Hace 6 años | Por Danichaguito a lamarea.com
Publicado hace 6 años por Danichaguito a lamarea.com

Frente a un golpe de Estado protagonizado por un teniente coronel de la Guardia Civil una sociedad se puede defender con facilidad.Frente a un golpe de Estado protagonizado por el Tribunal Constitucional,una sociedad no tiene defensa.Sin la STC 31/2010 no se habría producido el 1-0. El TC desautorizó el pacto entre el Parlament y las Cortes Generales y desconoció el resultado del referéndum,destruyendo de esta manera la fórmula de integración de Cataluña en España diseñada por el constituyente.Sin pacto y sin referéndum no hay Estatuto de Auton

Comentarios

Danichaguito

.. Sin pacto y sin referéndum no hay Estatuto de Autonomía del artículo 151 CE.Se mire por donde se mire, lo que los catalanes han puesto encima de la mesa es un problema de naturaleza constituyente.No solamente para Cataluña,sino para toda España.La Constitución Territorial del 78,el binomio Constitución/Estatuto de Autonomía,ha dejado de ser aceptada en Cataluña.Y una Constitución sin adhesión ciudadana es una norma estéril.Únicamente mediante un proceso constituyente podremos salir del golpe de Estado que dio el PP a través de la STC 31/2010.

frankiegth

'...Se mire por donde se mire, lo que los catalanes han puesto encima de la mesa es un problema de naturaleza constituyente. No solamente para Cataluña, sino para toda España. La Constitución Territorial del 78, el binomio Constitución/Estatuto de Autonomía, ha dejado de ser aceptada en Cataluña. Y una Constitución sin adhesión ciudadana es una norma estéril...'

Este es el debate y no otro.

#2. Hemos acabado remarcando el mismo párrafo.

Danichaguito

#1 chispas!

O hay represión o proceso constituyente.. no veo otros caminos

E

El gran error y todo viene del 2006 fue el aprobar un estatuto que va en contra de la base de las leyes en España, es decir en contra de la constitución. Nunca se debió de llevar al parlamento ni a referéndum en Cataluña algo que era claramente ilegal.

Y si algo es anticonstitucional por mucho que lo aprobases en referéndum nunca se debería de haber llevado al parlamento nacional.

Es como si en una comunidad autónoma, por referéndum saliese que quieren aplicar expropiaciones forzosas y sin compensación ,Algo que es contrario a la constitución, por lo que el tribunal constitución tumbaria esa ley, por mucho que se hubiese votado.

El gran error que dio alas a los independentistas fue esta frase :

«Apoyaré la reforma del Estatuto que apruebe el Parlamento catalán», Jose Luis Rodriguez Zapatero

c

#3 Supongo que tan claramente ilegal, que muchos de los puntos suspendidos en el Estatut están aún vigentes sin ningún problema en otras Comunidades Autónomas.

m

#8 Dínos tú cuáles, por favor. Yo he puesto los artículos del Estatuto declarados como inconstitucionales en un comentario más abajo. Dinos tú cuáles son esos artículos iguales en vigor en otras CCAA

c

#9 Primer resultado de google buscando 'estatut de catalunya estatuto andalucia' https://elpais.com/diario/2007/07/05/espana/1183586424_850215.html

E

#10 Esa busqueda que nos dices, no implica que los 14 articulos que el constitucional tiro para atras este en el estatuto andaluz.Es mas por ejemplo en estatuto andaluz no creo que tenga ningun articulo que diga algo parecido al siguiente articulo que fue declarado anticonstitucional (sobretodo por que andalucia no tiene lengua coofcial distinta del Castellano :

Artículo 6. La lengua propia y las lenguas oficiales

1. La lengua propia de Cataluña es el catalán. Como tal, el catalán es la lengua de uso normal y preferente de las Administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos de Cataluña, y es también la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza




La documentación oficial aportada por la Abogacía del Estado muestra que hasta 30 artículos recurridos por el PP en el Estatuto catalán han sido calcados en el andaluz

El constitucional declaro anticonstitucionales solo 14 articulos Dime cuales de los 14 estan en otros estatutos

Te dejo los 14 si quieres https://elpais.com/elpais/2010/06/28/actualidad/1277713032_850215.html

c

#11 Tienes razón, tenía en mente que coincidían (alguno/s) aunque no lo había comprobado. Disculpas por 'malmeter' al TC, aunque si está claro que las intenciones del PP no son correctas.

