Según el diario 'La Razón' la causa ha sido archivada. En un grupo de Whatsapp integrado por un centenar de policías municipales de la capital, se la tachó de "vejestorio despreciable". "Lo que este terrible es que ella no estuviera en el despacho de Atocha cuando mataron a sus compañeros", o "que se muera la zorra vieja ya", son otros de los comentarios de mal gusto que se hicieron en el chat.. https://www.larazon.es/local/madrid/el-juez-archiva-el-caso-del-chat-policial-en-el-que-se-insultaba-a-carmena-NK18214292
#2:
Eso mismo lo dice un titiritero o un rapero de un miembro de otro partido y no sale de la cárcel en años.
#10:
Es lo que decíamos, no deja de ser una conversación privada.
Muy elocuente de lo que hay , pero privada.
#8:
#2 si lo dice en un wasap privado a sus colegas raperos o titiriteros, no.
#3:
Bueno por fin una noticia que une a todo mename. Los fachas contentos por que no juzgan a los policías. Y los podemitas felices por que esta vez no se juzga a alguien por usar su libertad de expresión y deseando que lo apliquen a Twitter.
#11:
Si no hay lazo amarillo por medio no hay delito.
Esto se hace en un chat de los CDR y les cae la perpetua por terrorismo.
#17:
"También entiende que los mensajes estaban cortados y por tanto sacados de contexto y el informe de la Policía Nacional al respecto, a instancias del juzgado, estima que no se ajustan a lo denunciado. Este informe, elaborado por agentes de la Policía Nacional, sostiene que hay capturas de las conversaciones facilitadas por el denunciante que no aparecen en el polémico «chat» por lo que podrían haber sido manipuladas." vaya que cosas, si Escolar decía que estaba todo muy claro y verificado ...
#12 O sea que si se hace pública una conversación de Whatsap en la que se está preparando un atentado contra un miembro del gobierno no pasa nada según tú porque es una conversación privada.
Creo que el delito no está en la forma sino en el contenido.
#41 Tendría que haber una mínima veracidad y pruebas de que eso que se dice en ese chat privado va a ser realizado. En este caso, decir :""vejestorio despreciable". "Lo que este terrible es que ella no estuviera en el despacho de Atocha cuando mataron a sus compañeros", o "que se muera la zorra vieja ya", , como comprenderás, no tiene ningún sentido desde ese punto de vista. Es que no vale la pena ni perder un segundo con esto desde el punto de vista penal. Y así ha sido. Carpetazo, como no podía ser de otra manera.
#41 Por muy despreciables que me parezcan los comentarios, no vale sólo con decir que vas a hacer tal cosa, sino los medios para ellos.
Yo podría decir que me gutaría secuestrar al Papa y obligarlo a convertirse al Islam, por ejemplo, pero eso no significa que sea delito ni tenga los medios para realizarlo. Sino la mitad de los niñatos y cabezahuecas que se ponen a despotricar por Whatsapp o Facebook estaría entre rejas.
#12 Sí pasa, una conversación de chat es privada hasta que uno de los integrantes de la conversación la hace pública y eso en un juicio es tan válido como haberlo publicado en abierto
#24 ¿Alguna referencia legal que respalde esa afirmación? Lo pregunto, no te lo discuto. Pero es que me extraña que todos sean responsables de las acciones de uno solo.
#28 No lo digo desde el desconocimiento ojo, es que ahora no lo encuentro pero precisamente por este tipo de textos se admitió como prueba los textos de whatsapp.
En teoría se admitirían como prueba si se verifica la veracidad, lo cual es dificil pero se puede
Y hablo de los insultos, o el famoso delito de odio, naturalmente no hablo de amenazas creíbles, si tu le dices a un amigo que tienes intención de matar a alguien (por guasap, o en la barra de un bar), y ese amigo lo denuncia, el juez podría considerarlo amenaza.
Es una de las cosas que alegaron los policías, aunque no se si se ha archivado porque les han dado la razón, o por otra causa.
