Hace 6 años | Por rataxuelle a twitter.com
Publicado hace 6 años por rataxuelle a twitter.com

"Algunos magistrados del Tribunal Constitucional aprovechan el receso del almuerzo para romper el secreto debido y contarle a "El País" (https://politica.elpais.com/politica/2018/01/27/actualidad/1517053790_797420.html) cómo va la deliberación. Es un delito. Cometido por un magistrado. Pero estoy seguro de que nadie lo va a investigar."

Comentarios

D

#9 falacia de autoridad, además de ser un tipo al que ya he visto soltar incoherencias fácilmente rebatibles sobre el proces.

Lo dicho, nada de información.

D

#10 Yo en eso no entro. Simplemente indico que no es un periodista como estabas diciendo.

rataxuelle

#13 Todo esto lo dices porque nunca se ha visto publicados secretos de sumario en España (ni, por supuesto, en casos relacionados con la independencia de Cataluña), ¿verdad?

Para cualquier otra cosa, la agencia oficial del estado informando sobre deliberaciones secretas: El Constitucional busca fórmulas de consenso sobre el recurso contra la investidura de Puigdemont

Hace 6 años | Por Jonama a efe.com
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D

#14 ¿qué secreto de sumario se ha revelado?¿Tienes ejemplos de condenas por revelación de secretos que se parezcan remotamente a lo denunciado?

rataxuelle

#16 Ejemplo (con fotocopias y todo): https://www.elindependiente.com/politica/2017/10/09/documento-secreto-generalitat-claves-independencia-de-cataluna/.

No, si ya sabemos que casi nunca hay ni tan siquiera apertura de denuncia por revelación de secretos... Sería bastante extraño que jueces, fiscales y policías/guardia civiles se denunciasen entre sí.

D

#18 voy a asumir que la respuesta a mis preguntas es no y que no tienes idea de lo que pones.

rataxuelle

#19 Voy a asumir que simplemente estás escribiendo la primera excusa que se te viene a la cabeza para ignorar la cuantiosa evidencia delictiva que existe en los tribunales españoles con nula persecución penal y que publican los periódicos casi a diario.

D

#20 asume lo que quieras, el único incapaz de respaldar lo que dice con pruebas aquí eres tú.

Cuando quieras poner el delito y alguna condena que se asemeje a este caso me avisas.

rataxuelle

#23 Artículo 223 de la Ley del Poder Judicial: Las deliberaciones de los Tribunales son secretas. También lo será el resultado de las votaciones, sin perjuicio de lo dispuesto en esta Ley sobre la publicación de los votos particulares.

Artículo 80 de la Ley del Tribunal Constitucional: Se aplicarán, con carácter supletorio de la presente Ley, los preceptos de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en materia de comparecencia en juicio, recusación y abstención, publicidad y forma de los actos, comunicaciones y actos de auxilio jurisdiccional, día y horas hábiles, cómputo de plazos, deliberación y votación, caducidad, renuncia y desistimiento, lengua oficial y policía de estrados.

Ahora puedes seguir haciendo todas las especulaciones que quieras, incluyendo negar la evidencia de los múltiples delitos cometidos por miembros del poder judicial y asociados que se publican a diario en los periódicos.

D

#25 genial, ya solo falta que pongas algún caso o jurisprudencia mínimamente similar a este caso en el que deje claro los límites a los que se refiere el artículo, a ver si simplemente decir que hay "disparidad" es delictivo o efectivamente hay que filtrar detalles más concretos de la deliberación . Ánimo.

*Por cierto, te has colado, es el artículo 233.

rataxuelle

#26 ¿Qué parte de "las deliberaciones de los Tribunales son secretas" no quieres entender para seguir escribiendo tonterías?

Voy a asumir que simplemente no eres capaz de entender lo que lees y que sólo escribes la primera tontería que se te viene a la cabeza. Ánimo.

D

#27 pues hombre, para empezar que eso que has puesto no es un artículo del código penal y aquí se hablaba de delitos, no he querido ser tan quisquilloso antes pero si quieres te insisto sobre ello ahora.

Asumo que no tienes ninguna condena al respecto sobre este tema que arroje luz al asunto y determine lo que podría ser constitutivo de delito y lo que no.

rataxuelle

#28 Artículo 417 del Código Penal. La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años. Si de la revelación a que se refiere el párrafo anterior resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a tres años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a cinco años.

A ver con qué tontería nos sale el señor ahora.

D

#29 ¿poco a poco vamos progresando ves? Ahora sólo falta el auto condenatorio que diga que ese artículo se puede aplicar en estos casos por decir que "hay discrepancias" y no por filtrar qué discrepancias o algún detalle real de una deliberación.

rataxuelle

#31 ¿Por qué tiene que haber un acto condenatorio anterior?

¿Las deliberaciones del Tribunal Constitucional son secretas? Sí.
¿La comunicación a terceros de esos secretos son delito? Sí.

