Hace 1 año | Por DangiAll a twitter.com
Publicado hace 1 año por DangiAll a twitter.com

Menudo bulo de derechas os habéis tragado algunos con patatas y cebolla y sin masticar... directo p'adentro.

Comentarios

MJDeLarra

#19 #16 #48 Si, ERC advirtió de que los jueces podrían tratar de aprovechar el cambio en la pena mínima para rebajar la pena a los que habían sido condenados a la pena mínima, pero se les dijo que no era posible aplicar la pena mínima si había agravantes, que en la antigua ley eran hechos determinantes para la aplicación del tipo (es decir, sin la concurrencia de lo que hoy es un agravante antes el tipo no era aplicable), y en la nueva ley cualquier agravante hace que la mínima no pueda ser aplicable.

Es decir, con la nueva ley los mismos hechos tienen igual pena o superior, no inferior, no cabe pues reducir condenas.

Pero no es eso lo que está pasando, y puede que más de un juez haya metido la pata por no aplicar bien la nueva ley.

MJDeLarra

#29 Claro, pero no es así. Lo explico en #51

DangiAll

#51 Es decir, con la nueva ley los mismos hechos tienen igual pena o superior, no inferior, no cabe pues reducir condenas.

Pues parece que la realidad esta empeñada en llevarte la contraria y el reguero de noticias que tenemos es una gran prueba.

o

#55 Que no están metiendo la pata sino prevaricando?

DangiAll

#56 Si están prevaricando, porque la fiscalía no dice nada?

¿Dónde están las denuncias a esos jueces por prevaricar?

o

#63 Que quien parece que introduce esa duda eres tú, pero estoy de acuerdo en que aplican la ley sin sentido de la justicia, beneficiando a los agresores cuando las oenas no han cambiado.

Atusateelpelo

#51 Los jueces NO pueden APROVECHAR nada. Mal empezamos con esa premisa.

Los jueces APLICAN las leyes redactadas por los legisladores.

Decir que no era posible reducir penas es desconocer como funciona el ordenamiento juridico español, que beneficia al reo con la pena menor en caso de modificacion de las leyes, como la realidad esta desmostrando.

Aviso ERC mediante enmienda, aviso la diputada de Navarra Suma, aviso el CGPJ, avisaron catedraticos, avisaron juristas,...

¿Mas de un juez/jueza ha metido la pata? Pues la han metido en Madrid, Galicia, Andadalucia, Cataluña, Baleares,...
Aun resultara que solo hay inutiles y conspiradores que prefieren jugarse su carrera pese a que los juristas, jueces, magistrados, catedraticos, hasta ministras del Gobierno!!! dicen que hay agujeros inaceptables en la ley que hay que enmendar.

A ver si va a ser quien redacto la ley quien metio la pata. Pero claro, reconocer errores, en este caso MAYUSCULO, no es aceptable y se acusa a los jueces/as de no prevaricar por no aplicar correctamente la ley.

MJDeLarra

#57 También es más fácil echar la culpa al que redactó la ley que leérsela y analizarla.

Y en realidad no, nadie aviso de que ampliando las penas podrían reducirse las condenas. Lo explica Victoria Rosell, solo hay que escuchar lo que dice con el mismo interés y atención que escuchas lo que te cuentan los demás.

Claro que la ley podría ser mejor, pero no en esto, lo que está pasando va a traer cola, y será el supremo el que ponga orden y lo aclare, no te preocupes, que no todos los jueces son iguales...

Atusateelpelo

#59 Esta misma ley redactada por el PSOE en solitario y UP estaria pidiendo la cabeza de la Ministra de turno. Y no creo que haya ni una sola persona que dude eso (salvo algun incondicional).

La realidad es que los/as jueces/as (misteriosamente ha desaparecido el desdoblamiento politicamente correcto) tienen 2 opciones:

- Aplicar la ley reduciendo las penas de delincuentes sexuales que quizas dentro de 2 años agredan a algun familiar suyo.
- No aplicar la ley y prevaricar poniendo su carrera en peligro por culpa de una ley mal hecha y redactada.

