Hace 2 años | Por --587023-- a confilegal.com
Publicado hace 2 años por --587023-- a confilegal.com

Se pronuncia sobre el caso de un bombero, contratado a tiempo parcial, que debe estar permanentemente en condiciones de responder rápidamente a una llamada de urgencia. En la resolución, con fecha 11 de noviembre, se pronuncia sobre la Directiva 2003/88 de ordenación del tiempo de trabajo, sobre el caso de un bombero contratado a tiempo parcial por el Ayuntamiento de Dublín que está autorizado a ejercer una actividad profesional, siempre que dicha actividad no exceda de 48 horas semanales de media. Así que ejerce como taxista por cuenta propia.

Comentarios

anv

apunta que el concepto de ‘tiempo de trabajo’ incluye todos los períodos de guardia, incluidos aquellos que se realizan en régimen de disponibilidad no presencial, durante los cuales las limitaciones impuestas al trabajador son de tal naturaleza que afectan objetivamente y de manera considerable a su facultad para administrar libremente, en esos períodos, el tiempo durante el cual no se requieren sus servicios profesionales.

Vaya... hay mucha gente en esa situación y no sólo bomberos.