#24 No, publicar la conversación privada de alguien no lo convierte en pública ni mucho menos legal. De hecho es probable que quien la hace pública se enfrente a un delito de revelación del secreto de las comunicaciones, por poner sólo uno, de hecho depende del tono de la conversación el que la hace pública puede incurrir en difamación, contra el honor, abuso de poder... etc.
Sería un sinsentido que cualquier conversación privada se haga pública sólo porque uno de los participantes la revele al público, hay mucha, muchísima gente cuyos deseos son deleznables, desde el que quiere la muerte para Carmena hasta el que pide guillotinas ( de esos hay muchos aquí, que no están encarcelados).
#48 Eso solo aplica si eres un tercero, es decir, yo tengo una conversación contigo y puedo hacerla pública, ahora lo que no puedo hacer pública es una conversación tuya con un tercero, eso sí es ilegal
Lo mismos para los grupos, si formas parte de un grupo de whatsapp privado y haces la conversación pública no es ilegal pero si no formas parte de ella sí que la has cagao
#49 No, no es tan sencillo como decir que formabas parte de la conversación. Vale que no sea un tema penal, hasta cierto punto, pero sí tiene repercusiones legales, que es lo que comúnmente la gente entiende por delito (aunque no es penal, sino civil). Por ejemplo lee esto:
#52 A ver que parece que no me explico lo suficiente y por si no quedaba claro a lo que me refiero
Yo estoy contigo en un chat y se te ocurre soltar que burradas como que "ojalá volasen por los aires un ayuntamiento" y yo hago pública esa conversación con el fin de denunciar la situación eso NO es ilegal, por poner un ejemplo, otra cosa es que yo haga publica una conversación que menoscabe tu intimidad como que me confieses que te gusta que te den por el culo fuerte, por poner otro ejemplo, y eso sí es ilegal.
#54 Entras en un asunto espinoso, en toda Europa se debe garantizar el secreto de las comunicaciones, y lo que entra dentro de la intimidad no lo decide quien hace pública la conversación, carta o email, sino el juez, además de tener en cuenta la otra parte de la conversación, que siempre puede alegar qué considera que menoscaba su intimidad, por ejemplo el caso que has puesto... en mi caso no menoscaba mi intimidad porque es un dato público
#58 "Secreto de comunicaciones" dice , nuestras comunicaciones son de todo menos secretas, ponte a hablar de comida para perros al lado del móvil y luego abre el Chrome o Facebook a ver que anuncios te salen.
Yo más bien aconsejo, si no se quiere que se le tache de lo que se pueda ser y de sus consecuencias, que no se suelten soplapolleces del estilo de estos gilipollas en ninguna conversación. A mí los fachas me caen muy mal pero no voy soltando cosas como las que dicen de Carmena por ninguna parte ya sea conversación hablada o por escrito, pública o privada
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Deber de impedir delitos
Concepto
¿Dónde se regula?
Conceptos relacionados
Para saber más…
El artículo 450 del CP sanciona la conducta de quien, conocedor de la inminente comisión de un delito grave contra la vida, la salud, la integridad, la libertad, o la libertad sexual de un tercero, y pudiendo hacer algo para impedirlo o ponerlo en inmediato conocimiento de la autoridad para que lo impida, sin riesgo alguno para sí o para un tercero, omite toda intervención, generando con su omisión un peligro para bienes jurídicos valiosos del individuo.
Conducta típica
La conducta omisiva es doble, se castiga:
• Omisión de impedir un delito. Art. 450.1 CP. Se castiga la omisión consistente en no evitar, con una intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, la comisión de un delito contra la vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual.
• Omisión de recabar auxilio a la autoridad o sus agentes. Art. 450.2 CP. Se castiga la omisión consistente en no acudir, pudiendo hacerlo, a la autoridad o a sus agentes, para que impidan la comisión de los delitos referidos, de cuya próxima o actual comisión se tenga noticia.
Los elementos del delito son los siguientes:
• Que se esté cometiendo o sea inminente, la comisión de un delito. Es preciso que el delito no se haya producido, pues lo que se sanciona es el incumplimiento de un deber de intervención para salvar el bien jurídico en peligro, (Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de noviembre de 2002). En el supuesto de que el delito se haya consumado, la conducta exigible, es la de denunciar los hechos a las autoridades o agentes de ésta, encargados de su persecución.