Y aun encima la culpa es suya!!!!

Hay que tener tragaderas, ehhhh.

MJDeLarra

#60 Que no, que no, que la culpa es de quién redactó la ley, que todos los que han leído el borrador lo han dicho, que ampliando las penas lo normal es que se reduzcan las condenas

Atusateelpelo

#61 Veo que ni la ley te has leido. Han aumentado penas por arriba y reducido por abajo.
Pero oye, que esta claro que todo el mundo esta equivocado menos UP y sus seguidores....

Mira, te paso las enmiendas presentadas a la ley y te dejo que busques una en la que se avisa que hay riesgo de ello (yo la encontre).

https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-62-3.PDF#page=1

Edito: A ver si va a resultar que yo si muestro mas interes en informarme que de repetir las consignas que pase el partido...

MJDeLarra

#62 Si te refieres a las 373 y 375 ya está explicado. No hay disminución real de la pena si se revisa la sentencia y no solo la condena.

Peeero los jueces siempre tienen razón (hasta que viene el supremo y se la quita, claro)

Relajao420

#14 Si es que son esperpénticos.

Menudos "demócratas" de pacotilla.

Relajao420

#4 Anda go to #14 y entérate de algo por una vez.

rakinmez

#14 se pilla antes a un mentiroso que a un cojo...

DangiAll

#4 Han rebajados las mínimas y los condenados se están acogiendo a estas mejoras, algo que el CGPJ si aviso, y se empeñan en negar.

Y como pone #14, ERC presento enmiendas para que no pasara esto y se desestimaron.

DangiAll

Aquí tenemos a Echenique luchando por defender que lo que aviso el CGPJ hace un año es mentira.

Top_Banana

#1 ¿Tú sabes quien es la mujer que habla en el vídeo?

Quieren tapar la manifestación por la sanidad y no lo van a conseguir.

Top_Banana

#43 "La ley es la que es, está redactada como está y tiene las implicaciones que tiene." Y se aplica como se aplica según quien la aplique y a quien se la aplique.

"Tanto escuchar al líder" te veo informado, ¿quien es mi líder?

"en recoger el disgusto de los votantes a todos los lados del espectro." Yo no tengo ninguna queja de la ministra. Valoro positivamente su gestión de momento.

"De verdad, no conozco a un solo jurista (que no sea Rosell) que no esté espantado con esto, sean de izquierdas, derechas, votantes de Podemos o que les guste el ajedrez." Tus problemas para encontrar información veraz no son mis problemas.

f

#47 No me voy a extender mucho porque no me has argumentado más que con evasivas y me da un poco de pereza.

Si cogemos la reforma del 2015 que amplia el concepto de RPPJ encontramos la disposición transitoria segunda (llamada de Revisión de sentencias) que limitaba la competencia e indicaba que solo no se revisarían sentencias en las que el cumplimiento de la pena esté suspendido o en otro estado transitorio.

Si de algún modo hubiesen añadido a la ley del "Sí es sí" un precepto de no revisión de sentencias firmes de condenados por delitos sexuales, (que dicho sea de paso probablemente se hubiese declarado inconstitucional, ya que infringe el 9.3 VE), al menos se vería en la redacción de la ley que contemplaban lo que al final ha acabado ocurriendo.

Al no haber incluido un precepto en la ley de no consideración de la pena más favorable cuando la pena anterior impuesta tenga una duración superior, la ley en su redacción permite el acogerse a una reducción de condena para todos los condenados en firme por delitos sexuales.

Sin más, la ley está escrita con el mismísimo culo, con fallos de jurista garrafales como los que también incluye la "Ley Trans" de la señora Montero y que es indefendible, por mucho que la señora Rosell, Echenique o su coletísima excelencia digan lo que digan. Especialmente flagrante en el caso de la señora Rosell, siendo una profesional en derecho con aspiraciones al CGPJ.

PD: A ti igual te gusta, pero eso no quita que en todos los CIS haya aparecido entre los dos ministros peor valorados. El contubernio también, supongo.

PD2: Al final me extendí

Top_Banana

#50 "(que dicho sea de paso probablemente se hubiese declarado inconstitucional, ya que infringe el 9.3 VE)" Te respondes tú solo.

