La sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid toma este lunes una decisión trascendental para el futuro de los habitantes del Palacio de La Moncloa. Tres magistrados revisan el recurso que interpuso la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, contra la investigación que sigue contra ella el magistrado Juan Carlos Peinado por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios. Ella dice que no hay indicios suficientes para mantener vivas estas diligencias y la Fiscalía la apoya.
Comentarios
Este país está podrido a todos los niveles, empezando por un sistema judicial heredado de la dictadura que nunca aireó la habitación, ni depuró responsabilidades, ni hizo más que continuar con lo anterior cambiando de nombre.
#4 estamos bien podridos si, y ahora encima infectados por el virus progre, que combinado con lo anterior nos va a llevar a la ruina
Entre bomberos no se pisan las mangueras....
"La fiscalía la apoya"
Ays, que me lol...
Esto es una puta broma. Y muy pesada. Cualquiera que sabe el coste de un dominio de mierda y el protocolo absurdo que rige en muchas universidades es "Tú lo pagas, registras a tu nombre y ya te lo pagaremos y cambiaremos el registro"... Y eso suele ser porque el dominio suele costar entre 9 y 30€. Decir que por eso "hay partido" es de coña marinera.
La casualidad
Begoña está muy buena, si fuese una mujer gris no le darían tanta caña.
por qué os jode que se investigue a una señora que dirige una cátedra sin tener título universitario ? y que tengo un software a su nombre ? ......... no os preocupéis, ella ya tiene a la maquinaria del Estado para defenderla, no necesita peleles como ustedes para eso
#5 ¿porque os jode que nos joda que se utilice la justicia con fines políticos?
#5. El bulo del "título universitario" está desmentido, te paso información por si te interesa, aunque sea para pasar al siguiente bulo:
"El Reglamento de creación de cátedras extraordinarias y otras formas de colaboración entre la Universidad Complutense de Madrid y las empresas, adoptado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de diciembre de 2015 – en adelante, “el Reglamento” -, exige el cumplimiento de determinados requisitos. Según el art. 13 del Reglamento, el “Director” (cuando empleo esta expresión lo hago en el sentido “no marcado” que, según la RAE, puede tener el masculino) de la “Cátedra extraordinaria” debe tener vinculación permanente con la UCM, sea en calidad de profesor o personal de administración y servicios (entre los que están los técnicos de investigación), y “Preferentemente, responderá a un perfil de prestigio profesional, técnico y científico reconocido en el ámbito temático del objeto de la colaboración” (ap. 1). Ahora bien, excepcionalmente, es posible también prescindir de tal vinculación laboral con la Universidad (ap. 2 del mismo artículo), así como del mismo prestigio profesional, que más se presenta como un mérito (eso sí, “preferente”) que como un requisito (ap. 1 del precepto, in fine)."
Enlace al reglamento para la creación de las cátedras que se referencia en la U Complutense:
https://www.ucm.es/portaldetransparencia/file/rgcatedrasextraordinarias
y por último un enlace donde alguien que sí sabe del asunto explica porqué es legal, y habitual.
https://almacendederecho.org/begona-gomez-las-catedras-extraordinarias-y-la-normalidad-universitaria
Un saludo.
#5 No es la primera vez que sueltas por aquí el bulo de la cátedra. Ya te lo desmintieron hace tiempo, pero vuelves a la carga.
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#5 ¿De verdad te crees esos bulos o solo los propagas por simple odio a sabe Dios qué?