• Que se trate de delitos que afecten a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual. Se trata de infracciones constitutivas de delito contra las personas. Pero además es una lista acotada de delitos de manera que serán sólo éstos y no otros delitos, los que darían lugar al cumplimiento de este tipo penal. Son los siguientes:
- Delitos contra la vida, tipificados en el título I del libro II Del homicidio y sus formas.
- Delitos contra la integridad, serían los delitos de lesiones recogidos en el título III del Libro II del Código Penal.
- Delitos contra la libertad sexual, recogidos en el título VIII del Libro II del Código Penal.
- Delitos contra la salud, tipificados en el capítulo III del título XVII, del Libro II.
- Delitos contra la libertad de las personas, serían las detenciones ilegales, secuestros, amenazas y coacciones del título VI del Libro II del Código Penal.
Yo estoy seguro que a los jueces se les olvidó revisar estos apartados... Fue sin querer.
Bueno por fin una noticia que une a todo mename. Los fachas contentos por que no juzgan a los policías. Y los podemitas felices por que esta vez no se juzga a alguien por usar su libertad de expresión y deseando que lo apliquen a Twitter.
#30 pues eso, necesitas que te inviten, a través de un link por ejemplo. No es como Twitter, que puedes ver tweets de cualquiera(menos los privados) e incluso sin tener cuenta de twitter. Además de que creo que los grupos de Whatsapp siguen limitados a 250 usuarios.
Insisto, no es comparable. Lo que más podría acercarse sería algún canal de Telegram público.
#37 pero ahí ya estas hablando de un caso muy concreto, en general Twitter es público. No conozco condenas de twitter en las que se hayan perseguido tweets privados.
#23 En este chat había más de 100 miembros, eso pone en duda su privacidad dejandola al mismo nivel de twitter, pero no sé si existe algún precedente judicial al respecto para un caso así.
CC #21
#19 Difícil elección. Unos deseando la muerte en público y otros deseando la muerte en privado. Si no fueran policías también querrías que los juzgarán?
#25 Esta conversacion se filtró para alertar de un comportamiento inapropiado de agentes de policia encargados entre otras cosas de defender a la persona que le gustaría ver muerta. Estoy seguro que con las actuales medidas de seguridad si se escuchase una llamada privada en la que menciono palabras como bomba, parlamento, ISIS; se abriría una investigación.
#33 Por supuesto que no. Yo opino que nadie debería ser juzgado por hablar, opinar etc. Diga lo que diga y ofenda a quien ofenda me da igual que sean colectivos minoritarios o a todo el planeta.
Veo que tu según quien sea el ofendido /ofensor sacas la tabla para ver si esta bien o mal.
#36 y tú que no te enteras. Ese chat no apareció por arte de magia, lo denunció un compañero. No sabes contextualizar, un mismo hecho en distintos contextos no es lo mismo. Son POLICIAS, personas supuestamente preparadas y con vocacion y preparación de mantener el orden y hacer que se cumpla la ley. Yo no exijo que los condenen sin más pero es ridículo que no se investigue que personas en puestos tan sensibles como esos muestren esas actitudes. Y ya desde la opinion personal, no creo que la persona que denunció los hechos lo hiciese por placer dado que todos sabemos lo que le sucede a los policias que delatan a otros.
#42 Es que se ha investigado. Mira otra fuente donde no corten intencionadamente el informe. Con cosas como esta "hay capturas de las conversaciones facilitadas por el denunciante que no aparecen en el polémico «chat» por lo que podrían haber sido manipuladas."
#1 no creo que nadie pueda acusarme de ser anti-podemos y similares.......y en este caso estoy de acuerdo con la sentencia. Sigue siendo un monton de anormales diciendo chorradas en un grupo privado.