Según está redactada, la interpretación que haga el juez de la misma es muy importante. La jugada es que se va a ver claramente quienes la aplican de una manera y quienes de otra. Igual soy el único que ve la trampa aquí.

Igualmente la mayoría serán recurridas y probablemente se ganará el recurso.

Que la ley se pueda mejorar, no lo voy a discutir. Tenemos muchas leyes mejorables y lo bueno sería poder hacerlo. Aun así hay que seguir avanzando en derechos, una cosa no quita la otra.

Es interesante ver como se mueven estas campañas en contra de oponentes políticos y como llega a influir en la opinión personas aparentemente inteligentes.

almadepato

#58 #11 pues escúchala un poco más. Seguro que aprendes un poco.

Urasandi

#4 Y lo que han hecho es que a un condenado a la pena mínima según la ley derogada le rebajan la pena a la ley mínima de la actual. Con 2 cojones + 1 palito.

MJDeLarra

#11 No, no eres jurista.

Relajao420

#12 Si puedes aportar algo, hazlo por favor.
Me refiero a aportar algo más que la palabra de Rosell.

Katapulta

#15 de la ley "El primer supuesto se recoge en el apartado 1.º de la citada disposición que, en relación con la revisión de sentencias firmes y en las que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena, establece que en las penas privativas de libertad no se considerará más favorable esta Ley cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo a esta reforma del Código. Se exceptúa el supuesto en que esta Ley contenga para el mismo hecho la previsión alternativa de una pena no privativa de libertad; en tal caso, deberá revisarse la sentencia.

Es decir, con independencia de que se hayan modificado los límites máximo y mínimo de la pena establecida en el tipo penal tras la reforma que analizamos y aun cuando, en consecuencia, la nueva pena resulte en abstracto más beneficiosa, si la pena privativa de libertad impuesta antes de la modificación legislativa es también imponible de acuerdo con la nueva legislación, no habrá lugar a la revisión de la sentencia."


Vamos, que el juez que revise a la baja una condena ya efectiva por el mismo delito aplicando esta ley, no estaría considerando este aparato, con lo cual está mal interpretando la ley. Solon queda saber si es por desconocimiento o por maldad.

Relajao420

#46 Si es como tú dices y es intencional, eso es delito.
Yo no veo a los jueces prevaricando jugándose la cárcel solamente para dejar mal a Podemos.
Tampoco creo que sean unos ignorantes.

MJDeLarra

#52 Planteo una alternativa. Que lo que los medios estén aireando sean revisiones de condena, no de sentencia. Reos que en la nueva ley serían condenados a penas mayores, pero en cuyas sentencias no aparecieron como agravantes hechos que sin embargo sí estan ahora considerados como tales, y que por tanto obligan a sentenciar penas mayores. Al no aparecer como agravantes en la condena (aunque el hecho se reconoce y en una nueva sentencia completa sí lo sería) el juez puede interpretar que no hay agravante en la sentencia (falso, sí lo hay, pero no viene explicitado como tal) y por tanto revisa solo la condena.

Relajao420

#65 Lo que no es pequeña cagada.
Además de eso hay delitos que pasan a tener penas menores, como el de abusar de menores de más de 16 años.

MJDeLarra

#67 No, no pasan a tener penas menores si concurren agravantes como el de parentesco. De hecho, se agravan las penas.

Relajao420

#70 Ya se ha dado un caso de una liberación por el motivo que te decía.

almadepato

#52 Pues lo llevan haciendo bastantes años ya. Y si la prevaricación te la arregla tu colega, todo queda en casa.
La justicia está en manos de la mafia y eso es un hecho más que probado.

Relajao420

#69 Pero malversan por pasta, no para liberar a violadores

almadepato

#71 efectivamente

Relajao420

#73 Sugieres que alguien les ha pagado para que prevariquen rebajando penas a violadores y así dejar mal a Podemos?
tinfoil

almadepato

#74 Tampoco sería necesario nada de eso. La derecha se dedica a joder la vida de los que no piensan como ellos desde hace mucho tiempo. Basta con que le eches un vistazo a la historia de España en el último siglo.

z

#52 ¿jueces prevaricando?, eso no existe en España salvo que alguno le toque las narices mucho a los intocables, como le pasó a Garzón con el tema del franquismo.
Ya no es que condenen a jueces por prevaricación es que ni los procesan.

