Hace 4 años | Por --653212-- a patiele.es
Publicado hace 4 años por --653212-- a patiele.es

Descripción de la normativa municipal del Ayuntamiento de Madrid al respecto de la circulación de patinetes eléctricos.

Comentarios

Manolitro

#4 Todos son vehículos de movilidad personal. Si su máximo son 20 kph serán de tipo A, y si su máximo es 30 kph serán tipo B

Quizás te he entendido mal, y lo que pides es que prohíban circular por la calzada a los vehículos tipo A.

D

#6 claro, los del tipo A no se pueden utilizar en las calzadas normales ya que entorpecen la circulacion de vehiculos normales y ya que se va a imponer un maximo de 30km/h en las ciudades los del tipo B deberian de tener el limite maximo fijado en esa velocidad ya que a 25 km/h estan parando la circulacion, soy usuario de bici-e y a 25 km/h se que voy haciendo tapon a autobuses, taxis y coches

todo esto se refiere a VMP que no estan obligados a llevar seguro ni pagar impuesto de circulacion ni ITV

D

#7 La ley es totalmente absurda, hecha como en casi todo por politicos o enchufados que no saben hacer la "o con un canuto", legalmente puedes conducirlos por zona 30, el problema viene cuando tienes un patinete que alcanza más velocidad, ¿donde se legisla eso?

D

leyes hechas por politicos que nunca han montado en patinete ni bicicleta electrica, a 20km/h en ciudad vas estorbando al trafico rodado, si el limite es de 30km/h en ciudad pues pon 30 km/h de maximo

M

#1 " a 20km/h en ciudad vas estorbando al trafico rodado,"

Viniendo de una ciudad donde "Los atascos son una seña de identidad de Madrid" lo mismo ese es el objetivo.

Manolitro

#1 Dónde dice que la circulación por los tramos de 30 esté limitada a 20 kph?

D

#3 segun el dibujo los monociclos pertenecen al grupo A maximo 20km/h

D

no, pertenecen al A y al B