Hace 7 años | Por --523432-- a nuevatribuna.es
Publicado hace 7 años por --523432-- a nuevatribuna.es

El Tribunal Supremo obliga a la Seguridad Social a conceder una pensión vitalicia a un albañil que sufrió un grave accidente entre un empleo y otro. El trabajador cesó de forma voluntaria de su anterior ocupación con la intención de continuar trabajando pocos días después en otra empresa de la construcción. Fue en ese ínterin cuando L.E.R sufrió un accidente de tráfico que le provocó graves lesiones (fractura de pelvis, de fémur izquierdo y de rótula) y por el que solicitó al INSS la incapacidad permanente.

Comentarios

TocTocToc

#7 Sin estar trabajando y sin estar dado de alta. Una buena resolución que crea jurisprudencia para casos similares.

TocTocToc

No estaba dado de alta porque no estaba en ninguna empresa en ese momento.

Pensión de 210,88 euros mensuales.

D

#2 Que perspicaz.

TocTocToc

#3 Leyendo el titular me dio la impresión de que estaba trabajando en una empresa que no le dio el alta. Pasa más a menudo de lo que puedas pensar. No hace falta ser muy perspicaz.

D

#4 Ahí está la gracia de la sentencia, qué no estaba dado de alta.

TocTocToc

#5 No, la gracia está en que no estaba trabajando en ninguna empresa, por eso no estaba de alta.

D

#6 Así y todo le han concedido la incapacidad, cuando teóricamente si no estás dado de alta no tienes derecho.

Naeriel

#7 NOP: http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Incapacidadpermanen10960/index.htm

Prestación económica que, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona, cuando estando afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.

Es trabajador? Sí
Tuvo un accidente que anula su capacidad laboral? Sí

Entonces puede percibir esa prestación, no hace falta que tenga un contrato en el momento del accidente.

D

#8 Gracias por la explicación.

D
A

Ojo al dato, pensión del 55% de su base de cotización, 210 €, Su base de cotización era de 383 €... No es excesivamente baja?

D

#9 Con que se apuntara a algun curso de los de formacion del inem o ayuntamiento ya la cago.

Yo estoy "similar" a esta persona y no me apunto a esos cursos por si terminan de darme la baja, que no cobraria nada.

Aparte de que no puedo hacer las horas que exigen, pero vamos... aunque pudiera no lo haria por eso. Me bajaria la cotizacion y la paga muchisimo.