MJDeLarra

#13 #15 No hay mucho que aclarar, solo que #11 está confundiendo la redacción de la sentencia, en la que se dicta una condena con una pena que será de como poco (mínimo) una cierta cantidad de días (o años) de carcel, con la pena mínima expresada en el C.P. como aplicable a un determinado tipo penal.

El C.P. dice: cuando se den estas circunstancias será de aplicación este tipo penal, y cuando sea de aplicación este tipo penal, se debe condenar a una pena de como mínimo esta cantidad de años, en función de que haya atenuantes y hasta esta otra como máximo, en función de que haya agravantes (que en principio se pueden considerar agravantes estos, y estos y estos...)

La sentencia dice: Se ha demostrado este hecho y este otro, por lo que es de aplicación este tipo penal, pero también se consideran estos otros hechos, que lo agravan o lo alivian, por lo que ( de acuerdo a la ley, pero a mi criterio de juez, que para esto me pagan y no me han sustituido por una máquina) aplico una pena que será de estos años de cárcel, de lo que cómo poco (mínimo) han de cumplirse estos años (vamos que de estos no te libras por buena conducta ni por asomo)


Vamos, que son DOS MÍNIMOS DIFERENTES

D

#12 Tú si?

MJDeLarra

#39 Yo al memos no confundo la pena mínima de un tipo en el C.P. con la pena mínima en una sentencia...

Urasandi

#11 Es cierto, depende de cómo esté redactado.

Urasandi

#40 Por si no te has dado cuenta, eso ya lo ha apuntado #11, y lo que no sabemos es lo que decía EXACTAMENTE la sentencia.

No es tan difícil ¿no?

y

"Es un principio básico del derecho penal que implica que, cuando hay una colisión entre dos normas penales cuya vigencia temporal ha sido diferente, pudiéndose aplicar cualquiera de ellas al reo, debe aplicarse la que es más favorable para éste."

https://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUNDUwsLtbLUouLM_DxbIwMDCwNzA7BAZlqlS35ySGVBqm1aYk5xKgBuXMY5NQAAAA==WKE#:~:text=Es%20un%20principio%20b%C3%A1sico%20del,es%20m%C3%A1s%20favorable%20para%20%C3%A9ste.

cc #11 y #4

DangiAll

#11 Tu no lo eres, pero ya hay unos cuantos jueces que están aplicando ese criterio, aunque desde algunos sectores sigan diciendo que es por culpa de los machistas y que no se aviso antes de esto.

z

#11 no eres jurista, yo tampoco pero al menos he estudiado derecho.

El Código Penal fija una pena mínima y una máxima para cada delito y cuando condenan a alguien lo hacen a una pena X concreta.

Le tocaría reducir la condena si la pena X fuera superior a la fijada en la nueva regulación o se despenalizara dicho delito, siempre lo más favorable al reo.

Esto de revisar y además de modo express (lo que más apesta), penas que están dentro de la nueva regulación es raro, raro.

b

#7 ... venga hombre, q no cuesta tanto:

Si la ley cambia, el reo, que tb tiene DERECHOS, pedira que se le revise la condena en funcion de la ley en curso.
Se hace con ETA, y con todo el mundo, no es nada nuevo.

Urasandi

#37 Si al reo le condenan a 5 años y la ley nueva no lo rebaja sigue condenado a 5 años.

D

#38 Si rebajas la condena mínima y el reo está sentenciado a condena mínima le rebajas la pena.

No es tan difícil de entender.