#11 Probablemente un chat de CDR esté lleno de comentarios similares pero hacia otras personas y no creo que los condenen por eso... he visto comentarios muchísimo peores en chathispano y nunca ha pasado nada, por desgracia. (pederastas con sus búsquedas u homófobos pretendiendo hacer quedadas para apalizar).
"También entiende que los mensajes estaban cortados y por tanto sacados de contexto y el informe de la Policía Nacional al respecto, a instancias del juzgado, estima que no se ajustan a lo denunciado. Este informe, elaborado por agentes de la Policía Nacional, sostiene que hay capturas de las conversaciones facilitadas por el denunciante que no aparecen en el polémico «chat» por lo que podrían haber sido manipuladas." vaya que cosas, si Escolar decía que estaba todo muy claro y verificado ...
"No hay delito en lamentar que no estuviera en el despacho de Atocha cuando unos ultras mataron a los abogados o llamarla "vieja zorra" y "vejestorio despreciable"
Delito no habrá, pero méritos para seguir siendo policias tampoco.
Comentarios
Eso mismo lo dice un titiritero o un rapero de un miembro de otro partido y no sale de la cárcel en años.
#2 no es verdad, tiene que amenazar a alguien que no sea una roja como este caso
#5 Es que depende de a quien se dirijan es terrorismo o son comentarios de mal gusto. Cuanta hipocresía.
cc #6
#2 si lo dice en un wasap privado a sus colegas raperos o titiriteros, no.
#12 O sea que si se hace pública una conversación de Whatsap en la que se está preparando un atentado contra un miembro del gobierno no pasa nada según tú porque es una conversación privada.
Creo que el delito no está en la forma sino en el contenido.
cc #8
#41 Tendría que haber una mínima veracidad y pruebas de que eso que se dice en ese chat privado va a ser realizado. En este caso, decir :""vejestorio despreciable". "Lo que este terrible es que ella no estuviera en el despacho de Atocha cuando mataron a sus compañeros", o "que se muera la zorra vieja ya", , como comprenderás, no tiene ningún sentido desde ese punto de vista. Es que no vale la pena ni perder un segundo con esto desde el punto de vista penal. Y así ha sido. Carpetazo, como no podía ser de otra manera.
#41 Por muy despreciables que me parezcan los comentarios, no vale sólo con decir que vas a hacer tal cosa, sino los medios para ellos.
Yo podría decir que me gutaría secuestrar al Papa y obligarlo a convertirse al Islam, por ejemplo, pero eso no significa que sea delito ni tenga los medios para realizarlo. Sino la mitad de los niñatos y cabezahuecas que se ponen a despotricar por Whatsapp o Facebook estaría entre rejas.
#2 Eso mismo lo dice un titiritero o un rapero en un CHAT DE WHATSAP y no pasa absolutamente nada.
#12 Sí pasa, una conversación de chat es privada hasta que uno de los integrantes de la conversación la hace pública y eso en un juicio es tan válido como haberlo publicado en abierto
CC #10
#24 ¿Alguna referencia legal que respalde esa afirmación? Lo pregunto, no te lo discuto. Pero es que me extraña que todos sean responsables de las acciones de uno solo.
#28 No lo digo desde el desconocimiento ojo, es que ahora no lo encuentro pero precisamente por este tipo de textos se admitió como prueba los textos de whatsapp.
En teoría se admitirían como prueba si se verifica la veracidad, lo cual es dificil pero se puede
http://www.jbonetabogados.com/los-mensajes-xhatsapp-prueba-juicio-cuidado-lo-decimos/
https://www.movilonia.com/reportajes/whatsapp-prueba-juicio/#Se_puede_usar_un_mensaje_de_WhatsApp_como_prueba_en_un_juicio
Otra cosa es que "no quieran" con cualquier excusa como que son facilmente manipulables
http://www.elcomercio.es/sociedad/admiten-whatsapps-acusados-20171123105902-ntrc.html
#24 Yo creo que no.
Y hablo de los insultos, o el famoso delito de odio, naturalmente no hablo de amenazas creíbles, si tu le dices a un amigo que tienes intención de matar a alguien (por guasap, o en la barra de un bar), y ese amigo lo denuncia, el juez podría considerarlo amenaza.
