Hace 1 año | Por ccguy a diario16.com
Publicado hace 1 año por ccguy a diario16.com

En caso de impago del crédito, el banco debe presentar una deuda que se basa en cuotas impagadas, de importes concretos y pactados. No obstante, si en el contrato no se especifica la cantidad concreta de las cuotas, las entidades no podrían presentar una liquidación, es decir, un detalle de impagos y de deuda total. Lo hicieron y dejaron sin casa a cientos de miles de familias sin que nadie lo frenara.

Comentarios

j

Lo he estado buscando por internet y no he acabado de entenderlo completamente. Parece que lo de Redal es un término inventado por alguien creo que, no es un concepto jurídico y que se refiere a hipotecas que están mal redactadas y no especifican correctamente cómo calcular lo que se paga cada mes de amortización por lo que se puede en principio solo pagar los intereses y no la amortización.

La noticia viene porque hace dos días el Gobierno de Baleares ha publicado un informe en el que se considerarían hipotecas Redal hipotecas contratadas antes de 2011 y que tengan el artículo 2 erróneo. https://www.elperiodico.com/es/economia/20230418/hipoteca-redal-evitar-desahucio-error-hipotecas-anteriores-2011-86124132

Robus

Varias cosas:
- Las cuotas de las hipotécas variables, como su nombre indica, van variando cada año y cada año te suben lo que tienes que pagar para el año siguiente.
- Aunque no se especifique en el contrato la cuota de cada mes, el contrato es por tal cantidad a tantos años, por lo que tienes que pagar cada mes la parte proporcional de esa cantidad dividido por los años/12.

Pero lo que ya me parece demencial es:

Los jueces españoles no están formados para entender e interpretar un complejo sistema contractual, lo mismo que los abogados de la familia en peligro de desahucio. Por eso, los lanzamientos se ejecutaron sin piedad, por la ignorancia de jueces y letrados.

Sin más comentarios.