Hace 2 años | Por tropezon a publico.es
Publicado hace 2 años por tropezon a publico.es

El desacuerdo salarial entre patronales y sindicatos provoca miles de mesas de negociación con convenios caducados. Sin convenio las condiciones se regulan por el sectorial y, si no existe, la referencia son los mínimos del Estatuto de los Trabajadores o los pactos personales .CEOE y Cepyme llegaron a aceptar subidas de hasta el 3% y el 3,5% anual que UGT y CCOO no veían mal. Pero se negaron a un pacto de ámbito estatal con la garantía salarial que enjugaran las pérdidas de poder adquisitivo, con una inflacción entre el 6% y el 8% prevista.

Comentarios

alfema

En el 2021 se realizó una reforma ( RDL 32/2021), en la que se modificó la vigencia de los convenios , artículo 86, por la que el convenio se prorroga, de esta forma se evita que la patronal o empresa bloquee deliberadamente la firma de un nuevo convenio para ajustarse a peores condiciones.

Supongo que los trabajadores sin convenio son bastantes menos, la mayoría lo que tenemos son convenios caducados y en proceso de negociación.

Personalmente una de las causas del bloqueo, aparte de intentar negociar a la baja, es que cuanto más tarden en negociar, más congelados los salarios, lo habitual es que no se negocien subidas retroactivas.

J

La segunda parte del titular se contradice con la primera.

n

No entiendo bien el articulo. Por lo que yo sé no es facil estar "sin convenio", se aplica el convenio de ambito superior o el convenio residual del sector (el tipico es despachos y oficinas). Tampoco, creo, se queda uno sin convenio por el paso del tiempo, siguen en vigor los convenios decaidos. La estructura de la negociacion colectiva esta pensada para que no haya trabajadores sin convenio y aunque puede haber algun caso me cuesta mucho creer que sean tantos. Creo que confunde tener el convenio caducado con no tener, y tampoco es estar sin convenio que se te aplique uno de ambito superior.

M

#2 Copio:
"Con la anterior reforma el convenio dejaba de tener vigencia al cabo de un año de su denuncia, con lo que se pasaba a las condiciones que pudiera establecer uno de ámbito superior, sectorial, si lo había; y si no, a estar bajo los mínimos del Estatuto de los Trabajadores"

n

#4 y #3 Esto se volvio a modificar y ahora son otra vez ultraactivos. La verdad es que no sé exactamente como se aplica.
https://www.iberley.es/revista/recuperacion-ultraactividad-prioridad-aplicativa-convenios-sectoriales-reforma-laboral-2022-supone-612

jonolulu

#2 La reforma laboral de Rajoy se cargó la ultraactividad. La empresario le valía con enrocarse y no querer negociar para que el convenio decayera