Es una de las cosas que alegaron los policías, aunque no se si se ha archivado porque les han dado la razón, o por otra causa.
#24 No, publicar la conversación privada de alguien no lo convierte en pública ni mucho menos legal. De hecho es probable que quien la hace pública se enfrente a un delito de revelación del secreto de las comunicaciones, por poner sólo uno, de hecho depende del tono de la conversación el que la hace pública puede incurrir en difamación, contra el honor, abuso de poder... etc.
Sería un sinsentido que cualquier conversación privada se haga pública sólo porque uno de los participantes la revele al público, hay mucha, muchísima gente cuyos deseos son deleznables, desde el que quiere la muerte para Carmena hasta el que pide guillotinas ( de esos hay muchos aquí, que no están encarcelados).
#48 Eso solo aplica si eres un tercero, es decir, yo tengo una conversación contigo y puedo hacerla pública, ahora lo que no puedo hacer pública es una conversación tuya con un tercero, eso sí es ilegal
Lo mismos para los grupos, si formas parte de un grupo de whatsapp privado y haces la conversación pública no es ilegal pero si no formas parte de ella sí que la has cagao
#49 No, no es tan sencillo como decir que formabas parte de la conversación. Vale que no sea un tema penal, hasta cierto punto, pero sí tiene repercusiones legales, que es lo que comúnmente la gente entiende por delito (aunque no es penal, sino civil). Por ejemplo lee esto:
https://www.abogados365.com/articulos/es-delito-publicar-un-chat-de-whatsapp-u-otra-red-social
#52 A ver que parece que no me explico lo suficiente y por si no quedaba claro a lo que me refiero
Yo estoy contigo en un chat y se te ocurre soltar que burradas como que "ojalá volasen por los aires un ayuntamiento" y yo hago pública esa conversación con el fin de denunciar la situación eso NO es ilegal, por poner un ejemplo, otra cosa es que yo haga publica una conversación que menoscabe tu intimidad como que me confieses que te gusta que te den por el culo fuerte, por poner otro ejemplo, y eso sí es ilegal.
#54 Entras en un asunto espinoso, en toda Europa se debe garantizar el secreto de las comunicaciones, y lo que entra dentro de la intimidad no lo decide quien hace pública la conversación, carta o email, sino el juez, además de tener en cuenta la otra parte de la conversación, que siempre puede alegar qué considera que menoscaba su intimidad, por ejemplo el caso que has puesto... en mi caso no menoscaba mi intimidad porque es un dato público
#58 "Secreto de comunicaciones" dice , nuestras comunicaciones son de todo menos secretas, ponte a hablar de comida para perros al lado del móvil y luego abre el Chrome o Facebook a ver que anuncios te salen.
Yo más bien aconsejo, si no se quiere que se le tache de lo que se pueda ser y de sus consecuencias, que no se suelten soplapolleces del estilo de estos gilipollas en ninguna conversación. A mí los fachas me caen muy mal pero no voy soltando cosas como las que dicen de Carmena por ninguna parte ya sea conversación hablada o por escrito, pública o privada
#2 Otros querrían azotar a alguna mujer hasta hacerla sangrar y no le pasó nada porque era una charla privada...
#40 Lo que viene a demostrar las diversas varas de medir que tiene la justicia.
Es lo que decíamos, no deja de ser una conversación privada.
Muy elocuente de lo que hay , pero privada.
#10 por favor.
Busque en todos los conceptos de Guías Jurídicas
Desplegar navegación
Deber de impedir delitos
Concepto
¿Dónde se regula?
Conceptos relacionados
Para saber más…
El artículo 450 del CP sanciona la conducta de quien, conocedor de la inminente comisión de un delito grave contra la vida, la salud, la integridad, la libertad, o la libertad sexual de un tercero, y pudiendo hacer algo para impedirlo o ponerlo en inmediato conocimiento de la autoridad para que lo impida, sin riesgo alguno para sí o para un tercero, omite toda intervención, generando con su omisión un peligro para bienes jurídicos valiosos del individuo.