Alakrán_

#4 pero también han bajado las penas mínimas.

o

#4 Pues yo entiendo que si hay reducción en la máxima pena posible, si que procede revisarla si en la nueva ley la pena es menor, pero que si está por debajo de ella no, ya que aunque lo que antes eran abusos y hoy son agresiones, en ambos casos están diferenciados, antes por el tipo de delito y ahora por el agravante que antes los diferenciaba.
Y es que los jueces no deciden aleatoriamente la pena, sino que hay un baremo para las atenuantes y las agravantes. En este caso la ley lo que hace es considerar agresión sexual también lo que antes se consideraba "abuso", que tenía un menor coste penal. Si uno está condenado por agresión sexual (con penetración) por la anterior ley, por la nueva estaría condenado por una agresión sexual básica (lo que antes se consideraba abuso) y un agravante, que básicamente sería la penetración.

nemesisreptante

#1 si te lo están explicando y aún así no lo entiendes, o no quieres entenderlo, ya es cosa tuya. El CGPJ avisó de una cosa con la que Echenique y Rosell están de acuerdo, lo que hace el periodista es tergiversar el aviso del CGPJ.

rakinmez

#31 buena observación

Atusateelpelo

A ver, como se puede decir que es algo inedito en España cuando no hace ni 4 dias se ha modificado el delito de sedicion modificando las penas a menor de lo que se beneficiarian todos.

Y ni 2 dias que se hablaba de modificar las penas de los delitos de malversacion de lo que se beneficiarian condenados del Proces, Griñan y hasta Urdangarin!!!!!

Y con esas modificaciones se ha explicado que las leyes siempre se aplican a los condenados usando las mas favorables a ellos!!!!!

O

#6 ya se ha reformado el delito de sedición?

Atusateelpelo

#24
¿Se ha explicado en prensa unas 2.000 veces la base juridica de porque se beneficiarian los condenados de esa reforma?
¿Y una magistrada no sabe de base eso que hemos aprendido la mayoria de los ciudadanos estos dias?

O

#26 buena respuesta a una pregunta que no te he hecho

Atusateelpelo

#27 Al mismo nivel de la tuya que preguntas si se ha aprobado cuando es publico que ya se ha llegado a un acuerdo para la modificacion y solo falta el tramite...

Pero oye, para desviar la atencion no es mal intento.

PD.- Tu tampoco has respondido a mis 2 preguntas

D

Le toca ya cambiar la bateria.

Batalla

¿Bulo? Echenique, que nos conocemos

D

Echenique ha perdido hasta la última gota de vergüenza que pudiese tener.

Pues alguien está equivocado y no soy yo

J

No entiendo que las sentencias se traten de ajustar a la pena mínima si la pena que tiene el reo está dentro del margen de las penas nuevas.
Lo que si he logrado entender es que hay conductas en que el consentimiento del menor evita el delito, y de la revisión de la condena debe obyenerse la absolución por ese delito. Habría que ver en cada caso, pero esto es lo que parece.

D

#25 no es que se ajusten a la mínima, es que se le tiene que aplicar la nueva ley si está le beneficia. Si la nueva ley contempla una rebaja de la condena para el mismo veredicto se le tiene que aplicar a todos los presos con retroactividad.

rakinmez

Que lo tiren cuesta abajo

D

Es flipante el maromo que han plantado de fondo asintiendo o negando con la cabeza segun habla la impresentable esa. Se puede intentar manipular subliminalmente de manera mas burda?

MoñecoTeDrapo

¿O sea que la defensa se centra en "no se podía saber"? Pues vaya patada a la seguridad jurídica. Luego queremos que nos respeten en Europa...

siyo

#22 Es que les faltan otros 5000 enchufados.. perdón . asesores...
para preveer...

Relajao420

Me da la impresión de que los periodistas no se han leído el informe de 150 páginas (yo tampoco y dudo que alguien en menéame lo haya hecho) sino que se han quedado en el punto 2.4 (el que dice lo de las penas máximas) y han pasado de seguir leyendo. Lo digo porque en ese informe aparecen más errores en la ley y no sólo lo de las penas máximas.
Pero vamos, que habrá que esperar un tiempecillo para ver realmente por qué esta ley permite rebajar las penas a violadores, y si realmente el CGPJ había advertido sobre esto.

obmultimedia

#23 el por defecto ya esta aferrado a un asiento