
Los planes de pensiones no son inembargables, ni el sueldo, ni la propia pensión, aún que los primeros (no recuerdo en cuanto está el IPREM) al rededor de 800€ si lo sean.
Es muy difícil dar nada por hecho con la "información" que aporta la noticia.

D

#6 Que nadie te puede embargar nada por su propia mano, enterate ya hombre.

D

#7 La entidad bancaria, señala la plataforma, es responsable de la congelación del plan de pensiones de la pareja. Mientras tanto, Ibercaja afirma que es responsabilidad del Juzgado. En realidad, es la entidad “quien la ha solicitado a sabiendas de que bloquear un plan de pensiones es ilegal, en un acto de cinismo lamentable al que desgraciadamente ya nos tiene acostumbrados Ibercaja”, afirma la PAH de Fraga.

Si estuviésemos comentando una noticia seria, el periodista habría investigado quién dio la orden de bloquear el plan de pensiones y quién miente, pero como no es el caso sólo podemos trabajar sobre conjeturas. Y para mí tiene bastante sentido que una vez que la sentencia de embargo es firme el juzgado ordene embargar todos los bienes que sean embargables (que son todos menos el IPREM) para hacer frente a la deuda con el banco.
Gracias por lo de amigo.

D

#9 Tu desde el primer momento estas hablando de embargo, a mi q cojones me cuentas del periodista, lee mejor y te contestas a ti mismo. Y te repito ninguna entidad puede embargarte nada por su propia mano, es la sentencia en todo caso la que dictamina a q bienes hay que meter mano.

El resto es justificar q cualquier entidad pueda dejarte sin posiblidad de hacer frente a una deuda.

D

#10 Pero es que ya hay una sentencia que reconoce la deuda... ¿si no cómo cojones iba a estar ya subastado el inmueble?
Cuando hay una sentencia que reconoce una deuda (lo que se recurre es el desahucio, no la deuda) el juzgado ordena al instante embargar activos para saldar la deuda.
¿Qué es lo que no entiendes?

D

#12 y que? les da derecho a bloquear la pension? De q estas hablando ahora? de la deuda? del embargo a la pension q es inexistente o del periodista? o del derecho a la entidad de hacer lo q le de la gana?

Tu de q estas hablando?

D

Ya veis la seguridad que dan con los planes privados, pasa lo mismo en muchos países, por delante de ti siempre está los intereses de la empresa. Si te la suspenden unos meses te ahogas. Pueden quebrar lo que quieran.

D

#1 #3 No veo que tiene de raro... Si tienen deudas y tienen que responder con su patrimonio pues le embargarán el plan de pensiones.
Esto no tiene nada que ver con la dación en pago que es algo justo. Pero si tienes una deuda reconocida en un juzgado y tienes patrimonio, lo lógico es que te lo embarguen.

D

#4 a ver no les han embargado sino bloqeado para que no pague y qedarse el piso...
no es rara la practica...queiren ls pisos...

D

#4 no amigo ninguna entidad puede embargar ni retenerte un producto diferente, aunque sea de la misma entidad u empresa sin una orden o sentencia que asi lo diga. Y mucho menos un plan de pensiones. Y como dice #5 no es un embargo, es un bloqueo.

Lo q basicamente estas diciendo sq te parece bien q la gente quede sesamparada ante una deuda sin supervision legal dandole toda el margen de accion a la entidad.

D

#7 en cuanto fallezca un familiar bloqean sus cuentas...
ya lo creo que lo hacen...
ls intereses para ellos del dinero de otro...

alalimayallimon

Alguien me explica cómo puede ser esto?, en estos casos pensaba que te tenían que dar el fondo sí o sí

D

Les suda la polla si es ilegal.

Jose_Pozuelo

La verdad es que la noticia es muy confusa en su redacción. Habla de la entidad Ibercaja haciendo referencia al plan de pensiones, pero no dice que sea la que está realizando el desaucio, además dice que una pareja de jubilados tiene un plan de pensiones, cuando son individuales, además los rescates de planes se permiten no solo por jubilación sino además por contingencia por expediente de embargo de la vivienda habitual, que no son más de 7 días una vez aportada la documentación, si pasan 15 días y no se produce, denuncia a la Dirección General de Seguros que es el organismo competente para los planes....creo que falta mucha información en la noticia para poder tener un criterio objetivo.