Conducta típica
La conducta omisiva es doble, se castiga:
• Omisión de impedir un delito. Art. 450.1 CP. Se castiga la omisión consistente en no evitar, con una intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, la comisión de un delito contra la vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual.
• Omisión de recabar auxilio a la autoridad o sus agentes. Art. 450.2 CP. Se castiga la omisión consistente en no acudir, pudiendo hacerlo, a la autoridad o a sus agentes, para que impidan la comisión de los delitos referidos, de cuya próxima o actual comisión se tenga noticia.
Los elementos del delito son los siguientes:
• Que se esté cometiendo o sea inminente, la comisión de un delito. Es preciso que el delito no se haya producido, pues lo que se sanciona es el incumplimiento de un deber de intervención para salvar el bien jurídico en peligro, (Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de noviembre de 2002). En el supuesto de que el delito se haya consumado, la conducta exigible, es la de denunciar los hechos a las autoridades o agentes de ésta, encargados de su persecución.
• Que se trate de delitos que afecten a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual. Se trata de infracciones constitutivas de delito contra las personas. Pero además es una lista acotada de delitos de manera que serán sólo éstos y no otros delitos, los que darían lugar al cumplimiento de este tipo penal. Son los siguientes:
- Delitos contra la vida, tipificados en el título I del libro II Del homicidio y sus formas.
- Delitos contra la integridad, serían los delitos de lesiones recogidos en el título III del Libro II del Código Penal.
- Delitos contra la libertad sexual, recogidos en el título VIII del Libro II del Código Penal.
- Delitos contra la salud, tipificados en el capítulo III del título XVII, del Libro II.
- Delitos contra la libertad de las personas, serían las detenciones ilegales, secuestros, amenazas y coacciones del título VI del Libro II del Código Penal.
Yo estoy seguro que a los jueces se les olvidó revisar estos apartados... Fue sin querer.
Bueno por fin una noticia que une a todo mename. Los fachas contentos por que no juzgan a los policías. Y los podemitas felices por que esta vez no se juzga a alguien por usar su libertad de expresión y deseando que lo apliquen a Twitter.
#3 Twitter no es equiparable a una conversación en un chat privado.
#16 En twitter las cuentas son públicas o privadas. Igual que los chats que son públicos o privados.
#21 A los chats de Whatsapp se accede invitado hasta donde yo sé, no es público.
#23 Así funcionan los grupos públicos en WhatsApp https://www.analitica.com/tecnologia/asi-funcionan-los-grupos-publicos-en-whatsapp/
#30 pues eso, necesitas que te inviten, a través de un link por ejemplo. No es como Twitter, que puedes ver tweets de cualquiera(menos los privados) e incluso sin tener cuenta de twitter. Además de que creo que los grupos de Whatsapp siguen limitados a 250 usuarios.
Insisto, no es comparable. Lo que más podría acercarse sería algún canal de Telegram público.
#34 Si el twitter es privado no puedes ver los tuits a menos que te lo permitan. Es lo mismo pero implementado de manera diferente.
#37 pero ahí ya estas hablando de un caso muy concreto, en general Twitter es público. No conozco condenas de twitter en las que se hayan perseguido tweets privados.
#38
#23 En este chat había más de 100 miembros, eso pone en duda su privacidad dejandola al mismo nivel de twitter, pero no sé si existe algún precedente judicial al respecto para un caso así.
CC #21
#3 sutil diferencia entre gente cualquiera diciendo chorradas a POLICIAS deseando la muerte a un lider político
#19 Difícil elección. Unos deseando la muerte en público y otros deseando la muerte en privado. Si no fueran policías también querrías que los juzgarán?
#25 Esta conversacion se filtró para alertar de un comportamiento inapropiado de agentes de policia encargados entre otras cosas de defender a la persona que le gustaría ver muerta. Estoy seguro que con las actuales medidas de seguridad si se escuchase una llamada privada en la que menciono palabras como bomba, parlamento, ISIS; se abriría una investigación.
#31 De verdad crees que la vida de carmena corre peligro? Crees que alguno de esos policías trata de asesinarla?