Pero vamos, sigo asumiendo que sigues sin entender lo que lees.

D

#32 Porque serviría para dilucidar si efectivamente es delito y hay precedentes o sólo si podría serlo. Además, habiendo tantos casos similares según tú, lo raro es que no lo hubiera.

Tu interpretación es superficial, la deliberación es secreta, yo no sé en qué consisten, pero usaran documentos y argumentos jurídicos sobre la misma. Desvelar esos documentos, esos razonamientos, decir cual es la postura de menganito.....probablemente sea delito, seguramente es más.

Pero que el apuntador diga que cree que hay discrepancias de opinión entre algún juez, sin citar qué discrepancia ni que jueces ni nada, a lo mejor aporta tan poco que no constituye revelación de secretos.

rataxuelle

#33 ¿Hablas de que algún fiscal o juez del Tribunal Supremo va a abrir un caso que acabaría con la inhabilitación de algún miembro del Tribunal Constitucional? ¿En serio preguntas semejante tontería?

Sigo asumiendo que no entiendes lo que lees.

D

#34 ¿insinúas que hay casos de este tipo archivados por jueces? En clara prevaricación parece al desecharlos sin argumentación juridica.

rataxuelle

#35 Artículo 408 del Código Penal. La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.

Sigo asumiendo, cada vez con mayor evidencia, que sigues sin entender lo que lees.

D

#36 ¿eso es un cargo archivado por algún juez?

No estoy entendiendo qué pretendes demostrar, pones leyes y dices que se infringen, pero no pones casos en los que esté probado que ocurra.

rataxuelle

#37 Sigo asumiendo, cada vez con mayor, evidencia que sigues sin entender lo que lees. Ánimo.

D

#38 y yo que careces de pruebas para tus afirmaciones.

rataxuelle

#39 Los artículos de las leyes no son "pruebas". Son leyes, claramente. Por eso estás tú tratando de reinventar el significado de secreto. Ánimo, que en una de estas encuentras las "pruebas" en los más ignoto de tu cerebro.

D

#40 goto #33 tu interpretación puede ser simple.

rataxuelle

#41 Tus palabras, que son la ley: "la deliberación es secreta". Venga, ánimo, sigue intentándolo. Luego vas y piensa por un momento que esto mismo lo hacen los miembros de un jurado popular.

Yoryo

#29 Espera que cuando se calienta empieza a poner links sin sentido lógico (todos del mismo angulo), mejor le dejas disfrutar de su ignorancia.

Cobra 0.50 cts. por cada respuesta que recibe

D

#13 Yo simplemente he indicado que no es un periodista como habías dicho, toda la historia que me cuentas yo no he entrado en ello.

Si como existe arbitrariedad en España condenándose a jueces y no a otros por los mismos hechos y además como luego se cambia la norma al poco tiempo a los preceptos que usaba Garzón, todo ello para proteger al resto que también estaba haciendo lo mismo.

D

#15 veo que estás teniendo problemas para entender que me refería a la noticia de la foto del tweet pese a ponértelo explícitamente.

D

#17 La noticia en meneame no es lo que ha publicado el periodista en El País, la noticia aquí es un comentario de twitter de uno que ha trabajado como ex-letrado del TC.

Va a resultar que un periodista no puede tener fuentes y publicar que al parecer puede existir disparidad, veo ese punto de vista incluso en La Vanguardia.

D

#21 la noticia en menéame contiene la noticia del periodista y denuncia la comisión de un delito usando ese artículo como prueba, ¿qué parte no entiendes cuando he puesto ya 2 veces de forma explícita que al hablar de periodista me refería a ese artículo que usa como "prueba"?

rataxuelle

#6 Ahora piensa por un momento que esto mismo que se ha publicado sobre las deliberaciones en el Tribunal Constitucional se hubiese publicado sobre las deliberaciones del jurado popular que condenó a José Bretón. ¿Qué crees que hubiese pasado?

fugaz

Si lo llegan a hacer los independentistas, estarían todos llamados a declarar, imputados o en prisión preventiva...

Qevmers

No pasa nada, son amigos del PP...
Lo que hagan, nunca sera delito.

makinavaja

Nos vamos acercando a la policia pre-crime... Vamos condenando los delitos antes de que se produzcan, por si acaso... Democracia en su estado puro...

D

#7 El del twitter es un exletrado del TC y ha indicado que en el caso que sea cierto habría delito.

No es uno que pase por allí.

JackNorte

Depende de que lado este el magistrado, habra unas consecuencias u otras.

D

A la carcel con ellos!

B

Perfecto, con jnq sente cia de mierda de un organismo politizado, damos la puntilla y sentencia de muerte a la justicia espańola y al constitucional.
Como sea así , acabaran condenando a España en estrasburgo por antidemocrata. Marca españa, puigdemont malo,gurtel buena.