E

#13 Me congratula tus disculpas ;-).

Las intenciones del PP fueron correctas en sus terminos, puede que se extralimitara en pedir que estudiase el constitucinal la constitucionalidad o no de muchos articulos, pero digo yo para eso estan los tribunales para ver si infringen o no.Los articulos que crees que infringen la ley los denuncias, luego estan los tribunales para dictaminar si todo es correcto o no.

Y supongo que si algun articulo de esos 30 que tambien estan en el estatuto de andalucia hubiesen sido declarados inconstitucionales, tambien habria que eliminarlos de dicho estatuto o de los otros en los que estuviera, al menos por coherencia.

D

Parece que oimos campanas y no sabemos donde. A ver si nos empanamos:

Lo que necesitamos es Un Periodo de LIBERTAD Constituyente

Toda forma de gobierno, hasta las dictaduras tienen su proceso contituyente, que no es mas que la fase en la que se constituye.

m

Qué poca vergüenza tienen:

Supongo que este comentario será el típico TL;DR, pero allá va por si acaso.

Los 14 artículos declarados inconstitucionales por el TC:

Artículo 6. 1.
La lengua propia de Cataluña es el catalán. Como tal, el catalán es la lengua de uso normal y preferente de las Administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos de Cataluña, y es también la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza.

Fundamento jurídico
Considerar el catalán como "lengua propia" no debe suponer un desequilibrio en el régimen de cooficialidad. Declarar preferencias "implica la primacía de una lengua sobre otra"

Artículo 76. 4.
Los dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias tienen carácter vinculante con relación a los proyectos de ley y las proposiciones de ley del Parlamento que desarrollen o afecten a derechos reconocidos por el presente Estatuto.

Fundamento jurídico
El carácter vinculante de los dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias, supondría "una inadmisible limitación de la autoridad y de las competencias parlamentarias" y perjudicaría "el monopolio de rechazo de las normas con fuerza de ley" del Tribunal Constitucional.

Un especial inciso en este artículo: Se quejan de que el TC declare inconstitucional el dictámen vinculante del CGE los que se lo pasaron por el forro de los cojones en la oprobiosa aprobación de la ley del referéndum y de transitoriedad. Por supuesto, que lo que esperaban es que el Consejo siempre lo manejaran ellos y fuera una marioneta.

Artículo 78.1.
El Síndic de Greuges tiene la función de proteger y defender los derechos y las libertades reconocidos por la Constitución y el presente Estatuto. A tal fin supervisa, con carácter exclusivo, la actividad de la Administración de la Generalitat (...).

Fundamento jurídico
El inciso "con carácter exclusivo" incumple el artículo 54 de la Constitución al hacer "imposible la actuación del Defensor del Pueblo respecto a la Administración catalana. La acción del Defensor del Pueblo "ha de comprender cualesquiera Administraciones públicas en aras de la perfecta cobertura de las garantías constitucionales de los derechos"

Artículos varios relativos al TSJC y la creación del Consejo de Justicia de Cataluña, nombramientos, oposiciones:

Fundamento jurídico
"Es notorio que el Estatuto catalán incurre en un evidente exceso [al crear el Consejo de Justicia de Cataluña] pues ningún órgano, salvo el Consejo General del Poder Judicial puede ejercer la función de gobierno de los órganos jurisdiccionales integrados en el Poder Judicial, exclusivo del Estado, ni otra ley que sea la Orgánica del Poder Judicial puede determinar la estructura y funciones de aquel Consejo".


Lo que era notorio era que el propósito era crear un sistema judicial propio y controlado por el gobierno de la Generalidad, para que no les pudieran meter mano.

Y ahora, sostened racionalmente que esto fué un "golpe de estado perpetrado por el TC"

MJDeLarra

#7 crear un sistema judicial propio y controlado por el gobierno de la Generalidad, para que no les pudieran meter mano.

¿Igual que el actual sistema judicial propio y controlado por el Gobierno para que no puedan meter mano al PP?

Esto ya se ha discutido ampliamente en su momento y ya se dijo que se trataba de autonomía judicial, algo que los integrantes del actual sistema único judicial no querían ni plantearse porque era la última defensa del centralismo. Más que para tratar de tapar corrupciones, se trataba de no verse obligados judicialmente a hacer lo que Madrit mandara. Y volverlo a traer este tema ya entra dentro de lo que llamamos postverdad.

D

Como que "integración de Cataluña con España", subnormales.

La Mierdea y demás me ponen del higado.