#32 claro y los que comentan en twitter riendose cuando un torero es corneado fijo que están contando los días para cargarselo
#33 Por supuesto que no. Yo opino que nadie debería ser juzgado por hablar, opinar etc. Diga lo que diga y ofenda a quien ofenda me da igual que sean colectivos minoritarios o a todo el planeta.
Veo que tu según quien sea el ofendido /ofensor sacas la tabla para ver si esta bien o mal.
#36 y tú que no te enteras. Ese chat no apareció por arte de magia, lo denunció un compañero. No sabes contextualizar, un mismo hecho en distintos contextos no es lo mismo. Son POLICIAS, personas supuestamente preparadas y con vocacion y preparación de mantener el orden y hacer que se cumpla la ley. Yo no exijo que los condenen sin más pero es ridículo que no se investigue que personas en puestos tan sensibles como esos muestren esas actitudes. Y ya desde la opinion personal, no creo que la persona que denunció los hechos lo hiciese por placer dado que todos sabemos lo que le sucede a los policias que delatan a otros.
#42 Es que se ha investigado. Mira otra fuente donde no corten intencionadamente el informe. Con cosas como esta "hay capturas de las conversaciones facilitadas por el denunciante que no aparecen en el polémico «chat» por lo que podrían haber sido manipuladas."
Claro que no, porque eran chiquillos metiéndose con una roja.
#1 Si no hay nada como un buen fiscal defensor
#1 como duele que realmente lo vean así...
#1 no creo que nadie pueda acusarme de ser anti-podemos y similares.......y en este caso estoy de acuerdo con la sentencia. Sigue siendo un monton de anormales diciendo chorradas en un grupo privado.
Si no hay lazo amarillo por medio no hay delito.
Esto se hace en un chat de los CDR y les cae la perpetua por terrorismo.
#SpainPanderetum
#11 Probablemente un chat de CDR esté lleno de comentarios similares pero hacia otras personas y no creo que los condenen por eso... he visto comentarios muchísimo peores en chathispano y nunca ha pasado nada, por desgracia. (pederastas con sus búsquedas u homófobos pretendiendo hacer quedadas para apalizar).
Lo del despacho de Atocha yo lo compararía con un tal Carrero.... es como muy similar y las consideraciones muy distintas... ¿no?
"También entiende que los mensajes estaban cortados y por tanto sacados de contexto y el informe de la Policía Nacional al respecto, a instancias del juzgado, estima que no se ajustan a lo denunciado. Este informe, elaborado por agentes de la Policía Nacional, sostiene que hay capturas de las conversaciones facilitadas por el denunciante que no aparecen en el polémico «chat» por lo que podrían haber sido manipuladas." vaya que cosas, si Escolar decía que estaba todo muy claro y verificado ...
#17 Perdón quería votarte positivo
"No hay delito en lamentar que no estuviera en el despacho de Atocha cuando unos ultras mataron a los abogados o llamarla "vieja zorra" y "vejestorio despreciable"
Delito no habrá, pero méritos para seguir siendo policias tampoco.
Los grandes patriotas no odian. Su mierda huele a nenuco y mimosín.
"Lo que este terrible es que ella no estuviera en el despacho de Atocha cuando mataron a sus compañeros"
Y esos son los que protegen a los españoles...
Y, para colmo, de alguien que es cabeza de un grupo que se dedica a sanear la economía de una población y de trabajar para la gente.
Está MUY claro para quién trabajan los ACAB....
jajajajajajajajjajajajajajajajajaaj que puta verguenza
Las FF.SS siempre atraen lo mejorcito.
¿alguien se monta un chat para decir que le peguen tiros a los policías? Por ver que pasa
Hubiese sido algún twitero o titiritero contra alguien del PP y le habrían metido una condena a prisión permanente revisable
ah, entonces podemos decir en MNM libremente lo que pensamos de Rajoy, Rivera, la GC etc.. y las "soluciones" que tenemos para ellos?
Menuda novedad.
Venga palmeros de la justicia espagñola.
Aquí tenéis una sentencia más....